Citatorio por colisión de carro vendido

Hola a todos:

Quería consultarles por un asunto en que me enredaron y no tengo nada que ver. Resulta que yo vendí un carro hace como tres años (ante abogado, quedó firmado en su protocolo y yo tengo copia del documento que el mismo abogado me dio); el nuevo dueño decidió hacer él la presentación de la escritura ante el registro pero el muy güevón se tomó más de año y medio en ir a hacerlo.

Cuando me di cuenta de esta güevonada, hace como un año, el asunto seguía pendiente así que lo empecé a presionar hasta que el tipo, seguro por mi jodedera, decidió presentar la escritura. Resultó que antes de presentarla, el tipo había chocado en Alajuela.

Pues bien, hoy me llegó un citatorio para que declare en el juzgado de tránsito de Alajuela, ya que me buscaron a mí por ser el dueño registral del vehículo.

¿Qué me aconsejan que haga? ¿Qué documentación debo llevar (aparte de la copia del protocolo del abogado, que según sus propias palabras, me libra de todo problema)? La escritura está anotada en el registro, ¿eso me ayuda de alguna manera? ¿hay posibilidades de que el cabrón al que le vendí el carro se salga con la suya, y que me cobren este choque a mí?

Saludos y gracias por este extraordinario foro.
 
Companero menudo problema el que tienes, bueno primero que todo te voy a explicar que en Costa Rica para que la venta de un bien susceptible de inscripcion surta efectos ante terceros, debe ser inscrito en el registro, este problema es muy comun cuando un vehiculo pasa de mano en mano y no se hace la inscripcion respectiva al que le va a caer el problema como en este caso es al dueno registral de lvehiculo osea ud. En derecho existe una maxima, primero en tiempo, primero en derecho, la escritura del protocolo es solo la venta entre uds, mientras no se inscriba no surte afectos ante nadie por lo que y segun ud dice la momento de la colision ud aun aparecia como dueno registral y si posteriormente se inscribio, ud igual va a ser responsable civilmente por la colision, es decir dependiendo de lo danos y si el vehiculo no los cubre, a ud le pueden embargar la casa, cuentas etc. Como consejo aunque sea tardio, apenas se hace la venta hay que ceriorarse que se inscriba para evitar estos problemas!!!
 
Gracias por la respuesta tan pronta.

Entonces, ya no hay nada que hacer? El abogado con el que hicimos el traspaso insistió que con la copia del protocolo yo me libraba de cualquier problema... Vale la pena que insista con el asunto de que ese carro, en el momento de la colisión, yo ya lo había vendido?

Qué pasa, por ejemplo, en una venta normal donde el traspaso se hace rápido. Supongamos que yo vendo el carro un día en la mañana, el carajo que lo compró se lo lleva y lo choca saliendo del parqueo. En este punto es evidente que la escritura aún no está inscrita, pues se hizo recién hace minutos (aún si el abogado pensaba ir esa misma tarde a inscribirla). En este caso también me culpan a mí? Cómo protegerse entonces?

(Por cierto, que es bien cierto eso que decís, una cosa así no me la vuelven a hacer).

Saludos y gracias nuevamente.
 
mandelbrot01 dijo:
Gracias por la respuesta tan pronta.

Entonces, ya no hay nada que hacer? El abogado con el que hicimos el traspaso insistió que con la copia del protocolo yo me libraba de cualquier problema... Vale la pena que insista con el asunto de que ese carro, en el momento de la colisión, yo ya lo había vendido?

Qué pasa, por ejemplo, en una venta normal donde el traspaso se hace rápido. Supongamos que yo vendo el carro un día en la mañana, el carajo que lo compró se lo lleva y lo choca saliendo del parqueo. En este punto es evidente que la escritura aún no está inscrita, pues se hizo recién hace minutos (aún si el abogado pensaba ir esa misma tarde a inscribirla). En este caso también me culpan a mí? Cómo protegerse entonces?

(Por cierto, que es bien cierto eso que decís, una cosa así no me la vuelven a hacer).

Saludos y gracias nuevamente.


