Discriminación en cr hacia los niños??????????

A nadie le pueden obligar aceptar niños en la casa de alquiler.
Cada quien decide a quien mete en su casa.

Solo hay que leer:

Ley General de Arrendamientos urbanos y sub urbanos

ARTICULO 1.
-

Objetivo


El derecho a vivienda digna y adecuada es inherente a todo ser humano. El Estado tiene el deber de posibilitar la realización de este derecho.



Inspirada en los principios de libertad, justicia y equidad y reconociendo la necesidad de armonizar el ejercicio del derecho de propiedad con el desarrollo económico y el interés social, esta ley se propone dictar las normas para regular las relaciones jurídicas originadas en el arrendamiento de locales para vivienda y otros destinos.





ARTICULO 2.
-

Imperatividad



Esta ley es de orden público.


Todo convenio contrario a sus disposiciones imperativas o prohibitivas es nulo depleno derecho y se tendrá por no escrito.



El acuerdo de partes es válido ante las disposiciones permisivas o facultativas de esta ley o en ausencia de norma expresa, de no ser que el pacto viole otra disposiciónimperativa o prohibitiva del ordenamiento jurídico costarricense.


En el contrato se estipulará que los daños los pagará el arrendatario, para eso se pide un depósito, que puede ir gradual incluyéndose dentro del pago mensual. O sea la misma ley le da al arrendador la posibilidad de resarcirse de los daños a la propiedad, por tanto, no es legítimo que ponga restricciones a los niños.



 
Gracias por tu gran aporte elizondo en otras palabras entonces los que ponen esos anuncios en los super y periodicos estan violando la ley?? o sea esta interesante una posible demanda? ummmmm veo, ya lo dije desde un inicio y con todo respeto a mis amigos Gays, negros o extrajeros, ellos si pelean cuando se sienten discriminados......, el tema lo inicie porque es molesto ver ese tipo de anuncios...
 
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Solo hay que leer:

Ley General de Arrendamientos urbanos y sub urbanos

ARTICULO 1.
-

Objetivo


El derecho a vivienda digna y adecuada es inherente a todo ser humano. El Estado tiene el deber de posibilitar la realización de este derecho.



Inspirada en los principios de libertad, justicia y equidad y reconociendo la necesidad de armonizar el ejercicio del derecho de propiedad con el desarrollo económico y el interés social, esta ley se propone dictar las normas para regular las relaciones jurídicas originadas en el arrendamiento de locales para vivienda y otros destinos.





ARTICULO 2.
-

Imperatividad



Esta ley es de orden público.


Todo convenio contrario a sus disposiciones imperativas o prohibitivas es nulo depleno derecho y se tendrá por no escrito.



El acuerdo de partes es válido ante las disposiciones permisivas o facultativas de esta ley o en ausencia de norma expresa, de no ser que el pacto viole otra disposiciónimperativa o prohibitiva del ordenamiento jurídico costarricense.


En el contrato se estipulará que los daños los pagará el arrendatario, para eso se pide un depósito, que puede ir gradual incluyéndose dentro del pago mensual. O sea la misma ley le da al arrendador la posibilidad de resarcirse de los daños a la propiedad, por tanto, no es legítimo que ponga restricciones a los niños.




Vamo'a'ver Insisto a nadie lo pueden obligar a alquilarle el chante a una persona con niño, el alquilarle mi hogar no es un obligacion mia ni de nadie, yo no tengo que garantizar eso en mi terreno.
No hay forma que ud llegue con un abogado y me haga alquilarle el chante a nadie con chiquitos. Esa ley es de interpretacion.

Imaginese que cuando mi abuelo no esta en Costa Rica, esos anuncios los pone el abogado del mae que es el apoderado generalisimo cuando el no esta.

Es igual que los precios y las condiciones del alquiler, se definen por acuerdos mutuos contractuales si no estan deacuerdo no hay forma que con eso que pusiste puedas ir a solicitar que te den el chante por discriminacion.

Esta jalado del pelo eso manilllo.
 
La ley está bien, pero va dirigida al gobierno, no al ciudadano simple, es el gobierno el que debe velar porque todos tenga una vivienda digna.

El ciudadano puede hacer TODO lo que no está prohibido en las leyes, en esa ley en ningún lado dice: Se prohibe que los dueños de casas de alquiler se reserven los derechos de admisión. No lo dice, por lo tanto se puede hacer. Las casas de alquiler son bienen privados no públicos, por lo tanto los dueños pueden hacer uso del derecho de admisión.
 
Malogrado, su abuelo o el testaferro le pueden alquilar a quien le de la gana y obvio que el precio, deposito y todo lo que le quieran meter están en su entero antojo, lo que yo digo es que ES UNA DISCRIMINACIÓN Y YA DEMOSTRADO POR LA LEY LOS QUE LO ANUNCIAN al final como hace su abuelo y no lo alquila y punto.

Ya se sabe que lo hacen ni modo contra eso no se puede hacer nada igual las leyes son un simple papel que cualquiera interpreta a su gusto (gana el que tenga mas labia), lo que es molesto es la DISCRIMINACIÓN a vista y paciencia de todos........, lo bueno de esto es que hay varios puntos de vista y le respeto lo que dice, ya que pregunto tambien no aun no tengo casitas para alquilar, para eso me falta unos añitos, sin embargo si las llego a tener fijo acepto con Bebes....
 
Muchos actos se hacían en Costa Rica interpretando las leyes hasta que vino la Sala IV y lo definió y sanseacabó.

Por ejemplo, un patrono ponía que solo aceptaba costarricenses, incluso en el Gobierno. Se llevó el asunto a Sala IV y esta estableció que no era constitucional.

La ley establece con claridad que en un contrato no se puede violentar la misma u otra ley, mucho menos la Constitución. En el momento en que un afectado actúe, allí se acaba. Por ejemplo, si yo tuviese que alquilar voy y firmo el contrato, luego entro con uno o dos niños, ¡a ver si acaso pueden echarme por los niños!

Y si lo pretendieran, acudo a los Tribunales con base en lo que dice la misma ley en los artículos que cité.

Es similar cuando ponen un aviso de empleo en que dicen que solo personas menores de 35 años. Si alguien los acusa deben quitar esos anuncios.

La ley es letra muerta, no solo en este caso sino en todo, mientras los ciudadanos y las ciudadanas no se muevan y exijan su cumplimiento.
 

¡Los Foreros están posteando en estos temas!

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  • Sí, para garantizar la seguridad individual

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¿Las universidades públicas costarricenses son refugios de ideologías extremistas?

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  • No, son cunas del libre pensamiento

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¿Apoya la creación de una ley de eutanasia en Costa Rica?

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¿Costa Rica debería promover abiertamente el turismo sexual?

  • Sí, podría dar un impulso económico

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¿Debería Costa Rica legalizar la marihuana para uso recreativo?

  • Sí, por los beneficios económicos y de seguridad

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