Pensión para hijos no propios

Saludos moderadores; hago una nueva pregunta:
Pregunta # 2: Tengo cuatro hijos pero los dos hijos menores no son míos; son producto de las infidelidades de la madre pero fueron concebidos dentro del matrimonio por lo que llevan mis apellidos; pese a que ya estamos divorciados siempre he dado una cuota para su manutención de todos; aguinaldo, gastos de entrada a clases y gastos extra para médicos y actividades extra curriculares; nunca he dejado de ayudarles; ahora la madre la cual trabaja y sus ingresos son incluso mayores que los míos amenaza con ponerme pensión si no aumento la cuota que voluntariamente doy; se puede alegar en una eventual demanda de pensión la no paternidad de los hijos menores ya sea aprobándola con pruebas de ADN para que se me exonere de obligaciones con respecto a allos?
 
es una tarea?? de lo contrario no se como alguien puede mantener los wilas hechos en la infidelidad de la doña
 
Saludos! soy estudiante de derecho, en lo que pueda ayudar lo haré. Solo quiero saber lo siguente:
Cuántos años tienen los niños que no son suyos?
Hace cuánto fue el divorcio?
 
es una tarea?? de lo contrario no se como alguien puede mantener los wilas hechos en la infidelidad de la doña
Generalmente la respuesta no es jurídica, y es por amor a los niños... A veces las personas amamos por encima de toda razón, y especialmente cuando son niños, que siempre son ajenos a los problemas y los daños que nos han hecho los adultos, la pareja, en este caso.
Y para el amigo que consulta: mientras los niños estén inscritos en el Registro Civil a tu nombre, SON TUS HIJOS, y estás obligado a mantenerlos, y a mantenerlos bien. Tenés que empezar por impugnar esas paternidades.
Suerte!
 
Yo NO soy abogado, PERO algo que el tribo no mencionó es que existe un plazo a partir del momento en que ud se entera de su NO PATERNIDAD para hacer la impugnación, si ese periodo ya se cumplió y se puede demostrar, ya no hay nada que hacer al respecto :idea:
 
Voy a atreverme a agregar un par de comentarios a lo que dice Jurista Romano:

1) Efectivamente, mientras los hijos lleven sus apellidos, ANTE LA LEY, son sus hijos y debe velar por ellos. En este caso, con las pensiones respectivas para "propios y extraños". Lo que debe hacer DE INMEDIATO, es impugnar esas paternidades. El plazo es "dudoso" por lo que bien puede alegar que se ha enterado de esa situación en meses recientes.

2) Cuando Usted dice que paga pensiones "para todos", ¿incluye esto a la madre o no? Porque si es así, recuerde que una vez probada la "no paternidad" de dos de sus hijos, automáticamente se configura la causal de divorcio por infidelidad, lo que le ofrece a Usted la posibilidad de quitar la pensión para la madre.

Es más, creo yo que se podría gestionar el asunto en dos instancias diferentes al mismo tiempo (me corrigen si me equivoco). Una sería ante el juzgado de familia, impugnando la paternidad de los hijos menores, y la otra, ante el juzgado de pensiones, impugnando las pensiones de los hijos menores y de la madre (por la causal de infidelidad).

Alguno de los dos juzgados ordenará las pruebas de ADN y automáticamente, el resultado de una será vinculante para ambos casos.

¿Se podría hacer así?
 
El caso de Quico Robles, preguntando despues de veinte años, aqui los que pagan son los hijos, caso complicado de desafiliacion de paternidad, conlleva ignorancia del afectado y pruebas de marcadores geneticos, es largo y complicado, y segun la edad de los menores les afecta de por vida.
 

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