Usted puede hacer cualquier negocio a título personal, sin importar si es profesional (graduado, incorporado, etc) en lo mismo o en cualquier otra rama.
Se debe inscribir como tal para el tipo de actividad que va a desarrollar. Si es por servicios profesionales, entonces estará obligado solamente a impuesto de renta. Si la actividad es de comercio o algunos servicios específicos (reparaciones, taller, restaurante, bienes raíces y otro que no recuerdo), también estará obligado al impuesto de ventas.
Dependiendo del "tamaño" del negocio, podrá inscribirse bajo régimen simplificado, en donde los impuestos se pagan de acuerdo a las compras y no a las ventas. Si el tamaño de negocio supera cierto punto, deberá inscribirse normalmente.
Para estos detalles, le aconsejo se acerque a alguna administración tributaria del ministerio de hacienda. En el outlet mall san pedro hay una.
Ahora, la duda me queda en esto: Dice Usted que es profesional. Si ya trabaja en algo o recibe un salario, entonces debe consultar en la administración tributaria, ya que TODOS los ingresos de cualquier fuente se suman para calcular impuestos, entonces esto le podría significar varias cosas en el proceso de inscripción y las tasas de cálculo para los impuestos (renta).