Buenas, de antemano me disculpo por el extenso caso. Pero de igual manera agradeceria la atencion que me pudieran brindar.
Quisiera hacer la consulta con relacion a mi caso en particular, referente a un parte realizado por un oficial de transito a mi vehiculo bajo la conducion de una persona NO autorizada. La situacion es esta...
En setiembre del presente anho, realice un viaje de vacaciones con unas amistades a guanacaste. Fechas que se comprenden exactamente del 16 al 19. Dias antes, habia coordinado con mi mecanico automotriz de confianza (o al menos, era) que realizara una reparacion a mi vehiculo relativamente rapida (antena interna del radio para recepcion de tv) y que no podria durar mas de 1 dia o 2 maximo. En fin, dado lo ocupado que me encontraba durante la semana. Decidi dejarle el carro el jueves 15 de setiembre por la noche (ya que yo salia amaneciendo el viernes 16) y pues que lo podria regresar a mi casa en cuanto estuviera listo, mientras no pasara del 19. Dia que regresaba de mis vacaciones.
Efectivamente, el mecanico se dejo el carro el 15 por la noche. Y yo sali tranquilamente hacia mi destino el 16 y regresar el 19. Nota curiosa es que el propio 19 me di cuenta que el mecanico no habia devuelto el auto sino hasta el mismisimo 19 por la tarde horas antes de mi regreso, cosa que no me causo mayor preocupacion dado que el problema habia sido resuelto.
Desgraciadamente o deberia decir quiza afortunadamente, por esas cosas del destino. El 1 de Octubre, sin absolutamente ninguna razon en especial decidi realizar una consulta de infracciones en la pagina del cosevi con el numero de placa de mi vehiculo. Esperaba encontrarme con una infraccion vehicular que admito y me consta, cometi el 24 de noviembre del 2010 por concepto de restriccion vehicular. Sin embargo me tope la amarga sorpresa que esa no era la unica infraccion. Sino que habia una cometida el 17 de setiembre del 2011. Y adjunto a ella, el numero de cedula de la persona infractora y concepto de la misma: conducir con licencia vencida. Maliciosamente ya, decidi verificar la persona duenha de dicha cedula con el registro civil, para dar con la sorpresa (o quiza no tan sorpresa la verdad) de que era nada mas y nada menos que el mecanico de "confianza". Gracias a eso, resulto en una multa por 94860 colones + el cargo del PANI, lo que nos da un total por una multa a pagar de casi 124 mil colones.
Tengo pruebas de mi ausencia en dichas fechas, dado que me hospede en un hotel y aun conservo los papeles y factura. Y ese mecanico no tenia autorizacion alguna de llevarse mi vehiculo a ninguna parte. Y tampoco era una cuestion de que se ocupara trasladar mi vehiculo para verificar su estado. Estamos hablando de una antena de un radio.
Naturalmente, contacte al mecanico quien como sospechaba, nego dicha acusacion (la peor estupidez). Sin embargo, se mostro receptivo y atento a solucionarme el problema. Al dia siguiente, vino a mi casa a retirar una copia impresa de lo que habia sacado del cosevi para que el hiciera lo que sea que fuera a hacer y nuevamente con promesas de que lo iba a arreglar. El 3 de octubre me indica (yo lo tuve que llamar para peores, el simplemente evade mis llamadas) que fue al cosevi con una amistad de el (ni siquiera quisiera preguntarle que clase de amistad, no me interesa mientras me arregle eso) y que le daban respuesta o camino a seguir con relacion a este problema al dia siguiente. Justo como pense, no recibi llamadas alguna del susodicho mecanico el 4 de octubre y mucho menos se digno a contestarme las llamadas. (lo llame 21 veces)
Cansado y aberrado por tal situacion, quisiera asesorarme legalmente por cual podria ser el mejor camino a tomar. Sea ya jurisprudencia o lo que sea. Ya que sinceramente me canse de tratar de arreglar las cosas por las buenas. Igual pensaba darle hasta el viernes, pero por otro lado estar listo para tomar cualquier medida que se tenga que tomar al respecto.