L aforma de protegerse es que no usen el carro mientras no este al menos anotada la escritura, como le digo mientras esto no suceda ante terceros ud sigue siendo le dueno del carro,
 
para ampliar mas...En el Artículo 7 de la Ley de transito: no encontramos que en todo hecho de tránsito, …, el propietario registral será el responsable civil objetivo de las consecuencias que se deriven del uso, la manipulación, la posesión o la tenencia del vehículo, aun cuando él no haya sido el conductor del vehículo y el responsable del hecho no sea identificado en un proceso de tránsito; a menos que el propietario registral demuestre haber vendido el automotor, no siendo efectivo el poder de venta que usualmente se utiliza en el día a día.
 
Rolomax:

Disculpame por insistir tanto, pero este asunto me tiene bien preocupado.

Si en la ley dice:

rolomax dijo:
...a menos que el propietario registral demuestre haber vendido el automotor, no siendo efectivo el poder de venta que usualmente se utiliza en el día a día....

No puedo demostrar yo, como propietario registral, que efectivamente vendí ese vehículo antes de la colisión, teniendo en mis manos copia del protcolo del abogado? (y estando de hecho la escritura anotada en el registro...)?

Gracias por tu paciencia.

Saludos.
 
mandelbrot01 dijo:
Rolomax:

Disculpame por insistir tanto, pero este asunto me tiene bien preocupado.

Si en la ley dice:

rolomax dijo:
...a menos que el propietario registral demuestre haber vendido el automotor, no siendo efectivo el poder de venta que usualmente se utiliza en el día a día....

No puedo demostrar yo, como propietario registral, que efectivamente vendí ese vehículo antes de la colisión, teniendo en mis manos copia del protcolo del abogado? (y estando de hecho la escritura anotada en el registro...)?

Gracias por tu paciencia.

Saludos.

Ok entonces el asunto aqui es mas bien notarial, ud me dijo ke el carro se inscribio despues de la colision, que tipo de copia tiene ud de la escritura, las escrituras tienen un plazo para inscribirse si no se debe hacer una nueva, firmo ud un a segunda escritura o el abogado inscribio la misma?
 
Rolomax:

Gracias de nuevo. El orden cronológico de los sucesos es el siguiente:

1. Vendí el carro ante notario. La escritura incluía indicación de que era responsabilidad del comprador hacer la presentación al registro (debí haberme negado a firmar en ese momento, lo sé, pero uno pregunta y le dicen que todo está bien). La escritura textualmente dice:

"(...) Las partes únicamente cancelan el monto correspondiente a los honorarios de la presente escritura. Asimismo el comprador se lleva testimonio de esta escritura para realizar el trámite por su cuenta y responsabilidad, lo cual conoce y acepta el vendedor. Siga tomando nota el Registro. Advertí a los comparecientes del valor y trascendencias legales de sus renuncias y estipulaciones. Expediré un primer testimonio de esta escritura dentro del término de ley para el comprador. (...)"

Recibí una copia del notario (es una fotocopia del protocolo, viene sellada y firmada por el abogado). El abogado insistió en que la guardara con cuidado, que si algo pasaba eso me eximía.

2. Me di cuenta luego de como año y medio que el carajo no había hecho la presentación, así que lo empecé a llamar a diario.
3. Apareció en el registro una colisión en Alajuela.
4. Pocos días después, la anotación (traspaso de vehículo) apareció en el registro (o sea, la anotación aparece LUEGO de la colisión).
5. Como tres meses después, la inscripción es rechazada por defectuosa (posee colisión sumaria etc etc).
6. Hoy me llega un citatorio por la colisión del punto 3.
7. El vehículo hoy aparece sin colisiones ni infracciones en el registro.

No ha habido una segunda escritura; por otro lado, posiblemente otro abogado (el del comprador) hizo la presentación. No dudo de este proceso porque ya está anotada en el registro (la cagada fue la colisión). Hablar con el comprador es un sueño, él está muy cómodo y no le interesa resolver el asunto.

Mis dudas son, en resumen:
1 - Dado esto, estoy jodido? Tengo que responder por los daños causados por el otro?
2 - Cómo hago que esto se detenga? Puedo detener el vehículo de alguna manera...? ¿o terminar de buena manera el proceso de traspaso?

