es un articulo LAAAAAAAARGGGOOOOOOOOOO...... pero la verdad vale la pena leerlo!!!!
si de verdad quieren saber lo que paso.... leanse todo el documento..... aclara muchos puntos....!!!!!!
es un email que anda en la internet!!!!
yo me lo lei TODO... y la verdad Liberia y sotela estan feos pa la foto...
ahora si se despicho tere!!!!! nada esperense el peor despiche de la historia del futbol nacional
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Compañeros como había prometido después de algunas horas de investigación he llegado a algunos resultados que a continuación voy a tratar de ser lo más claro y detallado que pueda, tratando de cubrir todos los aspectos relevantes hasta el día de hoy sobre el tema. Ahora sí compañeros que por favor usen el Mouse Scroll si no quieren leer, hice todo el esfuerzo posible de no hacerlo tan pesado para todos, pero el caso en realidad está para extenderse mucho, pero mucho más. Hahahahaha. Y en este asunto todo es un granito de arena ya que son nuestros intereses como morados.
Justificación:
Podríamos empezar este pequeño trabajo de investigación con un ÚNICO norte: Hay que dejarles TATUADOS en la frente de los SOTELA que el verdadero sentimiento de las leyes nacen en la honorabilidad de sus funciones, y será el punto más pervertido de la corrupción el tergiversarlas para obtener beneficios ilegales de ellas mismas. Esta apreciación no somos nosotros foreros, ni el Sapri los que se la vamos a aclarar con puntos y comas a los liberianos, SERÄ LA FIFA la que les va a poner los puntos sobre las íes porqué una cosa es jugar con los guilas de aquí y otra cosa es tratar de bailarse a PAPA FIFA.
Los quiero ver cuando estén justificando sus acciones ante FIFA. A miaos van a oler.
Sumario de los Hechos.
Liberia Mia después del partido Saprissa – Liberia en el cual se suspendieron a 3 jugadores basándose en la regla de las 5 tarjetas amarillas presentó una solicitud para que se iniciara un PROCESO SUMARIO DE INVESTIGACION (Artículo 28 y Art 29 del reglamento Disciplinario, en adelante R.D.)
Estos artículos garantizan que se puede apelar una sanción SÍ entre el informe arbitral y la realidad (podría ser evidencia en video) existen incongruencias notables.
En este caso Liberia ASEGURÓ que las tres amarillas distan de lo que dice el informe arbitral. (Ellos se pusieron la soga al cuello). Lo que quiere decir esto es que a pesar de que todos vimos las 3 amarillas, la dirigencia Liberiana leyó el informe y alegó que NO UNA, NI DOS, NI TRES de las amarillas (de las del grupo de 5) eran congruentes en la realidad con lo que dice el informe arbitral. Aquí Liberia encontró el portillo legal para su artificio.
Por un lado y sin ninguna misericordia empiezan a jugar con la integridad y el trabajo de las demás personas a favor de sus intereses, porqué literalmente se cagaron en el trabajo del árbitro central, y cuidado que por SEMEJANTE descuido en sus responsabilidades de informar correctamente EN TRES OCASIONES, le cuestan el trabajo al pobre hombre y la comida de su familia. Pero eso a los Sotelas les pasa resbalado.
Esta solicitud de investigación Liberia la presentó ante el órgano correspondiente: el Tribunal Disciplinario de la UNAFUT.
Con esta solicitud de investigación en las manos el Tribunal Disciplinario consideró que mientras se llevaba a cabo la investigación se aplicaría como medida cautelar lo estipulado en el art. 4 del R.D que dice “Bajo ninguna circunstancia aplicará una suspensión de la amonestación con carácter de medida cautelar”.
De esta manera los jugadores NO debían estar en el terreno de juego en contra del Saprissa, al menos mientras se resolvía la investigación.
No obstante tengo que aclarar que está decisión fue MAL tomada ya que este artículo hace referencia a una situación de EXPULSIÓN (Roja). Y no de una expulsión TÉCNICA (Por decirlo de alguna manera). Bajo esta última premisa la señora Licda. María Marta Rojas Chaves, vicepresidenta del Tribunal Disciplinario de la Unafut salvó su voto. Pero a pesar de este hecho la decisión ya estaba tomada y quedó ratificada en el considerando de su resolución.
