Hola,
Una persona natural esta proponiendo un contrato de comisión por la compra de un producto agro-forestal.
El asunto es que en el contrato se refiere a la Ley de Información no Divulgada.
Según mi opinión esta Ley no aplica porque las Fincas se encuentran inscritas y el tamaño de la propiedad incluso la aproximada ubicación ya esta públicamente conocida osea, con un poquito de investigación cualquier tercera persona podría averiguar quien es el dueño de la propiedad, por lo tanto no veo ningún secreto comercial.
Esto me preocupa, si alguien firma este contrato y de casualidad una tercera persona aparece en la escena, tratando de comprar el producto, entonces el que firmaba el contrato paga el elote.
Esta observación esta correcta o ando equivocado?
Una persona natural esta proponiendo un contrato de comisión por la compra de un producto agro-forestal.
El asunto es que en el contrato se refiere a la Ley de Información no Divulgada.
Según mi opinión esta Ley no aplica porque las Fincas se encuentran inscritas y el tamaño de la propiedad incluso la aproximada ubicación ya esta públicamente conocida osea, con un poquito de investigación cualquier tercera persona podría averiguar quien es el dueño de la propiedad, por lo tanto no veo ningún secreto comercial.
Esto me preocupa, si alguien firma este contrato y de casualidad una tercera persona aparece en la escena, tratando de comprar el producto, entonces el que firmaba el contrato paga el elote.
Esta observación esta correcta o ando equivocado?