la sala IV la saca de nuevo del estadio!!!

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Por unanimidad, la Sala Constitucional declaró con lugar un hábeas corpus presentado contra el Ministerio de Seguridad Pública por realizar un operativo policial sin que mediara ningún hecho delictivo.

La Sala en pleno considera que procedimientos tales como retenes, solo se pueden ordenar si existe un indicio comprobado de haberse cometido un delito o noticia criminis, según lo establece el artículo 37 constitucional. También ordenó que debían abstenerse de incurrir nuevamente en esos hechos y deben crearse los protocolos correspondientes por parte el ministerio recurrido, si es que no los hay.

El recurrente de apellidos Rímolo Bolaños acusó que en el mes de agosto transitaba con su vehículo por el sector conocido como “El Descanso” en San Antonio de Escazú, lugar donde se realizaba el operativo policial y que la vía fue dividida con “conos” para detener los vehículos y revisarlos.

Rímolo manifestó que los oficiales le indicaron que era un operativo de rutina de búsqueda de armas o drogas y que seguían órdenes del Ministerio recurrido. De esa manera, el recurrente accedió a la revisión, sin embargo considera que detenerlo sin que exista una orden de captura expedida por una autoridad judicial, violenta su libertad de tránsito, el debido proceso y la dignidad de la persona.


Sala IV prohíbe a la policía hacer operativos de rutina, a menos que existan delitos comprobados -Ampliación- | Facebook
 
Los robacarros y otros delincuentes van a hacer fiesta.

¿Incluirá esto los operativos que realiza la policía de tránsito?
 
Diay.... entonces no van a existir ya los operativos de rutina a modo de "mantenimiento preventivo"........q pena
 
Una total estupidez... diay, entonces voy a ir a Panamá, comprar cosas como contrabando, y cuando estoy llegando a Buenos Aires, no me pueden detener, porque violentan mi derecho al libre tránsito. Y si no hay nada comprobado de que yo compré cosas ilegales, no me pueden detener para revisar mi equipaje.

De verdad, un montón de robacarros andarán tranquilos por media calle, delincuentes con armas y demás.

En fin, por eso estamos como estamos.
 
siempre habra algun vagabundo q por falta de cosas mejores q hacer, se pone a pelear por estupideces...
 
Ayer estabamos jugando bola y llego la policia paro la mejenga y se pusieron a requisar una gente q estaba medio sospechosa

Voy con un Sala cuartaso ya que no se puede suspender una mejenga sin una orden judicial de x medio :vampiro:
 
Fijo el que hizo esto es el papa de algun robacarros o algun narco. Como dicen por arriba q viejo mas vago !! y luego la gente se queja de la inseguridad ciudadana.
 
Cargando...
esto aplica tambien para retenes de policia de transito. en otras palabras, los borrachos van a poder hacer lo que les da la gana.
 
ARTÍCULO 37.- Nadie podrá ser detenido sin un indicio comprobado de
haber cometido delito, y sin mandato escrito de juez o autoridad encargada
del orden público, excepto cuando se tratare de reo prófugo o delincuente
infraganti
; pero en todo caso deberá ser puesto a disposición de juez
competente dentro del término perentorio de veinticuatro horas.
:eso:
 

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