Este 15 de septiembre, Costa Rica conmemora 203 años de su independencia, una celebración que se vive con orgullo en todo el país. Sin embargo, mientras muchos disfrutan de los desfiles y actividades patrióticas, otro tema no tan festivo surge entre los empleados y empleadores: el pago obligatorio del feriado.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha recordado a la población las reglas claras que establece el Código de Trabajo sobre cómo debe manejarse este día en términos salariales.
Para empezar, el 15 de septiembre es un feriado de pago obligatorio, lo que significa que los trabajadores tienen el derecho de descansar sin que esto afecte su salario. Pero como en muchas cosas, siempre hay excepciones. Aunque se trate de un día feriado, no todos tendrán el lujo de disfrutarlo. Es importante señalar que, si bien nadie está obligado a trabajar ese día, algunas personas sí podrán hacerlo, siempre y cuando estén de acuerdo. Así que, para aquellos que acepten el llamado laboral, las compensaciones económicas deben ajustarse estrictamente a lo que dicta la ley.
Uno de los puntos que ha dejado claro el MTSS es que este feriado, al ser de pago obligatorio, no se puede trasladar a otra fecha. Es decir, que este año cae un domingo, y aunque muchos podrían pensar que sería ideal tener el lunes libre, eso no es lo que la ley establece. La celebración se queda en el 15 de septiembre, sin excusas para moverla.
Ahora, cuando se trata de trabajar ese día, la normativa es muy precisa. El pago de quienes laboren en este feriado se estructura en función de la modalidad salarial de la empresa. Si el empleado trabaja en una empresa con pago semanal en una actividad no comercial, recibirá su salario regular más el valor de un día adicional por el feriado. En resumen, un pago doble por el esfuerzo de sacrificar su descanso en pro del trabajo. Pero si la modalidad de pago es quincenal, mensual o semanal en actividades comerciales, el pago del feriado está ya incluido en su salario. Eso sí, si deciden trabajar ese día, se les debe abonar un monto adicional por el día feriado laborado.
Hasta aquí, la regla es clara: si alguien trabaja el 15 de septiembre, tiene derecho a un pago extra. Pero, por si fuera poco, si el trabajador tiene la osadía de hacer horas extra en este feriado, el Código de Trabajo no los olvida. La compensación sube a tiempo y medio, lo que se traduce en un pago triple. Algo así como una pequeña recompensa para aquellos que, en lugar de celebrar con una bandera en mano, pasan el día frente a una computadora o detrás de un mostrador.
Es relevante destacar que la normativa es universal, al menos dentro de las fronteras de Costa Rica. Sin importar si la empresa es nacional, internacional o transnacional, toda entidad que tenga empleados en el país debe ajustarse a estas reglas. No hay excepciones ni excusas que permitan ignorar el feriado de independencia y su debida compensación.
El MTSS también recuerda que ningún trabajador puede ser sancionado o despedido por negarse a laborar en este día.
El feriado es un derecho, y forzar a alguien a trabajar, o peor aún, castigarlo por no hacerlo, va en contra de la ley. Esto deja claro que, aunque el país necesite que algunos sectores sigan funcionando el 15 de septiembre, el trabajador siempre debe estar en control de su decisión de si trabajar o no.
El 15 de septiembre no solo se celebra con desfiles y faroles, sino también con el recordatorio de los derechos laborales que resguardan a los trabajadores costarricenses.
Las reglas están claras, y no cumplirlas no es una opción.
Así que, mientras ondean las banderas y suenan los himnos, no está de más preguntarse:
¿Qué es más patriótico, trabajar o descansar este día?
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha recordado a la población las reglas claras que establece el Código de Trabajo sobre cómo debe manejarse este día en términos salariales.
Para empezar, el 15 de septiembre es un feriado de pago obligatorio, lo que significa que los trabajadores tienen el derecho de descansar sin que esto afecte su salario. Pero como en muchas cosas, siempre hay excepciones. Aunque se trate de un día feriado, no todos tendrán el lujo de disfrutarlo. Es importante señalar que, si bien nadie está obligado a trabajar ese día, algunas personas sí podrán hacerlo, siempre y cuando estén de acuerdo. Así que, para aquellos que acepten el llamado laboral, las compensaciones económicas deben ajustarse estrictamente a lo que dicta la ley.
Uno de los puntos que ha dejado claro el MTSS es que este feriado, al ser de pago obligatorio, no se puede trasladar a otra fecha. Es decir, que este año cae un domingo, y aunque muchos podrían pensar que sería ideal tener el lunes libre, eso no es lo que la ley establece. La celebración se queda en el 15 de septiembre, sin excusas para moverla.
Ahora, cuando se trata de trabajar ese día, la normativa es muy precisa. El pago de quienes laboren en este feriado se estructura en función de la modalidad salarial de la empresa. Si el empleado trabaja en una empresa con pago semanal en una actividad no comercial, recibirá su salario regular más el valor de un día adicional por el feriado. En resumen, un pago doble por el esfuerzo de sacrificar su descanso en pro del trabajo. Pero si la modalidad de pago es quincenal, mensual o semanal en actividades comerciales, el pago del feriado está ya incluido en su salario. Eso sí, si deciden trabajar ese día, se les debe abonar un monto adicional por el día feriado laborado.
Hasta aquí, la regla es clara: si alguien trabaja el 15 de septiembre, tiene derecho a un pago extra. Pero, por si fuera poco, si el trabajador tiene la osadía de hacer horas extra en este feriado, el Código de Trabajo no los olvida. La compensación sube a tiempo y medio, lo que se traduce en un pago triple. Algo así como una pequeña recompensa para aquellos que, en lugar de celebrar con una bandera en mano, pasan el día frente a una computadora o detrás de un mostrador.
Es relevante destacar que la normativa es universal, al menos dentro de las fronteras de Costa Rica. Sin importar si la empresa es nacional, internacional o transnacional, toda entidad que tenga empleados en el país debe ajustarse a estas reglas. No hay excepciones ni excusas que permitan ignorar el feriado de independencia y su debida compensación.
El MTSS también recuerda que ningún trabajador puede ser sancionado o despedido por negarse a laborar en este día.
El feriado es un derecho, y forzar a alguien a trabajar, o peor aún, castigarlo por no hacerlo, va en contra de la ley. Esto deja claro que, aunque el país necesite que algunos sectores sigan funcionando el 15 de septiembre, el trabajador siempre debe estar en control de su decisión de si trabajar o no.
El 15 de septiembre no solo se celebra con desfiles y faroles, sino también con el recordatorio de los derechos laborales que resguardan a los trabajadores costarricenses.
Las reglas están claras, y no cumplirlas no es una opción.
Así que, mientras ondean las banderas y suenan los himnos, no está de más preguntarse:
¿Qué es más patriótico, trabajar o descansar este día?