De antemano, muchas gracias por cualquier consejo que me pudiera brindar un abogado.
Saludos
Quisiera hacer la consulta con relacion a mi caso en particular, referente a un parte realizado por un oficial de transito a mi vehiculo bajo la conducion de una persona NO autorizada. La situacion es esta...
En setiembre del presente anho, realice un viaje de vacaciones con unas amistades a guanacaste. Fechas que se comprenden exactamente del 16 al 19. Dias antes, habia coordinado con mi mecanico automotriz de confianza (o al menos, era) que realizara una reparacion a mi vehiculo relativamente rapida (antena interna del radio para recepcion de tv) y que no podria durar mas de 1 dia o 2 maximo. En fin, dado lo ocupado que me encontraba durante la semana. Decidi dejarle el carro el jueves 15 de setiembre por la noche (ya que yo salia amaneciendo el viernes 16) y pues que lo podria regresar a mi casa en cuanto estuviera listo, mientras no pasara del 19. Dia que regresaba de mis vacaciones.
Efectivamente, el mecanico se dejo el carro el 15 por la noche. Y yo sali tranquilamente hacia mi destino el 16 y regresar el 19. Nota curiosa es que el propio 19 me di cuenta que el mecanico no habia devuelto el auto sino hasta el mismisimo 19 por la tarde horas antes de mi regreso, cosa que no me causo mayor preocupacion dado que el problema habia sido resuelto.
Desgraciadamente o deberia decir quiza afortunadamente, por esas cosas del destino. El 1 de Octubre, sin absolutamente ninguna razon en especial decidi realizar una consulta de infracciones en la pagina del cosevi con el numero de placa de mi vehiculo. Esperaba encontrarme con una infraccion vehicular que admito y me consta, cometi el 24 de noviembre del 2010 por concepto de restriccion vehicular. Sin embargo me tope la amarga sorpresa que esa no era la unica infraccion. Sino que habia una cometida el 17 de setiembre del 2011. Y adjunto a ella, el numero de cedula de la persona infractora y concepto de la misma: conducir con licencia vencida. Maliciosamente ya, decidi verificar la persona duenha de dicha cedula con el registro civil, para dar con la sorpresa (o quiza no tan sorpresa la verdad) de que era nada mas y nada menos que el mecanico de "confianza". Gracias a eso, resulto en una multa por 94860 colones + el cargo del PANI, lo que nos da un total por una multa a pagar de casi 124 mil colones.
Tengo pruebas de mi ausencia en dichas fechas, dado que me hospede en un hotel y aun conservo los papeles y factura. Y ese mecanico no tenia autorizacion alguna de llevarse mi vehiculo a ninguna parte. Y tampoco era una cuestion de que se ocupara trasladar mi vehiculo para verificar su estado. Estamos hablando de una antena de un radio.
Naturalmente, contacte al mecanico quien como sospechaba, nego dicha acusacion (la peor estupidez). Sin embargo, se mostro receptivo y atento a solucionarme el problema. Al dia siguiente, vino a mi casa a retirar una copia impresa de lo que habia sacado del cosevi para que el hiciera lo que sea que fuera a hacer y nuevamente con promesas de que lo iba a arreglar. El 3 de octubre me indica (yo lo tuve que llamar para peores, el simplemente evade mis llamadas) que fue al cosevi con una amistad de el (ni siquiera quisiera preguntarle que clase de amistad, no me interesa mientras me arregle eso) y que le daban respuesta o camino a seguir con relacion a este problema al dia siguiente. Justo como pense, no recibi llamadas alguna del susodicho mecanico el 4 de octubre y mucho menos se digno a contestarme las llamadas. (lo llame 21 veces)
Cansado y aberrado por tal situacion, quisiera asesorarme legalmente por cual podria ser el mejor camino a tomar. Sea ya jurisprudencia o lo que sea. Ya que sinceramente me canse de tratar de arreglar las cosas por las buenas. Igual pensaba darle hasta el viernes, pero por otro lado estar listo para tomar cualquier medida que se tenga que tomar al respecto.
De antemano, muchas gracias por cualquier consejo que me pudiera brindar un abogado.
Saludos