Lo de que una persona nacida en el extranjero nacionalizada costarricense no pueda ser presidente es algo que realmente no es tan absoluto como se piensa.
La Ley no se rige únicamente por lo que diga el texto de ella, la ley debe analizarse desde su elemento teleológico. ¿Qué sentido tiene que una de las exigencias para ser presidente sea haber nacido en el país, si en hechos fácticos alguien nacionalizado es costarricense para absolutamente todo lo demás? La redacción podría sugerir que la intención del legislador al redactar eso no era el nacimiento en el país como tal, sino la nacionalidad. Y que por lo arcaico del lenguaje de antaño, el legislador recicló el lenguaje usado.
Además, hay una contradicción que podría analizarse como inconstitucional si se considera que todo ciudadano debe gozar los mismos derechos ante esa misma constitución, contradice el espíritu de la ley.
El matrimonio gay no duró ni 2 años en analizarse constitucionalmente y eso que (i) fue directamente proyecto (ii) fue un tema muy divisivo en la sociedad…
Una persona que lleva décadas nacionalizada presentando una candidatura a la presidencia fundamentada en una interpretación teleológica de la constitución podría ser validada por la Sala Constitucional en cuestión de meses. Pilar nunca ha hecho el intento porque simplemente no se siente capacitada para gobernar un país y pues, es entendible, no es cualquier cosa.