Embargo a una propiedad divida.

hola!

Por favor ayúdenme con siguiente caso.

Hay una casa que pertenece a 4 personas, resulta que 3 de las personas tiene cuentas que no pueden pagar porque perdieron el empleo y les embargan la parte a cada uno.

Es una familia, los dueños son tres hijos y la mama, los que deben el dinero son los hijos. Hay un abogado que dice que se puede traspasar las partes a la mama.

en relación con esto me recuerdo de un articulo en la constitución que dice así

ARTÍCULO 45.- La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley. En caso de guerra o conmoción interior, no es indispensable que la indemnización sea previa. Sin embargo, el pago correspondiente se hará a más tardar dos años después de concluido el estado de emergencia.

Que se puede hacer? Que recomiendan?

les agradezco muchísimo su colaboración.
 
estimado forrero:
ante todo el articulo que usted menciona , constitucional pues no tiene relacion con esto, el articulo que refiere es mas un asunto de definicion del estado en aquel momento , el de la constituyente , en relacion con las expropiaciones de corte comunistas o bien las mismas expropiaciones que el estado efectua, y ahi si se aplica, pero el caso que plantea es diferente.
Lo primero es que para que la casa este embargada , si son 4 los propietarios los 4 obligatoriamente debieron haber firmado el acta de constitucion de hipoteca, por que ningun notario hubiese autorizado un documento asi, lametablemente la "mama" si bien es cierto no es deudora, pues en el momento que acepto el que su parte de la vivienda respondiese como parte de la garantia real , tambien acepto los riesgos inherentes a una transacion de credito, como lo es en este caso la insolvencia del deudor y la ejecucion de la garantia,.
Por otro lado , si en efecto los otros deudores pueden traspasarle su parte a su madre, y eso no significa de modo alguno que la parte de la casa que traspasen , pase "limpia" , de hecho en la compra , la mama la acepta con gravemenes y anotaciones y eso pues implica la eventualidad de que la cxasa puede ser ejecutada como garantia.
lo que en enla practica es un sinsentido que traspase la casa..., tal vez lo unico que se me ocurre es que busquen la readecuacion del credito o bien buscar un credito nuevo que asuma la deuda , igual con la garantia hipotecaria y asi saldrian del estado de morosidad, otra cosa...pues dificilmente
 
toma guaro dijo:
estimado forrero:
ante todo el articulo que usted menciona , constitucional pues no tiene relacion con esto, el articulo que refiere es mas un asunto de definicion del estado en aquel momento , el de la constituyente , en relacion con las expropiaciones de corte comunistas o bien las mismas expropiaciones que el estado efectua, y ahi si se aplica, pero el caso que plantea es diferente.
Lo primero es que para que la casa este embargada , si son 4 los propietarios los 4 obligatoriamente debieron haber firmado el acta de constitucion de hipoteca, por que ningun notario hubiese autorizado un documento asi, lametablemente la "mama" si bien es cierto no es deudora, pues en el momento que acepto el que su parte de la vivienda respondiese como parte de la garantia real , tambien acepto los riesgos inherentes a una transacion de credito, como lo es en este caso la insolvencia del deudor y la ejecucion de la garantia,.
Por otro lado , si en efecto los otros deudores pueden traspasarle su parte a su madre, y eso no significa de modo alguno que la parte de la casa que traspasen , pase "limpia" , de hecho en la compra , la mama la acepta con gravemenes y anotaciones y eso pues implica la eventualidad de que la cxasa puede ser ejecutada como garantia.
lo que en enla practica es un sinsentido que traspase la casa..., tal vez lo unico que se me ocurre es que busquen la readecuacion del credito o bien buscar un credito nuevo que asuma la deuda , igual con la garantia hipotecaria y asi saldrian del estado de morosidad, otra cosa...pues dificilmente

gracias toma guaro!
la casa se dividio cuando los hijos eran menores de edad, ya que los padres ser divorciaron. Cuando crecieron los hijos contrayeron deudas pero no hipotecando nada. Como no son asalariados no se les puede embargar tampoco salario, lo único que esta a su nombre es parte de la propiedad.
Como lo ven??
 
bueno eso es distinto...ahora si no se ha iniciado un proceso de cobro judicial o un monitorio, que es el nombre del proceso, pues i lo pueden traspasar y pues quien quita un quite se salvan , pero :
1) la forma de trasnacccion debe ser una venta..eso pensando en las posibilidades de que en un eventual proceso para decretar la nulidad de la escritura, por un asunto de periodo de sospecha.
2) preferiblemente no se la vendan a la mama, si no " vendanla" a otra persona que no sea tan cercano.
3)si ya esta en cobro y se efectua la venta, el acredor perfectamente le puede solicitar al juez que fije el periodo de sospecha, que es el plazo desde que entraron en cesacion de pagos y cualquier acto juridico tendiente a trasladar la propiedad de un bien mueble o inmueble se puede anular, por eso por lo general se le dice a la gente que si piensa hacer esto, se mantenga pagando un tiempo...prudencial para que si se fija un periodo de sospecha, la escritura quede fuera del mismo, PERO son CONTADOS con los dedos de la mano los procesos monitorios , donde se fijan periodos de sospecha, en otras palabras si se la juega puede pegarla en un 85%...suerte
 

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