Cosa curiosa es que según informó Telenoticias el día de hoy se dan presiones por parte de esta MISMA señora hacia la secretaria Elizabeth (no anoté el apellido) para que no entregara cierta información a la Dirigencia del Deportivo Saprissa (Me imagino para que no se pudiera actuar a tiempo). Más tarde estas presiones las confirmó el mismo Ex Presidente del Tribunal Adolfo Hernández el cual denunció a la vez que estas presiones SÍ se dieron internamente y que él está seguro que también hay otras presiones externas. Ya esto no solo huele feo, sino que huele a PODRIDO.
Debido Proceso.
Voy a resumir el PORQUÉ no se debió resolver esto en Tricoa y mantener las medidas cautelares interpuestas por el Tribunal Disciplinario.
Hay un elemento VITAL a considerar que se llama “debido proceso”. En nuestro ordenamiento existen las instancias que son de alguna manera un filtro (En este caso el Disciplinario) para que instancias superiores no tengan que estar haciendo doble el trabajo (Tricoa). En este caso el debido proceso es:
I. Se solicita Investigación al Tribunal según art. 28 y 29 del R.D (Liberia lo hizo)
II: Se debe presentar revocatoria según art. 88 R.D (Liberia NO lo hizo)
III: Se presenta Apelación para que EL TRIBUNAL eleve a TRICOA el caso. art 88 bis (Liberia TAMPOCO lo hizo).
Así detallo.
En este caso según el art. 88 del (Reglamento disciplinario) después de la resolución en la instancia del Disciplinario el afectado puede (y debe) presentar una REVOCATORIA, si el disciplinario resuelve de la misma manera y el afectado aun sigue inconforme con su resolución, éste podrá presentar una APELACIÓN para que el TRIBUNAL eleve el caso al TRICOA para su última resolución. Pero ésta revocatoria y posteriormente la apelación nunca se dieron en el Tribunal Disciplinario por lo tanto el TRICOA tuvo que rechazar el caso “a portas” (De pichazo) debido a una infracción del debido proceso. Eso es saltarse una gerencia y llegar al Dueño, si usted lo hace en una empresa privada cuidado y no le cortan el rabo por ¡BRUTO!. No obstante el TRICOA resuelve suspender el castigo basándose en el art. 90 del R.D el cual garantiza que en un PROCESO SUMARIO se suspenden las sanciones en investigación.
Marvin Cubero (Presidente del Tricoa) se apoyó en el Código Penal para poder justificar su intervención en el caso, debido a que éste regla que ante Indefensión usted puede acudir a cualquier instancia que crea pertinente para que se le de solución a su caso. No obstante el debido proceso no se agotó en primera instancia (Tribunal Disciplinario), por lo tanto aquí NO ES QUE EXISTE INDEFENSIÓN como para acudir a Tricoa, aun tenia jurisdicción el Tribunal Disciplinario, los autos no se meten en cualquier lado que mejor me convenga porqué creo que uno me resuelve mejor que el otro. El señor Cubero tuvo que rechazar A PORTAS todo el asunto, ni siquiera debió TOCAR el folder en donde estaban los documentos, ¿POR QUÉ NO LO HIZO? Sí eso se enseña en primer año de leyes y es casi para un arquitecto saber usar un NIVEL, pero aun así no sólo lo admitió sino que resolvió sobre el. ¿Por qué?. Esto ya no sólo huele a podrido, ya esto HUELE A MORTANDAD. Lo peor es que ante un error PEOR que infantil asusta ahora con demandar al Saprissa. POR FAVOR!.
Intervención de la FIFA.
Si el caso de eleva a FIFA el Tricoa se va a pelar el CULO por resolver o modificar un caso que aun no estaba en sus manos, peor aun que el art. 88 es claro al reglar de quien eleva la alzada a Tricoa es el Tribunal Disciplinario y no el afectado. Que justamente FUE lo que hizo LIberia, eso es como que usted como juez le lleve un caso el mae que vende mangos. O SEA...WTF????
En el fondo es correcta la apreciación del Tricoa de aplicar el artículo 90 en lugar del artículo 4, pero la forma está completamente viciada al no haberse agotado el debido proceso del art. 88. El Tribunal se pela el culo en la interpretación del reglamento y el Tricoa se pela el culo al aceptar un auto que no le correspondía de las manos que nunca lo tuvieron que llevar.
La FIFA resolverá (Con pruebas) que el caso nunca tuvo que salir del Tribunal Disciplinario por lo tanto lo que se haya hecho en adelante está viciado y así no tiene ningún efecto legal, en este caso AUTORIZAR a los jugadores fue completamente antijurídico.
