Estoy divorciado ¿que sucede si vuelvo con mi ex?

peppone

Forero Regular
Mi consulta es : legalmente que sucedería si vuelvo con mi ex?, convivir con ella en la misma casa, etc.
Ella me esta pidiendo cacao, pero primero quiero saber en lo que me puedo meter. Yo pago pensión por mis hijos, ella renunció a la suya (ella trabaja).
vuelvo a adquirir todas mis obligaciones , deberes como si todavía estuviera casado? (obviamente aportando a los gastos de la casa)

Cómo funcionaría legalmente esta situación?

Gracias
 
Volvería al mismo infierno pero con diferente diablo.

Mejor quédese así queditico como esta, por algo se divorció.
 
En la parte legal no te puedo decir nada, esperemos que un compa cuyo Nick es Roquitico despeje la duda.

Pero en lo que si te puedo decir algo es que por algo se separaron, si va a volver a la misma trama mejor no vuelva, viva feliz, cuide sus hijos y deles lo que ellos necesiten. Pero hasta ahí
 
Mi consulta es : legalmente que sucedería si vuelvo con mi ex?, convivir con ella en la misma casa, etc.
Ella me esta pidiendo cacao, pero primero quiero saber en lo que me puedo meter. Yo pago pensión por mis hijos, ella renunció a la suya (ella trabaja).
vuelvo a adquirir todas mis obligaciones , deberes como si todavía estuviera casado? (obviamente aportando a los gastos de la casa)

Cómo funcionaría legalmente esta situación?

Gracias

En materia del nuevo matrimonio, no importa si es con la misma de antes o con una nueva. Empieza de nuevo las obligaciones y deberes. Básicamente, a partir de la fecha del nuevo matrimonio, todo lo que se adquiera y obtenga de modo oneroso (pagado) o recibido como donación o regalo para ambos, se convierte nuevamente en un bien ganancial.

Sobre las pensiones de sus hijos, estas permenecen iguales, ya que las pensiones son irrenunciables y son a favor de los menores. Ni siquiera la madre puede pedir que las quiten. La única forma de quitarlas, es solicitándolo al juzgado que las fijó y explicando la situación, en donde en dicha solicitud, se adjuntan copia de la nueva acta de matrimonio o estudio registral y la madre expresa su acuerdo. Pero aún así, esto no es garantía de que le quitan las pensiones de los hijos.

Ahora, sobre el mundo real: No sería la primera pareja que luego de divorciados, se vuelven a casar, pero... como consejo sano, le recomiendo analizar muy cuidadosamente la situación; analice y haga memoria que qué fueron las razones para el primer divorcio... ¿Qué ha cambiado? Si las razones del primer divorcio ya no existen ni tienen posibilidad de resurgir, entonces no hay problema. Si las razones "ahora no están" pero podrían resurgir, entonces téngalo por seguro que volverán.

Recuerde que la mente humana (rencor) es algo inevitable. Por más que se prometa que algo no va a suceder, si ya sucedió antes, es muy posible que se repita. Pero esta vez con un agravante. A la primera bronca (que realmente no sería la primera) se le sumarán todos los trapos sucios del pasado, convirtiendo su nuevo matrimonio en un infierno instantáneo.

En esta situación, le recomiendo pensar con mucha "malicia". ¿Qué causó el primer divorcio? ¿Qué se dijo durante ese divorcio? ¿Está Usted en mejor posición económica que antes? ¿Hubo algo que su ex quería en el divorcio y no lo obtuvo?

Acuérdese de esta sabia expresión: "Uno llega a conocer la persona con que se casó, hasta el día que se divorcia, porque ese es el día que esa persona hablará y actuará como realmente es y no como pretendía ser".

Usted ya la conoce entonces... ya sabe a qué se expone.
 
