Consulta jornada laboral CR

Hola gente, este es mi primer post. Espero me alguien me pueda aclarar una duda q tengo.
Resulta q en un brete q agarré cuando llegué a firmar decía q se laboraban 48 horas semanales, sin embargo esto me llamó la atención pues hablando con varios empleados de la misma empresa pero q trabajan en un lugar físico distito me dicen q se bretea de 8 a 5.30 lo q a la semana corresponde a 47.5 horas (q la media faltante la regalan). Me quedé pensando cuando iba para el chante ya que en mi empresa actual cuando firmé decía q se laboraba 40 horas a la semana en horario de 8 a 5 (son 9 horas y 5*9 = 45) pero a diferencia de este contrato decía q la hora de almuerzo no la contaban. Mi miedo es q talvez los maes me quieran clavar un sábado, cosa q no aceptaría, alegando q la hora de almuerzo no cuenta. Cuando le pregunté este detalle a la doña de RH me dijo q eso lo decidía el jefe inmediato mío, cuando hablé con el q será mi jefe se dejó entre líneas q no se trabajaba sábado (no le pregunté directamente, grave error). Ya sé q debí preguntar más sobre este detalle, no se que me pasó, pero ahora a pocos días de empezar tengo esa espina ahí sobre q va pasar.
Espero q alguén me pueda aclarar un poco como está la jugada con lo de las horas.

PSD: Y me quedó la lección aprendida.
 
La jornada ordinaria de trabajo es de 48 horas, para jornadas diurnas, o sea, 6 días de 8 horas cada día. Para no trabajar el sábado, se deben trabajar esas 8 horas durante los cinco días anteriores...
 
La jornada ordinaria de trabajo es de 48 horas, para jornadas diurnas, o sea, 6 días de 8 horas cada día. Para no trabajar el sábado, se deben trabajar esas 8 horas durante los cinco días anteriores...

Pero, Triboniano, la jornada MÁXIMA es de 48 horas, no es que si uno pacta menos queda debiendo; si uno pactó 40 horas semanales y por ejemplo trabajó 44 en la primera semana, le tienen que pagar 4 extras.

Si el autor del tema pactó 40 horas semanales, no le pueden venir ahora con que tiene que cumplir más horas o algo por el estilo. Si firmó 48, eso es lo que tiene que cumplir.

Por cierto, si la hora de almuerzo no la cuentan, no lo pueden obligar a estar en las instalaciones de la empresa durante su almuerzo para ninguna emergencia; caso contrario, se la tienen que contar.

Y, compa, sí lo pueden obligar a trabajar sábado porque la jornada semanal máxima es de seis días.
 
Última edición:
Por cierto, si la hora de almuerzo no la cuentan, no lo pueden obligar a estar en las instalaciones de la empresa durante su almuerzo para ninguna emergencia; caso contrario, se la tienen que contar.

Mae tengo esa duda xq donde breteo cuando firmé el contrato me dijeron que no la contaban pero en este nuevo contrato no decía eso.. tonces no se si por ley se entiende que no se toma en cuenta ya que si la toman en cuenta si haría las 48 a la semana, en realidad 47.5
 
Mae tengo esa duda xq donde breteo cuando firmé el contrato me dijeron que no la contaban pero en este nuevo contrato no decía eso.. tonces no se si por ley se entiende que no se toma en cuenta ya que si la toman en cuenta si haría las 48 a la semana, en realidad 47.5

Si le dicen que no puede salir de las instalaciones durante su hora de almuerzo, se la tienen que contar; caso contrario, no.
 

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