¿Que pasa si una persona va a otro pais y se gradúa como abogado y notario?

fypsinpelos

Forero Regular
La pregunta dice asi:

¿Que pasa si una persona va a otro pais y se gradúa como abogado y notario?, por ejemplo: que vaya a USA y se gradue como abogado, venga aqui con el titulo de abogacia y notariado:

¿Puede ejercer esa carrera aqui con el titulo extranjero?
¿Que dice el colegio de abogados al respecto?
¿Se puede hacer?
¿Obtiene más o menos beneficios o es igual a un abogado graduado aqui?

Algún abogado especializado en la materia: Triboniano o Aesquivel que me evacue la duda por fis !!!
 
No soy abogada, pero es conocido que las leyes son diferentes en todos los países del mundo por lo que esa profesión realmente deberíamos estudiarla en el país de origen. Incluso dentro de EUA cada estado tiene sus propias leyes y por eso los abogados solo pueden ejercer donde tengan permiso (estar incorporados a la barra de abogados de ese estado)

En Costa Rica le podrían convalidad algunas materias, pero nada lo salva de tener que estudiar otras para completar currículo.
 
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La pregunta dice asi:

¿Que pasa si una persona va a otro pais y se gradúa como abogado y notario?, por ejemplo: que vaya a USA y se gradue como abogado, venga aqui con el titulo de abogacia y notariado:

¿Puede ejercer esa carrera aqui con el titulo extranjero?
¿Que dice el colegio de abogados al respecto?
¿Se puede hacer?
¿Obtiene más o menos beneficios o es igual a un abogado graduado aqui?

Algún abogado especializado en la materia: Triboniano o Aesquivel que me evacue la duda por fis !!!


asi esta la tabla del uno !!


La persona se GRADUA y ejerce en el pais donde se graduo !! sera notario en cuba o nicaragua NO en otro pais pues hay otras leyes y normas , asi como otros organos de agremiados en ese pais .


DURA LA TABLA DEL CERO ??
 
Segun lo que he visto en tele y leido puede ir a hacer post grados en otros paises en ese caso tal vez pueda quedarse por alla o venir aqui a buscar un puesto importante del poder judicial :idea:
 
Si obtenés el título en EUA, podes ejercer en CR, pero tenés que pasar un proceso de convalidación y equiparación de estudios. Te van a mandar a llevar muchos cursos, especialmente todos los procesales, ya que son legislaciones muy distintas. Quien te autoriza a hacer esto es el Colegio de Abogados y quien te convalida la carrera es la UCR. Preguntá en el Colegio por los requisitos y trámites. Y esto será solo para Abogado, no para Notario, ya que en EUA el notariado es otra cosa, y ni siquiera se requiere ser profesional en Derecho, es de elección, nada que ver con el sistema de notariado latino. Y si es con otro país, hay que ver si existen convenios internacionales de reciprocidad, porque si el otro país NO le permite a los abogados ticos ejercer allá, los graduados en ese país nunca ejercerán acá.
 
Si obtenés el título en EUA, podes ejercer en CR, pero tenés que pasar un proceso de convalidación y equiparación de estudios. Te van a mandar a llevar muchos cursos, especialmente todos los procesales, ya que son legislaciones muy distintas. Quien te autoriza a hacer esto es el Colegio de Abogados y quien te convalida la carrera es la UCR. Preguntá en el Colegio por los requisitos y trámites. Y esto será solo para Abogado, no para Notario, ya que en EUA el notariado es otra cosa, y ni siquiera se requiere ser profesional en Derecho, es de elección, nada que ver con el sistema de notariado latino. Y si es con otro país, hay que ver si existen convenios internacionales de reciprocidad, porque si el otro país NO le permite a los abogados ticos ejercer allá, los graduados en ese país nunca ejercerán acá.

Gracias Licenciado Triboniano.
 

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