Saludos de nuevo.
 
mandelbrot01 dijo:
Rolomax:

Gracias de nuevo. El orden cronológico de los sucesos es el siguiente:

1. Vendí el carro ante notario. La escritura incluía indicación de que era responsabilidad del comprador hacer la presentación al registro (debí haberme negado a firmar en ese momento, lo sé, pero uno pregunta y le dicen que todo está bien). La escritura textualmente dice:

"(...) Las partes únicamente cancelan el monto correspondiente a los honorarios de la presente escritura. Asimismo el comprador se lleva testimonio de esta escritura para realizar el trámite por su cuenta y responsabilidad, lo cual conoce y acepta el vendedor. Siga tomando nota el Registro. Advertí a los comparecientes del valor y trascendencias legales de sus renuncias y estipulaciones. Expediré un primer testimonio de esta escritura dentro del término de ley para el comprador. (...)"

Recibí una copia del notario (es una fotocopia del protocolo, viene sellada y firmada por el abogado). El abogado insistió en que la guardara con cuidado, que si algo pasaba eso me eximía.

2. Me di cuenta luego de como año y medio que el carajo no había hecho la presentación, así que lo empecé a llamar a diario.
3. Apareció en el registro una colisión en Alajuela.
4. Pocos días después, la anotación (traspaso de vehículo) apareció en el registro (o sea, la anotación aparece LUEGO de la colisión).
5. Como tres meses después, la inscripción es rechazada por defectuosa (posee colisión sumaria etc etc).
6. Hoy me llega un citatorio por la colisión del punto 3.
7. El vehículo hoy aparece sin colisiones ni infracciones en el registro.

No ha habido una segunda escritura; por otro lado, posiblemente otro abogado (el del comprador) hizo la presentación. No dudo de este proceso porque ya está anotada en el registro (la cagada fue la colisión). Hablar con el comprador es un sueño, él está muy cómodo y no le interesa resolver el asunto.

Mis dudas son, en resumen:
1 - Dado esto, estoy jodido? Tengo que responder por los daños causados por el otro?
2 - Cómo hago que esto se detenga? Puedo detener el vehículo de alguna manera...? ¿o terminar de buena manera el proceso de traspaso?

Saludos de nuevo.


He estado haciendo averiguaciones y segun la jurisprudencia, ud es solo responsable en cuanto el valor del vehiculo, es decir el vehiculo es el que va responder pro el dano segun jurisprudencia de la sala primera: http://200.91.68.20/scij/busqueda/j...tem6=0&tem2=&tem3=&nValor3=108560&strDirTe=DD por lo que en la parte patrimonial esta salvado, mi recomendacion es que igual debe presentarse al proceso, eso si pongase de acuerod con el que colisiono osea al comprador de lcarro para que vaya con el, y ud presenta la copia de la escritura el dia que senalen audiencia, otra cosa porque es peosible que nos estemos ahogando en un vaso de agua quien tuvo la culpa del accidente?
 
La culpa es del que me compró el carro.

La notificación dice esto:

NUMERO DE EXPEDIENTE: XXXXX
CONTRA: <ALGUIEN QUE NO CONOZCO> Y <TIPO AL QUE LE VENDI EL CARRO>
T.Colisión

SE INVITA A CONSTITUIRSE COMO PARTE.
Notifiquese a <MI PERSONA>, propietario registral del vehículo placas <PLACA DEL CARRO QUE VENDI>, que de conformidad con lo que establece el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tiene dercho a comparecer dentro del término de OCHO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, etc etc

:roll: - ¿Qué significa, en cristiano, todo esto?

Saludos y gracias nuevamente.
 
Mis amigos:

Efectivamente me estaba ahogando en un vaso de agua, pero por otra razón. Resultó que la notificación había sido hecha el 1 de julio, pero de 2008!!. Llamé al juzgado de tránsito y me dijeron que el expediente estaba archivado y que ya había sentencia y todo; resultó que la notificación tardó más de un año en llegarme, y que el proceso había tenido lugar completo mientras yo era ignorante del asunto.

El comprador había presentado copia de la escritura y había quedado como responsable civil del suceso, por lo cual yo quedé completamente liberado. 8-)

Con razón el carro sale sin colisiones en el registro!

Ahora la pregunta cambia, resulta que dicha escritura tenía precisamente el defecto de la colisión, pero por lo visto, ya este defecto no existe. Qué se requiere para que se termine de procesar esta escritura y finalmente el nuevo dueño aparezca como tal en el registro?

Saludos.
 
mandelbrot01 dijo:
Mis amigos:

Efectivamente me estaba ahogando en un vaso de agua, pero por otra razón. Resultó que la notificación había sido hecha el 1 de julio, pero de 2008!!. Llamé al juzgado de tránsito y me dijeron que el expediente estaba archivado y que ya había sentencia y todo; resultó que la notificación tardó más de un año en llegarme, y que el proceso había tenido lugar completo mientras yo era ignorante del asunto.

