Despido sin responsabilidad patronal

Por favor me pueden aconsejar que hago.
Yo trabajaba de guarda en un colegio privado por un año y 8 días y me despidieron sin derechos diciendo en la carta sito: que de acuerdo con el articulo 81 inciso d (me lo escribieron todo) dado que en la revisión de los vídeos de seguridad,en las fechas del 08 y 10 de agosto del presente año, se le ve a usted ingresar a la cocina y salir con objetos, intentando esconderlos, cuando usted no tiene autorización de ingresar a ese lugar ni tomar nada de ahí.
Lo primero es que si tenia autorización ya que ahí nos dejaban la comida del día, casi todos los días, y segundo lo que saque fueron unos aguacates claro eso si fue sin permiso lo acepto, pero por eso no debieron llamarme la atención o suspenderme por lo menos tenían que ser tan drásticos y despedirme.
Ahora si bien es cierto puedo reclamar o no.
Y también yo trabajaba un horario de 12 horas, 108 horas por quincena por un sueldo de 160.000 colones libres, en horario de 7 días de noche, 2 de día, acomodados de la siguiente manera: 3 días de noche y 1 libre, 3 días de noche y 1 libre, 2 de día 1 de noche y 4 libres y todos los libres eran entre semana sin ningún fin de semana.
Un amigo me dijo que podía reclamar las horas extras y rojas es cierto??
 
Sus derechos laborales son independientes al posible delito de hurto que usted describe por lo que usted puede reclamarlos pero...tenga en cuenta que lo podrían denunciar penalmente por ese hurto si todavía no lo han hecho. Es decir, si usted demanda en vía laboral eso podría llevarlos a ellos a denunciarlo penalmente así que lo mejor es tener eso en cosideración. Puede ir al Ministerio de Trabajo y ellos ahí le pueden asesorar y hacer los cálculos correspondientes.
 
Gracias Kike yo aceptó lo de la liquidación que no me paguen la cesantía, pero lo de las horas lo puedo reclamar o no??
 
Robar en el trabajo es sumamente grave, aunque sea algo pequeño. Se asume que la persona va a continuar con cosas más grandes. Lo normal es que despidan a la gente de una sola vez, difícilmente sea algo que se deje pasar con una amonestación

Lo he visto hasta con gente que roba papel higiénico....
 
Por favor me pueden aconsejar que hago.
Yo trabajaba de guarda en un colegio privado por un año y 8 días y me despidieron sin derechos diciendo en la carta sito: que de acuerdo con el articulo 81 inciso d (me lo escribieron todo) dado que en la revisión de los vídeos de seguridad,en las fechas del 08 y 10 de agosto del presente año, se le ve a usted ingresar a la cocina y salir con objetos, intentando esconderlos, cuando usted no tiene autorización de ingresar a ese lugar ni tomar nada de ahí.
Lo primero es que si tenia autorización ya que ahí nos dejaban la comida del día, casi todos los días, y segundo lo que saque fueron unos aguacates claro eso si fue sin permiso lo acepto, pero por eso no debieron llamarme la atención o suspenderme por lo menos tenían que ser tan drásticos y despedirme.
Ahora si bien es cierto puedo reclamar o no.
Y también yo trabajaba un horario de 12 horas, 108 horas por quincena por un sueldo de 160.000 colones libres, en horario de 7 días de noche, 2 de día, acomodados de la siguiente manera: 3 días de noche y 1 libre, 3 días de noche y 1 libre, 2 de día 1 de noche y 4 libres y todos los libres eran entre semana sin ningún fin de semana.
Un amigo me dijo que podía reclamar las horas extras y rojas es cierto??

Hola , en tu caso lo que se debio es hacerte un apercibimiento, osea una amonestacion por la falta de tomar cosas de la cocina sin permiso, menos te van a despedir sin responsabilidad por un aguacate, por lo cual usted puede poner la denuncia ante el MTSS , luego los horarios de los guardas por lo general son rotativos y por eso se debe tener cuidado como patrono de pagar las horas bien , si laboras de 5 y 30 am a 6 y 30 pm , se le puede hacer una jornada de 8 horas , pero si le pongo a laborar luego de las 10 y 30 pm a 5 y 30 am , solo lo puedo poner a laborar 6 horas y no 8 , pero por le mismo salario pero por menos horas, entonces te deben de deber un monton de horas extras nocturnas.

Ademas, dices que laboras 108 horas por quincena , lo normal en una jornada de 8 horas por semana son 48 eso por 2 96 horas a la quincena , mas 24 horas para haer las 120 que son los dias libres que son de pago , por tanto si trabajas 3 dias de noches , las horas sumadas de los 3 dias deben dar 18 horas , 6 horas por cada dia si laborabas mas , te estaban gorriando
 
Sus derechos laborales son independientes al posible delito de hurto que usted describe por lo que usted puede reclamarlos pero...tenga en cuenta que lo podrían denunciar penalmente por ese hurto si todavía no lo han hecho. Es decir, si usted demanda en vía laboral eso podría llevarlos a ellos a denunciarlo penalmente así que lo mejor es tener eso en cosideración. Puede ir al Ministerio de Trabajo y ellos ahí le pueden asesorar y hacer los cálculos correspondientes.
tienen que demostrar mas que con videos , que lo que se haya robado tenga un valor razonable , no creo que un aguacate valga 300 mil colones
 
Gracias Kike yo aceptó lo de la liquidación que no me paguen la cesantía, pero lo de las horas lo puedo reclamar o no??
SI absolutamente, de hecho es sumamente frecuente que en labores de seguridad no le paguen las horas extras al empleado y judicialmente se las otorgan.
 

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