Primero que nada gracias por la respuesta y los consejos.
La idea por el momento no sería volverme a casar con ella, digamos que es un periodo de prueba a ver si una reconciliación es viable o no.
Pero tampoco me quiero ir de a cholo. Que yo sienta que existe la posibilidad de reanudar la relación no significa que ella tenga lo mismo en mente y eso lo tengo claro; y en cuanto a lo de la malicia, vuelvo a la casa con como 500 veces más malicia que antes, por eso pregunto para no irme como el más inocente, y si me pasa algo es por jupón a sabiendas de que voy con un panorama más claro.
Todo en la vida conlleva riesgos, pero despues de lo que me pasó espero que los míos sean lo más calculados posibles.

Supongo que volver a la casa, según lo expone Roquitico, equivale a una unión libre, o me equivoco?
 
Supongo que volver a la casa, según lo expone Roquitico, equivale a una unión libre, o me equivoco?

Efectivamente: La unión de hecho (unión libre) se configura a los tres años continuos de convivir. Pero tal condición debe dictaminarla un juez, a pedido de una de las partes. La parte solicitante debe aportar las "pruebas" de que viven juntos desde tal fecha y su relación es única, estable y notoria.

Una vez que se "junte" otra vez, ponga atención a las personas que su pareja le presenta. A dónde van y lo que hacen juntos. Bien podría estar empezando a "acumular" pruebas de la unión, por medio de testigos, eventos, sucesos, etc.

Demostrar una unión de hecho no es tan fácil, si no se ha planeado de antemano. Si es planeada, es muy fácil demostrarla. Basta dos o tres testigos (vecino, amigo/a y dependiente de alguna tienda o supermercado) que digan que los ven juntos desde aproximadamente tal fecha, que le consta que Usted vive en esa casa porque lo ven llegar todas las noches y que acostumbran ir al supermercado juntos. Un par de pasajes de avión con el nombre de ambos con la misma fecha y destino.... Que les tomen fotos (o que ella quiera tomarse fotos con Usted a cada rato) y un sinnúmero de situaciones que pueden llevar a la conclusión de que efectivamente si existe la unión de hecho.

Como le dije antes, el asunto de las obligaciones y deberes dentro del matrimonio son las mismas de antes, ya sea con su ex esposa o con otra persona. La unión de hecho también surte los mismos derechos y obligaciones.

El divorcio anterior en nada afecta un nuevo divorcio. El anterior es cosa juzgada y no sirve ni como referencia de hechos. El nuevo divorcio es una historia totalmente nueva. Por ejemplo: En el primer divorcio, su ex renunció a pensión para ella. Eso no significa que "como antes había renunciado.... entonces ahora también". Las situaciones cambian y tal vez ella ya no quiere trabajar o se incapacita "muy seguido", logrando que el juez la mande para la casa y le otorgue una pensión.

Recomendación: Olvídese de todos los buenos momentos que pasaron antes o que están pasando ahora. Haga memoria y recuerde todo lo que se dijo, se hizo o se trató de hacer durante el primer divorcio. Esos recuerdos le darán la respuesta de la verdadera naturaleza y sentimientos de la otra persona.

Claro, estoy siendo muy drástico asumiendo que Usted fue la "victima" en el primer divorcio. No sé si Usted más bien fue el "victimario" y las cosas sucedieron por culpa suya. Aún así, pregúntese porqué, si ella lo conoce tan bien y podría repetirle la historia, entonces porqué lo busca para pedirle cacao?
 
Eso es como

Hola Amigo.

Eso seria como borron y cuenta nueva.Ya lo explicaron anteriormente si se casa no pasa nada igual adquieres las mismas responsabilidaes,hay pocos casos en donde esto sucede.

Nada mas le pregunto y usted que quiere hacer, que panorama le propone su mujer.
Que dicen sus allegados.

Nada mas le digo pienselo bien.

Saludos
 
La idea por el momento no sería volverme a casar con ella, digamos que es un periodo de prueba a ver si una reconciliación es viable o no.

