Renuncie a mi trabajo, me toca liquidación???

En esos casos, para que el patrono pueda rebajarse esa y otras sumas se deben relacionar los artículos 36 y el párrafo segundo 173 del Código de Trabajo.

Hay incluso jurisprudencia que respalda el derecho del patrono de ejecutar saldos pendientes del trabajador, pero en este momento no las tengo a mano, como te decía eso lo aplicaba cuando trabajé en el MSP, vy a tratar de buscarte la jurisprudencia para que la tengas a mano, en todo caso cuando leas los artículos indicados podras hacer la relación y justificar rebajos al gtrabajador por deudas pendientes.

Perfecto!!! Muchísimas gracias Draico!!

Yo estudio Administración de Empresas con Énfasis en RRHH... y creo que saber estas cosas son básicas, más que todo por eso hice la consulta!!
 
Cargando...

¡Los Foreros están posteando en estos temas!

¿Qué se esta discutiendo en Foro de Costa Rica?

¿Le gusta emborracharse hasta quedar hasta el culo?

  • No


Los resultados solo son visibles tras votar.

¿Se reconciliaría con su ex solo para pedirle un favor?

  • No


Los resultados solo son visibles tras votar.

📑 Evite Multas y Sanciones: Ofrecemos servicios de presentación de declaraciones de IVA (D104), alquileres (D125) y la anual de renta (D101)

TicosLand is now also available on Android and iOS

¡Tendencia!

🚀 FACTURATica.com la #1 sin Mensualidades ni Anualidades. Inscripción gratis en Hacienda.

¡Caliente!

¿Con cuál personaje navideño se escaparía a motelear?

  • Santa Claus

  • La Señora Claus

  • El Grinch

  • Un Elfo

  • El Reno Rodolfo

  • El Muñeco de Nieve


Los resultados solo son visibles tras votar.

¿Intentaría seducir a un sacerdote o una monja para culiarlo(a)?

  • No


Los resultados solo son visibles tras votar.

¿Usaría la ropa interior de su pareja sin su permiso?

  • No


Los resultados solo son visibles tras votar.

¿Piensa cogerse a alguna amiga de su doña próximamente?

  • No


Los resultados solo son visibles tras votar.
Atrás
Arriba