embargo sobre embargo

buenas mi salario es de 667 mil x mes, tengo un embargo de 50mil colones, y me quieren sobreembargar x otros 50mil que puedo hacer?? eso se puede hacer???
 
La mejor forma...

... de evitar tantos embargos es muy simple: pague sus cuentas antes de que la embarguen. Y sí, se pueden hacer TODOS los embargos del mundo mientras su salario aguante. Son embargos independientes, aunque sean del mismo acreedor.
 
presente un document en donde indique todos sus gastos nadie puede embargar mas de cierto porcentaje del salario, adicional si tienes hijos dile a tu pareja que te ponga la pension ( solo para efectos legales ) ya con esto nadie te toca
 
cual es el porcentaje que se puede embargar del salario

me pueden decir cual es la formula que usan para aplicar un embargo, como suma maxima a embargar en el salario
 
Codigo de Trabajo

ARTÍCULO 172.- Son inembargables los salarios que no excedan del que resultare ser el menor salario mensual establecido en el decreto de salarios mínimos, vigente al decretarse el embargo. Si el salario menor dicho fuere indicado por jornada ordinaria, se multiplicará su monto por veintiséis para obtener el salario mensual.
Los salarios que excedan de ese límite son embargables hasta en una octava parte de la porción que llegue hasta tres veces aquella cantidad y en una cuarta del resto.
Sin embargo, todo salario será embargable hasta en un cincuenta por ciento como pensión alimenticia.
Por salario se entenderá la suma líquida que corresponda a quien lo devengue una vez deducidas las cuotas obligatorias que le correspondan pagar por ley al trabajador. Para los efectos de este artículo las dietas se consideran salario.
Aunque se tratare de causas diferentes, no podrá embargarse respecto a un mismo sueldo sino únicamente la parte que fuere embargable conforme a las presentes disposiciones.
En caso de simulación de embargo se podrá demostrar la misma en incidente creado al efecto dentro del juicio en que aduzca u oponga dicho embargo. Al efecto los tribunales apreciarán la prueba en conciencia sin sujeción a las reglas comunes sobre el particular. Si se comprobare la simulación se revocará el embargo debiendo devolver el embargante las sumas recibidas.
 
monto permitido

entonces eso quiere decir que al ser mi salario bruto mensual de 667 mil, y me rebajan 51 mil por mes de un embargo, si otra entidad procede a embargarme, debe esperar en fila a que cancele, el embargo que estoy pagando actualmente, para iniciar ese cobro. muchas gracias por la respuesta.
 
Lo que significa...

entonces eso quiere decir que al ser mi salario bruto mensual de 667 mil, y me rebajan 51 mil por mes de un embargo, si otra entidad procede a embargarme, debe esperar en fila a que cancele, el embargo que estoy pagando actualmente, para iniciar ese cobro. muchas gracias por la respuesta.

... es que a Ud. le pueden hacer TODOS los rebajos del mundo hasta que llegue al salario mínimo mensual aprobado por el MTSS, que ahorita debe andar por 240-250 mil. O dicho de otra forma, a Ud. le pueden practicar embargos hasta por más de 400 mil mensuales sin el más mínimo inconveniente. Ningún acreedor tiene la culpa de que Ud. no pague sus deudas y no tiene por qué "esperarse en fila" a que otro termine de cobrar (podría llevarse AÑOS) para que le paguen lo que le deben.
 
articulo 172

que pasa con lo q dice el artículo 172 del código de trabajo donde explica q sólo 1/8 parte de mi salario es embargable por el monto q yo recibo de salario
 
en este caso su salario da para que le embarguen una pequeña cantidad mas, eso depende de que la adecue el acreedor, si fuese por pension le embargan el 50% del salario, pero como es por deuda hay un tope en este caso y ya tiene un embargo, le cabe otro embargo pero que sin que ambos embargos sobrepasen lo que dice el articulo 172 del CT. asi que no se asuste si otro acreedor le embarga un poquito mas de lo que le estan embargando.
 

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