Generalmente cuando uno va con esa mentalidad las cosas duran muy poco, si usted va pensando que si sucede X cosa mejor voyja mejor ni regrese por que cuando regrese con ella razones para pelear van a haber muchas y la "miel" que estan viviendo ahora siempre dura poco. Ademas tiene que pensar en sus hijos ya ellos vivieron el momento dificil del divorcio si usted regresa a la casa se van ilusionar que mami y papi volvieron y si usted al mes se va de la casa de nuevo los va perjudicar emocionalmente a ellos

images
 
Básicamente, a partir de la fecha del nuevo matrimonio, todo lo que se adquiera y obtenga de modo oneroso (pagado) o recibido como donación o regalo para ambos, se convierte nuevamente en un bien ganancial.

Mae no sea bateador, el artículo 41 del Código de Familia establece que no son gananciales dentro del matrimonio:

1) Los que fueren introducidos al matrimonio, o adquiridos durante él, por título gratuito o por causa aleatoria;2) Los comprados con valores propios de uno de los cónyuges, destinados a ello en las capitulaciones matrimoniales;3) Aquellos cuya causa o título de adquisición precedió al matrimonio;4) Los muebles o inmuebles, que fueron subrogados a otros propios de alguno de los cónyuges; y 5) Los adquiridos durante la separación de hecho de los cónyuges.
No confunda a las pobres almas desdichadas que buscan respuestas a sus dilemas existenciales!

Al compa que abrió el tema le recomiendo que firme un contrato que se llama capitulaciones para que resguarde sus bienes en caso de un nuevo safis.

Por cierto compa ud me recuerda a Alan Harper jajaja
 
Mae no sea bateador, el artículo 41 del Código de Familia establece que no son gananciales dentro del matrimonio:

1) Los que fueren introducidos al matrimonio, o adquiridos durante él, por título gratuito o por causa aleatoria;2) Los comprados con valores propios de uno de los cónyuges, destinados a ello en las capitulaciones matrimoniales;3) Aquellos cuya causa o título de adquisición precedió al matrimonio;4) Los muebles o inmuebles, que fueron subrogados a otros propios de alguno de los cónyuges; y 5) Los adquiridos durante la separación de hecho de los cónyuges.
No confunda a las pobres almas desdichadas que buscan respuestas a sus dilemas existenciales!

Al compa que abrió el tema le recomiendo que firme un contrato que se llama capitulaciones para que resguarde sus bienes en caso de un nuevo safis.

Por cierto compa ud me recuerda a Alan Harper jajaja

mae yo no se que es la vara suya de andar diciendole "bateador" a otras personas cuando lo que intentan es ayudar si la persona se equivoco uno le dice "perdon pero me parece que mas bien es asi" y no insultarlo, de comparar a las personas con personajes ficticios de television del cual mucha gente se burla porque la persona que abrio el tema esta tratando algo serio de su vida no es para "basurearlo" asi y por ejemplo en otro tema que yo abri algunos de sus post fueron con la misma intencion de hacer sentir mal a la persona. Yo no se si es que usted vive una vida en que le hacen eso o asi mae pero llevela suave deje de atacar a la gente y de burlarse de ella, porque detras de una compu es muy facil hacer eso hay que ver si de frente le dice varas asi a las personas buscando molestarlas, porque mas de una vez ya le hubieran cerrado ese culito. Ya no lo molesto mas jaja nada mas le pido como favor aqui la vara es darse consejos tuanis no burlarse de los demas ni hacerlos sentir mal
 
Mae no sea bateador, el artículo 41 del Código de Familia establece que no son gananciales dentro del matrimonio:

1) Los que fueren introducidos al matrimonio, o adquiridos durante él, por título gratuito o por causa aleatoria;2) Los comprados con valores propios de uno de los cónyuges, destinados a ello en las capitulaciones matrimoniales;3) Aquellos cuya causa o título de adquisición precedió al matrimonio;4) Los muebles o inmuebles, que fueron subrogados a otros propios de alguno de los cónyuges; y 5) Los adquiridos durante la separación de hecho de los cónyuges.
No confunda a las pobres almas desdichadas que buscan respuestas a sus dilemas existenciales!

Al compa que abrió el tema le recomiendo que firme un contrato que se llama capitulaciones para que resguarde sus bienes en caso de un nuevo safis.

