Alquiler de casa.

Necesito un buen consejo.

Voy a alquilar una casa, el dueño me mando una copia del contrato de alquiler para leerlo antes de firmarlo. En el contrato un punto dice que en cualquier momento que el necesite la casa (para un familiar o para reparaciones) yo tengo un mes para entregarla.

Tengo entendido que estos contratos son validos por 3 años, asi que mi pregunta es: Si yo firmo y acepto este contrato, el dueño puede sacarme antes de los 3 años, o aunque lo firme el tiene que aguantarme los 3 años.

Pura vida!
 
Ningún contrato puede estar por encima de la ley. Efectivamente el mínimo es de tres años. Usted puede firmar lo que quiera, pero si lo que firmó está contrario a la ley, entonces no procede y se aplica lo que dice la ley.

El dueño puede solicitar la "intervención" del inmueble para efectos de reparaciones UNICAMENTE. Durante las reparaciones, los inquilinos no están obligados a abandonar el inmueble.

Para pedir la casa para "uso personal", es válido solamente si el propietario registral del inmueble es el mismo que lo solicita para su uso personal y en el entendido que SOLAMENTE tiene ese bien inmueble registrado a su nombre. No puede solicitarlo para un tercero, aunque sea familiar directo. Si el inmueble está registrado a nombre de una sociedad, esto no aplica en ningún caso.

Consejo sano: Las relaciones de inquilinato pueden ser cordiales o conflictivas. La ley por lo general favorece al inquilino pero no se trata de vivir en conflicto. Es mejor hablar directamente con el dueño del inmueble y hacerle ver esos puntos. Si insiste en esas condiciones, es mejor buscar otras opciones. En pocas palabras, es mejor prevenir un conflicto antes de que empiece.
 
Concuerdo 100% con roquitico...
Esa cláusula sería absolutamente nula, toda vez que la Ley de Arrendaientos es una ley de órden público, y la voluntad de las partes (voluntad impuesta, en este caso) nunca estará por encima de la Ley.
Conclusión: firme su contrato tranquilo, que esa cláusula nunca le será aplicada...
 

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