CONGELAR TODO EL SALARIO POR EMBARGO???

Hola: mi consulta es la siguiente: solo rebajan el porcentaje correspondiente o congelan toda la cuenta y el remanente de salario tambien? o sea que ademas del rebajo tampoco puedes disponer de lo que quedo despues del embargo? gracias por su ayuda.
 
Lo que se embarga del salario es solo un porcentage,

“ARTÍCULO 172.- Son inembargables los salarios que no excedan del que resultare ser el menor salario mensual establecido en el decreto de salarios mínimos, vigente al decretarse el embargo. Si el salario menor dicho fuere indicado por jornada ordinaria, se multiplicará su monto por veintiséis para obtener el salario mensual.


Los salarios que excedan de ese límite son embargables hasta en una octava parte de la porción que llegue hasta tres veces aquella cantidad y en una cuarta del resto.

Sin embargo, todo salario será embargable hasta en un cincuenta por ciento como pensión alimenticia.

Por salario se entenderá la suma líquida que corresponda a quien lo devengue una vez deducidas las cuotas obligatorias que le correspondan pagar por ley al trabajador. Para los efectos de este artículo las dietas se consideran salario.

Aunque se tratare de causas diferentes, no podrá embargarse respecto a un mismo sueldo sino únicamente la parte que fuere embargable conforme a las presentes disposiciones.

En caso de simulación de embargo se podrá demostrar la misma en incidente creado al efecto dentro del juicio en que aduzca u oponga dicho embargo. Al efecto los tribunales apreciarán la prueba en conciencia sin sujeción a las reglas comunes sobre el particular. Si se comprobare la simulación se revocará el embargo debiendo devolver el embargante las sumas recibidas.”

Talvez con este ejemplo te quede mas claro:

Del 1º enero al 30 de junio del 2008
Salario menor mensual del decreto servidora doméstica)

¢96,531
Más 50% en especie

¢48.266
Salario total

¢48.266
Menos 9% Cargas Sociales

¢13.032,00
Salario Inembargable por Deuda

¢131.765

Cálculo de un embargo de salario.

Caso: colaborador con cónyuge y un hijo (a),
Salario Bruto

750,000
Menos cargas obligatorias (Cargas Sociales y Renta)

89.320
Salario Líquido

660.680
Menos salario inembargable ( I Semestre del 2008)

131.765
Suma Máxima Sujeta a Embargos

528,915
Embargo mensual por 1/8

49.412
Embargo mensual por 1/4

33.405
Embargo Mensual Total

82.817





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Diay entonces porque dicen por ahi que es un 5%? Por que 1/8 es mas bien como un 13%.

Y es cierto que solo 1 banco o institucion puede hacer el embargo a la vez?

Gracias
 
UDS se están limitando al cálculo del rebajo por embargo en el salario,osea lo que les va a rebajar el patrono, pero no están considerando que si tienen las cuentas embargadas le rebajan la totalidad que tenga en el banco. Cuidado con esto.
 
Pablo AMO dijo:
UDS se están limitando al cálculo del rebajo por embargo en el salario,osea lo que les va a rebajar el patrono, pero no están considerando que si tienen las cuentas embargadas le rebajan la totalidad que tenga en el banco. Cuidado con esto.


us tiene razon pero hay una exepcion, la cuenta donde le depositan el salario es inembargable, exepto por el monto que le puedan embargar del mismo.
 
Eso no lo sabía, como sabe el banco que ese dinero corresponde al salario? hay cuentas solo para salario?y si la deuda es con el mismo banco donde le depositan el salario tampoco le pueden rebajar más que el monto de embargo de ley?
 
Pablo AMO dijo:
Eso no lo sabía, como sabe el banco que ese dinero corresponde al salario? hay cuentas solo para salario?y si la deuda es con el mismo banco donde le depositan el salario tampoco le pueden rebajar más que el monto de embargo de ley?


Lo que se debe hacer, entre banco, cliente y patrono, es comunicarle al banco que esa cuenta es solo para recibir salarios, y así el banco respete la suma máxima a embargar, y deje libre el saldo que el trabajar requiere para sus necesidades, a saber, un 87.505 del salario bajo, y un 75% de un salario alto, según lo dicho y determinado por el artículo 172 del Código de Trabajo.
 
Gracias por la info muy útil, que pasa con los patronos que le dicen al empleado que le traiga la cuenta cliente, uno en el banco puede decir que va abrir una cuenta solo para salario ó el patrono debe enviar una carta o algo por el estilo?
 

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