Por cierto compa ud me recuerda a Alan Harper jajaja

El bateador, o mejor dicho, que no sabe leer es Usted. Yo dije que son gananciales todo aquello comprado a título oneroso (se pagó de alguna forma) dentro del matrimonio, o recibido como donación o regalo para AMBOS (regalos de matrimonio). ]Todo lo que Usted cita del artículo 41 no aplica a lo que yo dije. Son precisamente el artículo que dice QUE NO ES GANANCIAL. O sea, en pocas palabras, TODO AQUELLO ADQUIRIDO, RECIBIDO O GENERADO DENTRO DEL MATRIMONIO, es un bien ganancial, EXCEPTO la lista que Usted menciona.
 
El bateador, o mejor dicho, que no sabe leer es Usted. Yo dije que son gananciales todo aquello comprado a título oneroso (se pagó de alguna forma) dentro del matrimonio, o recibido como donación o regalo para AMBOS (regalos de matrimonio). ]Todo lo que Usted cita del artículo 41 no aplica a lo que yo dije. Son precisamente el artículo que dice QUE NO ES GANANCIAL. O sea, en pocas palabras, TODO AQUELLO ADQUIRIDO, RECIBIDO O GENERADO DENTRO DEL MATRIMONIO, es un bien ganancial, EXCEPTO la lista que Usted menciona.

Mae no se enoje, cuando usted dice ambos se entiende para cualquiera de los dos, debió redactar PARA AMBOS EN CONJUNTO, además recordemos roquito que la pregunta del señor fue respecto a las consecuencias personales, entonces como demuestro se presta para la confusión, en todo caso los bienes que son registrables si es un regalo dentro del matrimonio para AMBOS EN CONJUNTO se deberá inscribir a nombre de los dos, ya si se quieren poner a pelear por licuadoras, tostadores, planchas, refri o cocina, son varas que no valen nada, suerte!
 
Mae no se enoje, cuando usted dice ambos se entiende para cualquiera de los dos, debió redactar PARA AMBOS EN CONJUNTO, además recordemos roquito que la pregunta del señor fue respecto a las consecuencias personales, entonces como demuestro se presta para la confusión, en todo caso los bienes que son registrables si es un regalo dentro del matrimonio para AMBOS EN CONJUNTO se deberá inscribir a nombre de los dos, ya si se quieren poner a pelear por licuadoras, tostadores, planchas, refri o cocina, son varas que no valen nada, suerte!

Ya papito, para darle muerte a esto que no es productivo.

Los bienes registrables NO ENTRAN EN DISCUSIÓN porque precisamente existe un registro oficial de cuándo fueron adquiridos y existe una fecha de celebración del matrimonio. En estos casos, no hay discusión NUNCA. Puede haber "acuerdos" entre partes sobre eso, pero ante la ley, es mitad y mitad.

Son precisamente los bienes no registrables donde se arman las broncas en las separaciones de bienes. Usted no se imagina la clase de broncas que se arman por (ejemplos): el equipo de sonido, el perro, la pantalla de 42 pulgadas, la cortadora de zacate, el juego de cubiertos de plata, la cristalería, la compu de la casa, etc. O sea, todo aquello que NO ES REGISTRABLE y que tiene algún valor monetario o sentimental.

En estos casos lo único válido para demostrar si el bien es ganancial o no, es la FACTURA DE COMPRA, cuya fecha determinará si es o no ganancial de acuerdo a la fecha del matrimonio. Y esta factura debe contar con el número de serie del bien discutido, pero no todo tiene número de serie, como un juego de cubiertos, un florero de cristal, el perro, etc.

Sobre todos estos bienes el juez de familia aceptará cualquier acuerdo que ambos suscriban, y sobre aquello que no se pongan deacuerdo, el juez nombrará un perito (o varios) valuadores, para establecer un valor monetario sobre los mismos y dividir el tamal por partes iguales. PUNTO.
 
