Vencen en 4 años si el acreedor no ha hecho ningún movimiento durante ese periodo. Cuentan llamadas, actualizaciones en el juzgado ,etcBuenas tardes, las deudas con tarjeta de crédito prescriben a los 4 años, cuenten sus experiencias.
Escuché que si el actor no ha hecho ningún movimiento en el expediente en seis meses se aplica caducidad, será cierto?Vencen en 4 años si el acreedor no ha hecho ningún movimiento durante ese periodo. Cuentan llamadas, actualizaciones en el juzgado ,etc
Art 57 Código Procesal Civil, debe haber embargo y no estar notificadoEscuché que si el actor no ha hecho ningún movimiento en el expediente en seis meses se aplica caducidad, será cierto?
Hola, somos una firma de abogados y notarios especializados en cobros judiciales con gusto te atenderé las consultas que tenga al 71 04 72 01 si no has sido notificado y transcurrió los 4 años si puedes pedir prescripciónes, pero si el expediente fue abandonado también se puede solicitar el abandono todo depende de los movimientos del expedienteEscuché que si el actor no ha hecho ningún movimiento en el expediente en seis meses se aplica caducidad, será cierto?