Ayuda contra policias

a mi nunca me han requisado en los últimos 10 años,,, jeje

pero si se diera no creo que me deje.
 
No confundamos una simple requisa con una detención... Una detención implica el privar de su libertad a una persona previo indicios de delito, y su posterior presentación ante el Ministerio Público. Una simple requisa se realiza de manera rápida y siguiendo ciertos patrones de conductas e indice de peligrosidad y criminalidad de una zona X. Se encierra dentro de un marco de Prevención del Delito, propio de la función Policial.

Según la real academia española:
inquietar. (Del lat. inquietāre).
1. tr. Quitar el sosiego, turbar la quietud. U. t. c. prnl.
2. tr. Der. Intentar despojar a alguien de la quieta y pacífica posesión de algo, perturbarlo en ello.

Según la constitución:

ARTICULO 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a terceros, están fuera de la acción de la ley. No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio de creencias religiosas.

Desde cuando si uno esta en una acción privada (caminando para el chante) que no afecta la moral, o el orden publico ni se esta perjudicando a un tercero, es jurisdicción policial? Si la misma constitución dice que esos actos están fuera de la acción de la ley? Que derecho tienen los policías de turbar mi quietud y tranquilidad?

Aceptaría que me requisaran si voy borracho, desnudo, caminando en medio de la calle haciendo una presa de carros detrás de mi. Fuera de eso, lo siento mucho.
 
como requisan a alguien que esta desnudo ??

La-rryto lo que esta buscando es otra cosa

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Según la real academia española:
inquietar. (Del lat. inquietāre).
1. tr. Quitar el sosiego, turbar la quietud. U. t. c. prnl.
2. tr. Der. Intentar despojar a alguien de la quieta y pacífica posesión de algo, perturbarlo en ello.

Según la constitución:

ARTICULO 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a terceros, están fuera de la acción de la ley. No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio de creencias religiosas.

Desde cuando si uno esta en una acción privada (caminando para el chante) que no afecta la moral, o el orden publico ni se esta perjudicando a un tercero, es jurisdicción policial? Si la misma constitución dice que esos actos están fuera de la acción de la ley? Que derecho tienen los policías de turbar mi quietud y tranquilidad?

Aceptaría que me requisaran si voy borracho, desnudo, caminando en medio de la calle haciendo una presa de carros detrás de mi. Fuera de eso, lo siento mucho.
mae pero ud sale con cosas k nada k ver ese articulo es x la libertad de expresion y el derecho de manifestarlas no salga con domingo 7, vaya y ponga un recurso de amparo xq le hicieron un CACHEO SUPERFICIAL en la calle xq REQUISA a nadie se la haces en la calle son cosas muy diferentes a ver si le dan pelota en la sala constitucional
 
favor leer la parte roja

ARTICULO 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a terceros, están fuera de la acción de la ley. No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio de creencias religiosas.

No se mucho de leyes pero si yo no estoy haciendo nada y ando bien presentado y todo , no deberian ni siquiera venir a molestarme. Ya si ando todo mugroso o con cualquier pinta rara , ahi si se puede aceptar que lo requisen a uno .
 
No se mucho de leyes pero si yo no estoy haciendo nada y ando bien presentado y todo , no deberian ni siquiera venir a molestarme. Ya si ando todo mugroso o con cualquier pinta rara , ahi si se puede aceptar que lo requisen a uno .
tampoco xq si yo paso x una parada de bus y hay unos maes fumando mecha y todos fuman mecha sin importar la pinta y a los 200 metros me topo a la poli y les hago la denuncia y ellos llegan y de casualidad esta ud asi con toda esa ropa k acaba de describir igual lo revisan asi k depende de muchas cosas
 
tampoco xq si yo paso x una parada de bus y hay unos maes fumando mecha y todos fuman mecha sin importar la pinta y a los 200 metros me topo a la poli y les hago la denuncia y ellos llegan y de casualidad esta ud asi con toda esa ropa k acaba de describir igual lo revisan asi k depende de muchas cosas

El que lo revisen no quiere decir que es legal que lo hagan. Lo que pasa es que nadie denuncia a los policías, ya sea por temor o por la frustración de que nadie nunca los procesa.

Respecto a que la corte de constitucionalidad no haga nada, eso depende de quien sea ud. Si es cualquier ciudadano, posiblemente no, pero si es un político o un millonario o tiene un video publicado en yu** tube, le aseguro que le ponen atención inmediatamente.
 

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