En materia de prescripción penal para delitos sancionados con pena de prisión opera una regla general y una excepción, excepción que casi que termina convirtiéndose en la regla.
REGLA: los delitos prescriben en un lapso igual al extremo máximo de la pena establecida para el.
EXCEPCIÓN: ese tiempo nunca será MAYOR a 10 años ni MENOR de 3 años.
Te pongo unos cuantos ejemplos:
1) Homicidio Calificado (pena de 20 a 30 años). El extremo mayor es 30 años, pero por la excepción, se reduce a 10 años el tiempo de la prescripción.
2) Homicidio Especialmente Atenuado (pena de 1 a 6 años). El extremo mayor es 6 años, entonces perfectamente opera la regla general y la prescripción será a los 6 años.
3) Aborto Honoris Causa (pena de 3 meses a 2 años). Aquí el extremo mayor es de 2 años, pero por la excepción, la prescripción será a los 3 años.
Como vez, no hay una receta única, sino que cada delito tiene su prescripción particular. Y aunque esto no es nada complicado, es usual que incluso los mismos abogados con poca experiencia en materia penal no manejen el asunto.
Ahora, para responder a tu respuesta propiamente, se necesitaría mucha más información, ya que habría que hacer una descripción de cada conducta, tipificarla y basados en la calificación que se le haga a cada conducta, ver cual sería el tiempo de la prescripción de cada una de ellas.
Espero haberte colaborado en algo...