Esto se debe elevar a la FIFA antes de elevar a la Fedefut ya que la FIFA juzgará exclusivamente los casos nacionales que se denuncien ante ella, siempre que no se haya iniciado un procedimiento en la confederación o en la asociación.
Después de una pequeña investigación no le será nada difícil para la FIFA determinar de que el fondo de este DESPELOTE es un ridículo ya que NO creo que existan esas Gravísimas Incongruencias entre el reporte arbitral y las tarjetas amarillas, ya que no hablamos ni de una tarjeta, ni de dos, SINO que hablamos de errores en el informe sobre las tres tarjetas amarillas. Este abuso a la FIFA no le va a caer pero ni en la MÍNIMA gracia.
Pero más grave aun que al abusar del reglamento Disciplinario de la Unafut, miembro de la Fedefut, miembro de la FIFA, LIbería Mía con estas prácticas ha abusado de sus PRESIADÍSIMOS Estatutos del Fair Play (Mejor les MENTAS LA MADRE). De estos estatutos podemos tomar 4 de ellos que se atropellaron desvergonzadamente con esta práctica antideportiva para incluir en un juego a 3 jugadores sancionados por reglamento:
1. Play fair
Winning is without value if victory has been achieved unfairly or dishonestly. Cheating is easy, but brings no pleasure. Playing fair requires courage and character. It is also more satisfying. Fair play always has its reward, even when the game is lost. Playing fair earns respect, while cheating ************SPAM/BANNEAR************ brings shame. Remember: it is ************SPAM/BANNEAR************ a game. And games are pointless unless played fairly.
3. Observe the Laws of the Game
All games need rules to guide them. Without rules, there would be chaos…It is equally important to understand the spirit of the rules. They are designed to make the game fun to play and fun to watch. By sticking to the rules, the game will be more enjoyable.
5. Promote the interests of football
Football is the world's greatest game. But it always needs everybody's help to maintain its greatness. Think of football's interests before your own. Think how your actions may affect the image of the game. Talk about the positive things in the game. Encourage other people to watch and play fairly. Help others to have as much fun from football as you do. Be an ambassador for the game.
6. Honour those who defend football's good reputation
The good name of football has survived because the vast majority of people who love the game are honest and fair.
Notemos que su tercer Estatuto Fair Play la FIFA busca que no sólo se conozcan las reglas (Y leyes) sino que se entienda su verdadero ESPÍRITU de las mismas, y desde mi perspectiva la verdadera esencia del artículo 28 del R.D Nacional no es de ninguna manera darle la oportunidad a un equipo de tratar de anular un castigo por medio de errores de tildes y comas, de redacción o de apreciación, sino que en realidad se acuda al amparo de este art. cuando un equipo crea categóricamente que la Tarjeta NO se la merecía su jugador y se tienen las PRUEBAS FÍSICAS PARA DEMOSTARLO. Así que Liberia tendría que demostrar de alguna manera que sus TRES tarjetas no se encasillaban en lo que dicta el art. 46 del Código Disciplinario de la FIFA:
Un jugador será amonestado y se le mostrará la tarjeta amarilla si comete una de las siguientes siete infracciones:
a) ser culpable de conducta antideportiva;
b) desaprobar con palabras o acciones;
c) infringir persistentemente las Reglas de Juego;
d) retardar la reanudación del juego;
e) no respetar la distancia reglamentaria en un saque de esquina, tiro libre o saque de banda;
f) entrar o volver a entrar en el terreno de juego sin el permiso del árbitro;
g) abandonar deliberadamente el terreno de juego sin el permiso del árbitro.
Vamos a ver si pueden bailarse a la FIFA en esto, vamos a ver si en realidad esta investigación tenía una razón de ser. Así llegamos compañeros al VERDADERO MEOÑO de este asunto, no es ni el fondo jurídico que medio hemos analizado, ni los errores en el mismo lo que en realidad le van a importar a FIFA, es si en REALIDAD esta investigación tenia una VERDADERA RAZÓN DE SER.
Y cuando FIFA descubra que no fueron más que triquiñuelas para alcanzar objetivos amañados créanme que no le va a hacer pero NADITITICA de gracia.
Castigos según el Código Disciplinario de la FIFA.
