¿Iguanas, Loros y Más? El SINAC Endurece Contra Quienes Mantienen Fauna Silvestre Como Mascotas

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¡Ay, Dios mío! Parece que el SINAC no anda jugando en este momento. Después de unos cuantos allanamientos donde encontraron animales silvestres conviviendo en casas particulares – iguanas, loros, pericos, ¡hasta de todo! – la institución salió a aclarar las cosas y recordarnos a todos los ticos que tener un perezoso como mascota no es precisamente lo más legal en este país.

La verdad, esto no es nuevo, ¿eh? Desde hace tiempo la ley lo tiene claro: la tenencia de fauna silvestre como mascota está prohibida. Pero parece que algunos no han entendido el mensaje, o simplemente hicieron caso omiso, pensando que “era solo un pajarito”. Pues ahora sí que van a tener que rascarse el bolsillo y enfrentar las consecuencias. El SINAC, ante la insistencia de preguntas por parte de varios medios, incluido nuestro querido Extra, hizo hincapié en que la legislación es clara y no admite excepciones.

Según explican desde el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, tanto la Ley de Conservación de Vida Silvestre como su respectivo reglamento dejan bien definido que los únicos lugares autorizados para albergar animales silvestres son aquellos sitios de manejo debidamente inscritos y permitidos. Ni más ni menos. Olvídate de la idea de tener un monito saltando por tu casa, chunches. ¡No va!

Y hablando de qué no se puede tener, la lista es bastante extensa. Prácticamente cualquier animal salvaje, ya sea originario de Costa Rica o importado, está vedado como mascota. Piensa en aves como loros, pericos, guacamayas, tucanes; reptiles como iguanas, tortugas y serpientes; mamíferos como monos, pizotes y perezosos; anfibios como ranas y sapos... ¡la lista sigue y sigue! Básicamente, si nació en la selva o vive en ella, no puedes tenerlo encerrado en tu sala.

Lo único que sí se puede tener, según el SINAC, son aquellas especies exóticas ornamentales o de interés pesquero y acuícola que figuren en los listados del SENASA e INCOPESCA. Eso sí, siempre y cuando se cumplan con todas las regulaciones correspondientes. Entonces, si tienes un pececillo ornamental, tal vez estés a salvo, pero si te emocionaste comprando un par de guacamayos, prepárate porque ahí sí que te jalaste una torta.

Ahora viene la pregunta del millón: ¿qué pasa si te agarran teniendo un animal salvaje ilegalmente? Pues, amigo, vas a pagar caro. El artículo 110 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre establece multas que van desde dos hasta cuatro salarios base si se trata de animales en peligro de extinción o con poblaciones reducidas. Si no están en riesgo, la multa baja entre medio y dos salarios base. Y ojo, además de la multa, ¡el animal te lo quitan! Te lo confiscan y lo llevan a un lugar donde pueda vivir libre y feliz.

Desde el MINAE-SINAC están haciendo un llamado a toda la población para que no fomenten el cautiverio ilegal de animales silvestres. Insisten en que estos animales cumplen funciones vitales en el ecosistema y nos brindan beneficios que impactan directamente en nuestra calidad de vida. Ponen énfasis en colaborar con las autoridades para denunciar este tipo de situaciones y promover la conservación de la fauna en su hábitat natural. Porque, diay, ¿quiénes somos nosotros para privarlos de su libertad?

Este tema me tiene pensativo, compas. La belleza de la naturaleza está en su estado salvaje, y tratar de domesticarla termina generando problemas para todos. Pero también me pregunto, ¿cómo podemos educar mejor a la gente sobre la importancia de respetar la vida silvestre y evitar caer en la tentación de tener un animal exótico en casa? ¿Ustedes creen que las campañas de concienciación actuales son suficientes o necesitamos medidas más drásticas para proteger nuestra biodiversidad?
 
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