Buenas noches compañer@s!
Les agradezco mucho la ayuda que me puedan brindar.
Daniel pidió un préstamo a INSTACREDIT, el 3 de Noviembre del año 2006 por 416,317 colones. El primer pago lo hizo el 2 de Noviembre del 2006 y el último debía hacerlo el día 2 de Octubre del 2008 según consta en el pagaré. Daniel dejó de pagar y el juzgado de cobro judicial le indicó que debe pagarle a Instacredit la suma de 191,847 colones exactos de capital más el monto de intereses corrientes de 10,359 colones, por el periodo de 19 de Setiembre al 19 de Octubre de 2007 con una tasa de interés fija del 64.80 por ciento anual y la suma de 235,070 colones por concepto de intereses moratorios, por el periodo de 20 de octubre de 2007 al 20 de marzo del 2009 con una tasa de interés fija del 82.80 anual, los intereses posteriores a partir del 28 de marzo del 2009 a la tasa de interés fija de 82.80 por ciento anual hasta la cancelación del principal y las costas procesales y personales de este asunto. A Daniel se le concedió un plazo de 15 días para oponer excepciones procesales. El asunto es que a Daniel nadie le ha notificado, y se dio cuenta de este problema por que su fiador llamado Fernando le comunicó que iba a ser un trámite con su casa y le dijeron que estaba embargada. El abogado de Instacredit lo amenaza y le dice que abone a la deuda. Legalmente se podría aplicar excepción de prescripción de pago o excepción de prescripción por falta de notificación? O se pueden aplicar ambas? Qué es lo mejor que se puede hacer en este caso? Y que se puede hacer para ayudarle al fiador que le embargaron la casa? Les agradezco mucho la ayuda que me puedan brindar
Les agradezco mucho la ayuda que me puedan brindar.
Daniel pidió un préstamo a INSTACREDIT, el 3 de Noviembre del año 2006 por 416,317 colones. El primer pago lo hizo el 2 de Noviembre del 2006 y el último debía hacerlo el día 2 de Octubre del 2008 según consta en el pagaré. Daniel dejó de pagar y el juzgado de cobro judicial le indicó que debe pagarle a Instacredit la suma de 191,847 colones exactos de capital más el monto de intereses corrientes de 10,359 colones, por el periodo de 19 de Setiembre al 19 de Octubre de 2007 con una tasa de interés fija del 64.80 por ciento anual y la suma de 235,070 colones por concepto de intereses moratorios, por el periodo de 20 de octubre de 2007 al 20 de marzo del 2009 con una tasa de interés fija del 82.80 anual, los intereses posteriores a partir del 28 de marzo del 2009 a la tasa de interés fija de 82.80 por ciento anual hasta la cancelación del principal y las costas procesales y personales de este asunto. A Daniel se le concedió un plazo de 15 días para oponer excepciones procesales. El asunto es que a Daniel nadie le ha notificado, y se dio cuenta de este problema por que su fiador llamado Fernando le comunicó que iba a ser un trámite con su casa y le dijeron que estaba embargada. El abogado de Instacredit lo amenaza y le dice que abone a la deuda. Legalmente se podría aplicar excepción de prescripción de pago o excepción de prescripción por falta de notificación? O se pueden aplicar ambas? Qué es lo mejor que se puede hacer en este caso? Y que se puede hacer para ayudarle al fiador que le embargaron la casa? Les agradezco mucho la ayuda que me puedan brindar