A todos muchas gracias por aclararme la situación.
A Unreal, vea mae, yo no me enojo por que me comparara con un personaje de esas caracteristicas, talvez en alguna manera me este comportando como ese personaje, y tampoco me enojo con usted por el hecho de que yo pensaba en alguna medida con esa ligereza en algún momento, especificamente antes de que me pasara lo que me paso (solo el que anda los zapatos puestos sabe adonde le aprietan). Sin embargo agradesco tambien su comentario.
 
Suerte compa en sus planes, yo por mas que mi ex me pidiera cacao creo que no volveria, aveces pasan tantas cosas en el tiempo que se esta separado que al final no son las mismas personas que se conocian antes, otras veces las personas vuelven solo por lo que dice el dicho mejor viejo conocido que nuevo por conocer, pero en cuestion de relaciones eso no aplica y al volver se dan cuenta.

En fin suerte.
 
Y al final

Compañero y al final que penso ya se le dio muchos consejos la verdad espero le valla bien pero ahora cual es su parecer.

Saludos
 
Si esta pensando en los bienes para volver es porque no esta muy convencido, si va a volver, vuelva y ya, como le dijo el primer compa, el mismo diablo pero en diferente infierno, o algo asi, pero hay gente que le gusta esas cosas, no piense en las cosas, piense en sus hijos, luego las cosas se dan como van llegando, ahh, y se da muchisimo aqui, he visto casos de gente que se divorcia, se casan con otros y luego se divorcian y se vuelven a casar con el primer conyuge. Suerte.
 
Puede que sea cabezonada mía, que sea un error, y sí no voy muy convencido, por lo que mejor entro preparado para que si la cosa no funciona no verme envuelto en carajadas legales otra vez. Y no es que sea pesimista y de la cosa por perdida antes de empezar, simplemente prefiero no "ilusionarme" mucho con el asunto y vivir el día a día para ver como va funcionando la cosa. Sé que no va a ser fácil, eso lo tengo claro, y tambien tengo claro que entro a una relación que empieza de nuevo ya no de cero, sino con menos que eso, pero si no le doy y me doy una oportunidad para volver, tampoco me voy a dar cuenta si se podía o no. Si existe reconciliación magnífico para todos, sino por lo menos se intentó y simplemente no funcionó.
De todas formas muchas gracias a todos.
 

Se acaba de postear

Últimas Noticias de Costa Rica

📑 Evite Incurrir en Multas y Sanciones: Ofrecemos servicios de presentación de declaraciones de IVA (D104), alquileres (D125) y la anual de renta (D101)

🦉Prepración para examenes desde 6to hasta Bachillerato por madurez.
¡Obtenga su título!

¿Está a favor de la portación de armas para la defensa personal?

  • Sí, para garantizar la seguridad individual

  • No, para reducir el riesgo de incidentes violentos


Los resultados solo son visibles tras votar.

TicosLand is now also available on Android and iOS

¿Las universidades públicas costarricenses son refugios de ideologías extremistas?

  • Sí, son una cueva de profesores parásitos

    Votos: 381 59,4%
  • No, son cunas del libre pensamiento

    Votos: 260 40,6%

¿Apoya la creación de una ley de eutanasia en Costa Rica?

  • Sí, por el derecho a una muerte digna

  • No, por el respeto absoluto a la vida


Los resultados solo son visibles tras votar.

En tendencia

¿Costa Rica debería promover abiertamente el turismo sexual?

  • Sí, podría dar un impulso económico

  • No, debido a las implicaciones morales y sociales negativas


Los resultados solo son visibles tras votar.

🚀 FACTURATica.com la #1 sin Mensualidades ni Anualidades. Inscripción gratis en Hacienda.

¿Estaría de acuerdo en la pena de muerte para crímenes graves y flagrantes?

  • Sí y también para la corrupción

  • No, por el riesgo de errores judiciales y la ética de la vida


Los resultados solo son visibles tras votar.

¿Debería Costa Rica legalizar la marihuana para uso recreativo?

  • Sí, por los beneficios económicos y de seguridad

  • No, debido a los potenciales riesgos para la salud y la sociedad


Los resultados solo son visibles tras votar.
Atrás
Arriba