Que pasa con mis deudas si me voy del país

IchimaruGin

Forero Regular
Estoy considerando una posibilidad laboral fuera del país, sin embargo poseo créditos personales a largo plazo.
Que pasaría con mis deudas si me voy del país y no me esposible seguir pagándolas? Me pueden cobrar estando en el extranjero, o me puedo exponer a algún tipo de demanda legal, tomando en cuenta que no tendría activos embargables a mi nombre.
 
Estoy considerando una posibilidad laboral fuera del país, sin embargo poseo créditos personales a largo plazo.
Que pasaría con mis deudas si me voy del país y no me esposible seguir pagándolas? Me pueden cobrar estando en el extranjero, o me puedo exponer a algún tipo de demanda legal, tomando en cuenta que no tendría activos embargables a mi nombre.
Y porque no puede seguir pagándolas ? Se va en ,mejores o peores condiciones económicas ?

Si no paga, el monto de las deudas se seguirá incrementando por los intereses, cargos administrativos, etc; y obviamente, lo pringan en la Sugef.
 
La deuda prescribe a los cuatro años de que se declare incobrable. Eso sí, los que quedaron con el perro amarrado de fijo no le vuelven a prestar nada.
Estoy considerando una posibilidad laboral fuera del país, sin embargo poseo créditos personales a largo plazo.
Que pasaría con mis deudas si me voy del país y no me esposible seguir pagándolas? Me pueden cobrar estando en el extranjero, o me puedo exponer a algún tipo de demanda legal, tomando en cuenta que no tendría activos embargables a mi nombre.
 
Y porque no puede seguir pagándolas ? Se va en ,mejores o peores condiciones económicas ?
Pues si me voy en mejores condiciones, pero no creo que me de para vivir cómodamente en el nuevo destino y seguir pagando lo que pago acá por mes, o por lo menos no creo que sea sostenible a largo plazo.

Mi duda mas que nada es si pudiera tener algún problema de indole legal si decidiera volver al país por algún motivo.
 
Tranquilo, si ud se va y vuelve, apenas llegué al aeropuerto, se activará una alerta silenciosa la cual notificará a la entidad financiera su ingreso al territorio nacional. Luego de ahí, enviaran unos matones para confrontarlo. Jajajajajaja. Sea serio, ud se va y nadie les paga y ya. Y si vuelve quién se va a dar cuenta q volvió? Nadie. Dele viaje sin problemas
 
Pues si me voy en mejores condiciones, pero no creo que me de para vivir cómodamente en el nuevo destino y seguir pagando lo que pago acá por mes, o por lo menos no creo que sea sostenible a largo plazo.

Mi duda mas que nada es si pudiera tener algún problema de indole legal si decidiera volver al país por algún motivo.

Pasa lo que le ha pasado a cientos durante y luego de la pandemia, la deuda queda en mora y a partir de la fecha del último pago corren 4 años donde trataran de notificarlo por el cobro judicial (notificación debe ser en persona) y si no lo logran encontrar ya sea porqué no esta en el país o porque no registra un domicilio actualizado entonces la deuda prescribe y quedaría nada más que solicite dicha prescripción.

Una deuda no le impide salir del país, solo si es de pensión alimenticia.
 
Tranquilo, si ud se va y vuelve, apenas llegué al aeropuerto, se activará una alerta silenciosa la cual notificará a la entidad financiera su ingreso al territorio nacional. Luego de ahí, enviaran unos matones para confrontarlo. Jajajajajaja. Sea serio, ud se va y nadie les paga y ya. Y si vuelve quién se va a dar cuenta q volvió? Nadie. Dele viaje sin problemas
Day mae uno trata de pensar en todo ... si, creo que he visto mucha tele jajaja!
 
Pues si me voy en mejores condiciones, pero no creo que me de para vivir cómodamente en el nuevo destino y seguir pagando lo que pago acá por mes, o por lo menos no creo que sea sostenible a largo plazo.

Mi duda mas que nada es si pudiera tener algún problema de indole legal si decidiera volver al país por algún motivo.
La bronca es solo en su historial crediticio, pues deja de ser sujeto de crédito en Costa Rica.

Lo que dijo el compa puede ser cierto si la financiera cede la deuda a algún "cartel" de colombos o venecos.
 

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Pasa lo que le ha pasado a cientos durante y luego de la pandemia, la deuda queda en mora y a partir de la fecha del último pago corren 4 años donde trataran de notificarlo por el cobro judicial (notificación debe ser en persona) y si no lo logran encontrar ya sea porqué no esta en el país o porque no registra un domicilio actualizado entonces la deuda prescribe y quedaría nada más que solicite dicha prescripción.