El comprador había presentado copia de la escritura y había quedado como responsable civil del suceso, por lo cual yo quedé completamente liberado. 8-)

Con razón el carro sale sin colisiones en el registro!

Ahora la pregunta cambia, resulta que dicha escritura tenía precisamente el defecto de la colisión, pero por lo visto, ya este defecto no existe. Qué se requiere para que se termine de procesar esta escritura y finalmente el nuevo dueño aparezca como tal en el registro?

Saludos.



No hay ninguna anotacion en la misma?
 
Copio datos obtenidos de la página del Registro Nacional, ahí me contás si esto contesta tu pregunta. En bienes muebles, para la placa del auto en cuestión, aparece:

No Posee Gravamen(es)

Anotación(es)
Tomo Asiento Secuencia Tipo Movimiento Fecha
2008 ####### 001 TRASPASO DE UN BIEN MUEBLE 14 de julio de 2008

No Posee Infracción(es) / Colisión(es)

Levantamiento
Fecha Incl. Fecha Lev.
01 jul 2008 09 mar 2009

(Hay más levantamientos, todos muy viejos -tortas del carajo a quien yo le había comprado el carro-, y el citado, que es el más reciente y el único del nuevo dueño).

Al consultar dicha presentación, aparece lo siguiente:

Datos Generales Presentación
Fecha de Presentación: 14-jul-2008 2:42 PM

Estado: PASADO AL APARTADO DEL NOTARIO DEFECTUOSO
Anotación(es): 1
(...)
Trámite(s):
DIARIO RECIBIDA 14-jul-2008 2:42 PM
DIARIO ANOTADO 14-jul-2008 3:01 PM
DIARIO ASIGNADO 14-jul-2008 3:05 PM
CALIFICACION RECIBIDO PRIMER INGRESO 14-ago-2008 12:22 PM
CALIFICACION RECIBIDO POR ADELANTO 14-ago-2008 12:22 PM
CALIFICACION EN ESTUDIO 02-sep-2008 1:42 PM
CALIFICACION REGRESADO A CALIFICACION 03-sep-2008 10:04 AM
CALIFICACION DEVUELTO A LA JEFATURA DEL DARIO 03-sep-2008 10:05 AM
CALIFICACION CAMBIO DE REGISTRADOR 23-oct-2008 3:43 PM
CALIFICACION CALIFICADO DEFECTUOSO 23-oct-2008 3:58 PM
ARCHIVO O DESPACHO RECIBIDO DEFECTUOSO 24-oct-2008 11:02 AM
ARCHIVO O DESPACHO PASADO AL APARTADO DEL NOTARIO DEFECTUOSO 27-oct-2008 11:46 AM


Anotación(es)
Secuencia Movimiento Fecha Hora Usuario
001 TRASPASO DE UN BIEN MUEBLE 14-jul-2008 3:01 PM CSL001

Defecto(s)
001 001 POSEE COLISION SUMARIA XXXXXXX DEL ALAJUELA-JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA
001 002 NOTA INTERNA: SE TRAMITA EN COORDINACION POR CUANTO R-19 SE ENCUENTRA INCAPACITADA

El número de expediente de colisión sumaria corresponde al de la notificación recibida.

Saludos.
 
ok ok ok, por lo que entiendo se rechazo porque en le momento de la inscripcion estaba anotado el gravamen de la colision que fue levantada Fecha Incl. 01 jul 2008 Fecha Lev. 09 mar 2009, esta escritura se presento el 14 de julio y el gravamen habia entrado el 01 de julio, lo que deben hacer ya que esta levantado el 09 marzo del 2009, volver a presentar la escritura...
 
Excelente, gracias por la ayuda. Tengo unas preguntillas adicionales:

- Hay que pagar para volver a presentar la escritura? (si es así, cuáles rubros se pagan y qué valor tienen)
- Puedo hacerlo yo en caso de que no logre convencer al mae que me compró el carro de que asuma su responsabilidad, para curarme en salud?
- Estoy en algún riesgo mientras esto siga así? (es necesario que me estrese por esto?)

Saludos y de nuevo muchas gracias por la ayuda.
 

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