Buenas amigos quería saber si alguno me podría ayudar en este tema de la prescripción de los partes en riteve el asunto es que fui a renovar y me salen unos partes que ni me acordaba revisando en la página de cosevi me sale que 2 partes tienen fecha de firmeza en el 2017 y 1 en el 2016 quería saber he leído en unas páginas que prescriben a los 2 años, pero la información es muy confusa yo quisiera saber si puedo prescribir esos partes??
De antemano agradezco su atención y ayuda amigos un muy buen día!!!
Man a partir de octubre de 2012...los partes tienen un vencimiento de 7 años...
La anterior ley a 2012.era de 2 años....
Era fácil para uno. los dejaba vencer ..y luego iba y aplicaba la prescripción....cerraron ese Portillo...porque? porque la licencia la dan para 4 o 5 años..cuando te vencía.muchos partes .ya también estaban prescritos....
En Mi caso ..antes de esta ley ...logre la prescripción de casi 1 millón en partes ...pero tenía unos a partir de ese octubre 2012....y ahí se me quedaron....por falta de dinero ...no los pague...pero también vendí un vehículo y otro se varo..no volví a sacar licencia..no la ocupo de momento...pero ya hoy día ..cumplieron los 7 años tengo que ir a cosevi..por la prescripción...
he tenido una ventaja que no tengo ninguna dirección electrónica.. ahí...
Parece que iban a contratar abogados externos para cobro de partes..y si hacen eso no prescriben..