Llegamos ahora sí a las consecuencias de elevar este caso a FIFA. No se preocupen mucho compañeros, FIFA no va a sancionar a la SELE, la ley no permite sancionar a terceras personas por actos de otros involucrados en una escaramuza legal. A los que SÍ van a sancionar es a La TRICOA por admitir y resolver un auto que faltaba al debido proceso, y sin DUDA alguna a Liberia Mía por utilizar a su beneficio e intereses el reglamento para faltar a 4 estatutos del Fair Play y de poner en entre dicho el trabajo de un árbitro central para beneficiarse de la buena fe de los artículos 28, 29, y 90 del reglamento disciplinario. Peor aun que quedará demostrado que quiso utilizar de forma dolosa el reglamento a su beneficio para poder contar con tres jugadores que estaban sancionados por un reglamento autorizado por FIFA. Y en este caso la FIFA es muy clara en su Artículo 55 de su Código Disciplinario que especifica que:
1. En caso de que un jugador participase en un partido oficial para el cual no es elegible, se sancionará a su equipo con derrota por retirada o renuncia (véase art. 31) y una multa de CHF 6,000* como mínimo.
*CHF (Francos Suizos) Unos 3 millones de colones.
Así que apoyándome en este artículo se resolverá que no se juega de nuevo, sencillamente se le da la derrota a Liberia.
Sin mencionar que también una resolución desfavorable para Liberia los puede afectar como una persona Jurídica (Liberia Mía) bajo los incisos e, i del art. 57 (Estatutos de la FIFA) de la siguiente manera:
e) anulación del resultado de un partido;
i) descenso a la categoría inferior.
Si alguien les dice que no es bueno elevar el caso a la FIFA, no le hagan caso, en realidad estamos en la obligación de denunciar estas situaciones según lo estipulado en el art. 70 Inciso 3 del Código Disciplinario de la FIFA.
“Las asociaciones, las confederaciones y otras entidades deportivas están obligadas a poner en conocimiento de los órganos jurisdiccionales de la FIFA los atentados graves cometidos contra los fines estatutarios de la FIFA (véase art. 2).”
Conclusiones:
Bueno compañeros para los que no se han dormido haría un apéndice de conclusiones pero creo que ya más de uno me mandó al carajo!!!!!.
Solo resumo así todo el caso.
- Liberia transfiguró la buena fe de los artículos 28, 29, 88 y 90 para atrasar el castigo de forma dolosa.
- Tricoa acogió y decidió sobre un caso en el que no tenía jurisprudencia
- El Tribunal mal interpretó el art. 4 del Reglamento Disciplinario pero estaba en su jurisdicción.
- Se dieron presiones internas para eliminar el castigo.
- A la FIFA se le bailaron 4 de sus dorados Estatutos Fair Play, y CALLADA no se va a quedar.
- El resultado que se va a dar de esto según me dicta la lógica es una anulación del partido, se sanciona a la Tricoa, se sancione a Liberia Mia y Saprissa entra a la final por derrota de su rival.
Ojo que no he metido nada de nada de las repercusiones de las presiones externas en el caso, las cuales no solo están ya denunciadas sino que tienen testigos, y que de llegarse a demostrar, la FIFA ahí SÍ castiga con separar DE POR VIDA de cualquier estructura relacionada con el Fútbol al infractor.
Prepárense compañeros para que en estos días se despiche TERE como hace rato no se veía en el Fútbol Costarricense, y saben ¿Quién es el que más tiene las patitas embarradas en todo esto?
SI, no tengo que ni ponerle nombre ni apellidos. Tanto le ha jalado el rabo a la ternera que me huele que ya se le va a quedar en la mano. Quiero ver como intenta hacer enredos con una investigación FIFA y mucho peor cuando FIFA conozca del angelito ciertos antecedentes como que:
Tiene un segundo equipo en primera a nombre de su mamá.
Tiene denuncias de soborno a un árbitro nacional
Tiene denuncia de presiones a lo interno del Tribunal Disciplinario
Tiene denuncia de abusos de su extecnico que misteriosamente después negó
Tiene denuncias de contactar jugadores en media temporada
Y la Final es entre el equipo de su mamá y el de él.
Maes la FIFA sólo va a poder decir: ARE YOU FREAKING KIDDING ME????
Saludos morados.
Ps.Precedentes de anulación de juegos posteriormente por parte de FIFA:
La FIFA acordó anular el partido Uzbekistán-Bahrein, correspondiente a la fase preliminar asiática del Mundial 2006, que se disputó el pasado 3 de septiembre en Taskent y que concluyó con triunfo local (1-0), y decidió que se repita.
El máximo organismo del fútbol mundial tomó esa decisión por un error del árbitro, el japonés Toshimitsu Yoshida, que perjudicó a la selección uzbeca.