Relacion con menor de Edad

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Este tribo muy bien siempre con sus comentarios, pero ese último si la voló, cagandosele tan feo al mae, muy soberbio, no era necesario.

Y para el compita que pregunta, yo tampoco soy abogado pero lo cierto es que cogerse a una menor de edad aunque tenga 17 años y 364 días es un problema, si la wila se quiere cagar en usted lo hace, así de fácil, póngale el nombre del delito que le de la gana.
 
Demasiada formalidad no crees? Yo no soy mecanico, yo no soy cuenta chistes, yo no s... Y asi en todos los foros para no ofender egos? Digo yo, no se.

El asunto es que podemos contribuir a que alguien se jale una torta legal, la idea de un foro es ayudar en lo que sea posible, por ejemplo si fuera el medico en linea y ud le receta a alguien algo que le funciona bien a ud, PERO esa persona tiene una contra indicación lo que ocasionaría es un mal aunque la intención sea la mejor de su parte.
 
Mis estimados amigos, nadie es dueño de la verdad. Sin embargo, hay que ubicarse. Este es un foro donde las personas escriben en busca de un consejo jurídico, en vista de alguna situación particular que viven, o que viven "sus hermanos"... Y si la gente pregunta es para que los ayudemos a INFORMARSE, no a DESinformarse. Nadie ha dicho que haya que ser abogado para opinar. La opinión, en un país libre como CR, es un derecho que tenemos todos. Pero si sería conveniente que, cuando se dé un consejo, o se afirme un concepto, se tenga el conocimiento técnico y la experiencia para hacerlo RESPONSABLEMENTE. Este no es el foro de reguetón(tos) o la columna del Profesor Corazón, para que nos pongamos a aconsejar a alguien lo primero que se nos viene a la "jupa". Creo que es un asunto de RESPONSABILIDAD. Yo soy uno que conozco de mis inmensas limitaciones, y sé que hay muchos temas de derecho de los cuales ni opino, porque no los domino. Más bien me enriquezco con los aportes de otros compañeros, abogados o no, que hacen sus acertados aportes. Creo que todos pueden OPINAR lo que quieran, pero sugeriría (no soy nadie para imponer nada) que si no se domina el tema, no se emitan recomendaciones o criterios que requieren de los conocimientos adecuados. Y para el compañero, si se resintió por mi comentario, respetuosamente le ofrezco una DISCULPA PÚBLICA. Jamás fué mi intención molestarlo. Nunca lo ha sido... Yo aquí soy uno más, y solo trato de poner al servicio de todos lo que a lo largo de casi 25 años (universidades + práctica) medio he aprendido en estos caminos del Derecho.
 
No es necesario humillar una persona para hacerlo caer en razon,yo en mi campo que son las finanzas cuando alguien me pregunta u opina algo que no sabe con mucho gusto se le explica sin tanta arrogancia eso no lleva a nada.
 
Mis estimados amigos, nadie es dueño de la verdad. Sin embargo, hay que ubicarse. Este es un foro donde las personas escriben en busca de un consejo jurídico, en vista de alguna situación particular que viven, o que viven "sus hermanos"... Y si la gente pregunta es para que los ayudemos a INFORMARSE, no a DESinformarse. Nadie ha dicho que haya que ser abogado para opinar. La opinión, en un país libre como CR, es un derecho que tenemos todos. Pero si sería conveniente que, cuando se dé un consejo, o se afirme un concepto, se tenga el conocimiento técnico y la experiencia para hacerlo RESPONSABLEMENTE. Este no es el foro de reguetón(tos) o la columna del Profesor Corazón, para que nos pongamos a aconsejar a alguien lo primero que se nos viene a la "jupa". Creo que es un asunto de RESPONSABILIDAD. Yo soy uno que conozco de mis inmensas limitaciones, y sé que hay muchos temas de derecho de los cuales ni opino, porque no los domino. Más bien me enriquezco con los aportes de otros compañeros, abogados o no, que hacen sus acertados aportes. Creo que todos pueden OPINAR lo que quieran, pero sugeriría (no soy nadie para imponer nada) que si no se domina el tema, no se emitan recomendaciones o criterios que requieren de los conocimientos adecuados. Y para el compañero, si se resintió por mi comentario, respetuosamente le ofrezco una DISCULPA PÚBLICA. Jamás fué mi intención molestarlo. Nunca lo ha sido... Yo aquí soy uno más, y solo trato de poner al servicio de todos lo que a lo largo de casi 25 años (universidades + práctica) medio he aprendido en estos caminos del Derecho.

Si mi amigo que bueno que ofreciò una disculpa porque sonaste muy chocante y claro está que hay maneras de decir las cosas sin caer en la humillaciòn o en la arrogancia !
 
Yo nunca he sido hipócrita, ni lo seré... Si hay algo que me repugna del tico es ese "POBRECITO", mentalidad mediocre que nos hunde en el subdesarrollo material y mental. Aquí no se trataba de "corregir", si no de llamar la atención que, si no se tienen conocimientos técnicos ni experiencia sobre algo, mejor leamos y aprendamos. Como escribió otro compañero, capazy alguien por seguir un mal consejo va y se jala una torta. Siempre he insistido: este no es el foro de los reguetóntos!
 
CODIGO PENAL-Artículo 160.- Quien pague a una persona menor de edad de cualquier sexo o prometa pagarle o darle a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza, para que ejecute actos sexuales o eróticos, será sancionado:
1) Con pena de prisión de cuatro a diez años si la persona ofendida es menor de doce años.
2) Con pena de prisión de tres a ocho años, si la persona ofendida es mayor de doce años, pero menor de quince.
3) Con pena de prisión de dos a seis años, si la persona ofendida es mayor de quince años, pero menor de dieciocho.

osea mae que esta latente la posibilidad de ir a la carcel, siempre y cuando la muchachita diga que recibio algo a cambio de tener relaciones, con su consentimiento o no, si recibio algo a cambio hay problemas!

y dejemonos de tantas varas si se es abogado o no, entiendo el punto de triboniano en cuanto a poner cualquier animalada con propiedad, pero bueno de todo se encuentra uno en la vida. el punto es que todo el mundo puede opinar, estoy seguro que el compa puso la caballada del estupro con el afan de ayudar.
 
Relaciones sexuales con personas menores de edad
Artículo 159
Será sancionado con pena de prisión de dos a seis años, quien aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años y menor de quince años, por la vía oral, anal o vaginal, con su consentimiento.

Igual pena se impondrá si la acción consiste en la introducción de uno o varios dedos, objetos o animales por la vía vaginal o anal.

La pena será de cuatro a diez años de prisión cuando la víctima sea mayor de trece años y menor de dieciocho años, y el agente tenga respecto de esta la condición de ascendiente, tío, tía, hermano o hermana consanguíneos o afines, tutor o guardador.

Toda relación sexual con menor de trece años se considera violación aunque exista consentimiento.
 

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