Hola Amandha, pues te cuento: Los acreedores por lo general le piden firmar ya sea una letra de cambio o un pagare, como garantìa del credito que te estan otorgando. Ahora bien, las letras o pagares siempre se firman por el total del capital adeudado e incluso aveces por los intereses moratorios, y por si solas son tìtulos valores, porsupuesto totalmente ejecutables ante la via judicial, por ende ellos ya tiene una forma de cobrarle ese dinero. Como lo van a hacer?, bueno si ud trabaja le va a llegar el cobro, o màs bien la notificaciòn donde se le solicita a su patrono hacer el rebajo respectivo conforme a la ley, este rebajo debe ser estudiado generalmente por el contador de la empresa que le hace una especie de estudio de su salario y asì sacan el porcentaje a embargar. En cuanto a si su esposo le pueden embargar, pues le puedo decir que no, siempre y cuando èl no haya sido avalista o fiador suyo. Sin embargo, si ud adquiere alguna propiedad mueble o inmueble a su nombre si podrìan embargarsela, ya que si ud no es asalariada y no tiene ningun tipo de ingreso donde esas entidades puedan hacer efectivo su cobro, entonces si podrìa gravar alguna propiedad o vehìculo que tenga, ya que ellos van a perseguir su patrimonio hasta poder recuperar el dinero que se le dio en crèdito. En resumen a su esposo no, pero a ud si, en el entendido que no haya hecho ningun tipo de arreglo extrajudicial con la entidad acreedora o bien no sea asalariada.