Una deuda no le impide salir del país, solo si es de pensión alimenticia.
Ademas algo que casi nadie sabe en cuanto a letras de cambio, las compañias que las compran por cajas, no las compran endosadas, esto invalida la letra de cambio, ya que solo el presidente del banco puede firmarlas y no es valido un sello, ni papeles engrapados, si el abogado que lo esta ayudando no pide ver este documento endosado lo esta vacilando, ademas ud puede perder el Juicio y siempre tiene 4 años para que prescriba, el otro grave problema es que las compañias de credito usan documentos falsos de embargo para mandarlo a las oficinas de RH, la obligacion de la oficina de RH de las empresas es verificar si el embargo es cierto, porque cualquiera dice que una cosa membretada dada por un motocilista con sellos falsos en un papel pide que se deposite en la cuenta # tal que no es del poder Judicial, pero si es falso, cayeron y le embargan el sueldo, de esto nadie se percata y le bajan la plata por montos que son 3 veces la deuda total de la tarjeta.

Ellos tambien falsifican que Ud fue notificado en su casa, normalmente lo hace un NOTARIO CORRUPTO, y llevar eso a Juicio es caro.
 
Ellos tambien falsifican que Ud fue notificado en su casa, normalmente lo hace un NOTARIO CORRUPTO, y llevar eso a Juicio es caro.
Esto último es totalmente cierto, algunas acreedoras hacen esta simulación de que notificaron al deudor y si el man se durmió en los laureles le dan por la jupa, por eso de consejo también soliciten un usuario de la sucursal electrónica del poder judicial, así van a poder estar revisando constantemente los expedientes que tenga abiertos, y expedientes a nivel general no solo por cobros judiciales.
 
N
Pues si me voy en mejores condiciones, pero no creo que me de para vivir cómodamente en el nuevo destino y seguir pagando lo que pago acá por mes, o por lo menos no creo que sea sostenible a largo plazo.

Mi duda mas que nada es si pudiera tener algún problema de indole legal si decidiera volver al país por algún motivo.
Nadie va al tabo por deudas ,solo por pensión...
Solo que cuando regrese....van a llegar buscarle los cobradores...
 
Ademas algo que casi nadie sabe en cuanto a letras de cambio, las compañias que las compran por cajas, no las compran endosadas, esto invalida la letra de cambio, ya que solo el presidente del banco puede firmarlas y no es valido un sello, ni papeles engrapados, si el abogado que lo esta ayudando no pide ver este documento endosado lo esta vacilando, ademas ud puede perder el Juicio y siempre tiene 4 años para que prescriba, el otro grave problema es que las compañias de credito usan documentos falsos de embargo para mandarlo a las oficinas de RH, la obligacion de la oficina de RH de las empresas es verificar si el embargo es cierto, porque cualquiera dice que una cosa membretada dada por un motocilista con sellos falsos en un papel pide que se deposite en la cuenta # tal que no es del poder Judicial, pero si es falso, cayeron y le embargan el sueldo, de esto nadie se percata y le bajan la plata por montos que son 3 veces la deuda total de la tarjeta.

Ellos tambien falsifican que Ud fue notificado en su casa, normalmente lo hace un NOTARIO CORRUPTO, y llevar eso a Juicio es caro.
En el caso de que trabaje para la misma empresa pero en otro país. habría alguna forma de que me pudieran hacer el embargo de salario?
 
Mi humilde opinión y lo digo con la experiencia que yo salí dos años del país y tuve que regresarme, mientras UD crea estabilidad laboral y en el otro país y no está seguro si se regresa o no, es mejor que las deudas las tenga al día pagando el mínimo, ahora sí UD tiene un crédito y tiene fiadores, no hay que ser tan HP y dejarlos acá con el problema. Yo regresé y mientras estuve a fuera pague mis deudas y eso me permitió ser sujeto de crédito para empezar nuevamente. Ahora sí UD ya está acomodado en el nuevo país y sino paga no afecta a nadie, entonces no pague ni un cinco.
 
Mi humilde opinión y lo digo con la experiencia que yo salí dos años del país y tuve que regresarme, mientras UD crea estabilidad laboral y en el otro país y no está seguro si se regresa o no, es mejor que las deudas las tenga al día pagando el mínimo, ahora sí UD tiene un crédito y tiene fiadores, no hay que ser tan HP y dejarlos acá con el problema. Yo regresé y mientras estuve a fuera pague mis deudas y eso me permitió ser sujeto de crédito para empezar nuevamente. Ahora sí UD ya está acomodado en el nuevo país y sino paga no afecta a nadie, entonces no pague ni un cinco.
Lo que tengo son créditos personales que me han dado por capacidad de pago, sin fiadores ni hipotecas :D
 
En el caso de que trabaje para la misma empresa pero en otro país. habría alguna forma de que me pudieran hacer el embargo de salario?
Aaaaaaaaaaaaaaaaaaaa no pueden, peeeeeeero la sucursal de aquí le cuenta a la sucursal de allá que usted incurrió en un acto inmoral, la mayoría de transnacionales no toleran estas conductas, y sencillamente le cortan el rabo
 
Aaaaaaaaaaaaaaaaaaaa no pueden, peeeeeeero la sucursal de aquí le cuenta a la sucursal de allá que usted incurrió en un acto inmoral, la mayoría de transnacionales no toleran estas conductas, y sencillamente le cortan el rabo
El man puede decir que por convicciones religiosas no pago, tipo que se hizo musulmán y ellos no creen en los intereses sobre crédito y no lo echan por qué podría aducir discriminación
 

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