Leyes increibles en Costa Rica

Hola, soy extranjero y estoy radicandome aqui en CR. Hata ahora todo me gusta mucho, pero con el tiempo he ido descubriendo ciertas cosas legales que me parecen increibles en relacion con otros países tambien con buena calidad de vida, que solo tiene CR y que pienso que hasta a los marcianos les parece injusta:

1. Pension que a uno le TOCA pagar en caso dado a sobrinos, nietos, ex esposa sin haber tenido hijos con uno.
2. (Proximamente agregaré más)

O sea, qué explicación hay para esto ??
 
Última edición:
1. Pension que a uno le TOCA pagar en caso dado a sobrinos, nietos, ex esposa sin haber tenido hijos con uno.

Efectivamente, puede parecer "injusta", pero debo decirle que la obligación de pagar pensiones surge de la misma relación que hubo con la ex-pareja o de la persona que solicita la pensión.

Por la ex-esposa se debe pagar pensión sólo si durante el matrimonio hubo relación de dependencia económica. Si ella trabajaba y ambos sufragaban los gastos del hogar en forma conjunta, no hay obligación de pagar pensión. Por cierto, lo mismo aplica para hombre o mujer.

Por los hijos siempre habrá obligación de pensión para ellos. Si los hijos no son naturales y hubo reconocimiento de paternidad, pues también habrá obligación de pensión. (Para efectos prácticos, si los hijos llevan los apellidos, si hay obligación de pensión aunque no sea hijos suyos naturales).

Por sobrinos no hay obligación alguna, pero por nietos si la hay en el único caso en donde los padres no puedan darla, previa demostración de este hecho.


Pero aunque nuestras leyes en materia de derecho de familia parezcan algunas veces "injustas", si puedo decirle que hay una específica que se diferencia con casi EL RESTO DEL MUNDO por ser más justa: Esta es la que aplica para la división de bienes "gananciales" en caso de divorcio.

Me explico: En Costa Rica, cuando hay un divorcio, se deben separar TODOS LOS BIENES ADQUIRIDOS DENTRO DEL MATRIMONIO, obtenidos a título oneroso (que fueron pagados) o recibidos a nombre de ambos (regalos de matrimonio).

No se consideran en absoluto ningún bien que fuera adquirido ANTES del matrimonio ni aquellos que fueron recibidos en donación o herencia personal. En comparación a esto, en la mayoría de países del mundo y especialmente Estados Unidos, cuando una persona se casa, automáticamente TODOS sus bienes pasan a ser propiedad compartida entre ambos cónyuges, lo que incluye absolutamente todo, como propiedades, capitales, títulos valores, herencias, etc. sin importar si se recibieron al nacer, 20 años antes del matrimonio o 10 minutos antes de firmar el divorcio.

¡Eso sí me parece injusto!
 
Cada país es soberano de legislar según le parezca lo correcto o lo justo... Eso nom hace a ningún país mejor o peor. Para que esas personas reciban una pensión, lo cierto es que tendría que haber una ausencia de padres y de abuelos. Si ese es el caso, alguien debe hacerse cargo de un menor, por qué no un tío?
 
En la mayoría de países del mundo y especialmente Estados Unidos, cuando una persona se casa, automáticamente TODOS sus bienes pasan a ser propiedad compartida entre ambos cónyuges, lo que incluye absolutamente todo, como propiedades, capitales, títulos valores, herencias, etc. sin importar si se recibieron al nacer, 20 años antes del matrimonio o 10 minutos antes de firmar el divorcio.

¡Eso sí me parece injusto!

Ademas creo que en gringolancia el divorcio puede variar en condiciones dependiendo del estado(texas, california, etc)
 
...hay una específica que se diferencia con casi EL RESTO DEL MUNDO por ser más justa: Esta es la que aplica para la división de bienes "gananciales" en caso de divorcio.
Esa sí es justa a mi opinión.

... La obligación de pagar pensiones surge de la misma relación que hubo con la ex-pareja...
...Por la ex-esposa se debe pagar pensión sólo si durante el matrimonio hubo relación de dependencia económica.
¿O sea que asi sea por un poco de tiempo que una persona estuvo casada, si hubo dependencia económica, debe dar pensión por el resto de TODA LA VIDA? ¿o cúanto tiempo debe uno dar esa pensión?

...pero por nietos si la hay en el único caso en donde los padres no puedan darla, previa demostración de este hecho.
¿No les parece injusto tener responsabilidad sobre decisiones y actos que uno no hizo?
 
¿O sea que asi sea por un poco de tiempo que una persona estuvo casada, si hubo dependencia económica, debe dar pensión por el resto de TODA LA VIDA? ¿o cúanto tiempo debe uno dar esa pensión?

Por toda la vida? No!

La pensión por el conyuge (si se fijó en el divorcio) está limitada a ciertas circunstancias:
1) Que el alimentario establezca nueva relación de hecho o matrimonio.
2) Que el alimentario deje de necesitar esa pensión por percibir ingresos suficientes.

La pensión de los hijos se acaba cuando:
1) Se casen o establezcan relación de pareja en unión libre en domicilio independiente al del padre que ostentaba la guardacrianza.
2) Hasta que cumplan la mayoría de edad (si no están estudiando) o en su defecto, hasta los 25 años de edad siempre y cuando estén estudiando una carrera con carga académica "razonable" y lleven calificaciones aceptables a buenas. No se consideran "estudios superiores" aquellas carreras vocacionales como belleza, estética, secretariado, reparación de computadoras, etc. Se aceptan como carreras únicamente aquellas impartidas por entidades reconocidas por el CONESUP y en cursos (carreras) establecidas y no cursos libres.

En cualquier caso, cuando el alimentario "deja de necesitar la pensión" por haber alcanzado o cumplido alguno de los requisitos de ley, el alimentante (obligado) no puede quitar la pensión así porque así, sino que debe solicitar al juzgado de pensiones la eliminación de la obligación, al amparo de que el alimentario (beneficiario) ha cumplido o alcanzado alguno de los requisitos de ley.

En pocas palabras: Una pensión fijada por juez, solamente el juez puede quitarla.
 
Viejo y en que le afecta a usted, nunca le va a aplicar, viene llegando y criticando, me imagino que ya se la nacionalidad suya, esos siempre critican, esto no me calza, porque tiene que venir un extranjero a preocuparse por eso, preocupe por la parte migratoria, o es que entro por el rio??
 
Viejo y en que le afecta a usted, nunca le va a aplicar, viene llegando y criticando, me imagino que ya se la nacionalidad suya, esos siempre critican, esto no me calza, porque tiene que venir un extranjero a preocuparse por eso, preocupe por la parte migratoria, o es que entro por el rio??
Noroeste de Sudamérica? Esos vienen creyendo que descubren Centroamérica, y en su ignorancia, no saben que Colón llegó hace más de 500 años...
 

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