Saludos compañeros. Buen dia para todos.
Tengo una pequeña duda/confusión con respecto a una situación que se vive en un Call Center en Ultrapark, en el cual comencé a laborar el pasado 5 de Enero mi duda es con respecto con el pago de los Feriados de Ley. En este lugar no pagan los feriados a los empleados a menos de que este sea parte de la jornada regular de trabajo. Para explicarlo mejor, mi jornada es de Lunes a Viernes de 7:00am a 4:00pm, segun la empresa si un día feriado tal como el 1ro de Enero o el 1ro de Mayo cayeran un sabado o domingo no me seran pagados como tales, normalmente un día adicional en el siguiente pago de planilla. Anteriormente trabajé para otro Call Center, el cual sin importar que un feriado cayera en mis días libres, siempre me venía un día extra normal en mis pagos, al parecer no es el caso en mi actual trabajo y ha sido asi ya por varios años, puesto que la gente que tiene mas tiempo acá me informan que siempre ha sido asi.
Un compañero nuevo al igual que yo, le hicimos la consulta al Ministerio de trabajo, el cual nos copio varios documentos donde se explica el pago obligatorio de estos o que el empleado puede negociar un dia libre con el patrono. La persona encargada de planillas no sabe ni donde esta parada, solo logramos obtener de parte de el la respuesta de: "Ya lo consulte con los abogados de la empresa, y ellos dicen que el Ministerio de Trabajo no tiene la ultima palabra en esto"
Entonces quien diablos tiene la última palabra en este país? De haber la posibilidad de proceder, me gustaría saber con exactitud:
-Que debo hacer?
-Como lo debo hacer?
Gracias.
Tengo una pequeña duda/confusión con respecto a una situación que se vive en un Call Center en Ultrapark, en el cual comencé a laborar el pasado 5 de Enero mi duda es con respecto con el pago de los Feriados de Ley. En este lugar no pagan los feriados a los empleados a menos de que este sea parte de la jornada regular de trabajo. Para explicarlo mejor, mi jornada es de Lunes a Viernes de 7:00am a 4:00pm, segun la empresa si un día feriado tal como el 1ro de Enero o el 1ro de Mayo cayeran un sabado o domingo no me seran pagados como tales, normalmente un día adicional en el siguiente pago de planilla. Anteriormente trabajé para otro Call Center, el cual sin importar que un feriado cayera en mis días libres, siempre me venía un día extra normal en mis pagos, al parecer no es el caso en mi actual trabajo y ha sido asi ya por varios años, puesto que la gente que tiene mas tiempo acá me informan que siempre ha sido asi.
Un compañero nuevo al igual que yo, le hicimos la consulta al Ministerio de trabajo, el cual nos copio varios documentos donde se explica el pago obligatorio de estos o que el empleado puede negociar un dia libre con el patrono. La persona encargada de planillas no sabe ni donde esta parada, solo logramos obtener de parte de el la respuesta de: "Ya lo consulte con los abogados de la empresa, y ellos dicen que el Ministerio de Trabajo no tiene la ultima palabra en esto"
Entonces quien diablos tiene la última palabra en este país? De haber la posibilidad de proceder, me gustaría saber con exactitud:
-Que debo hacer?
-Como lo debo hacer?
Gracias.