Este artículo salió en la Nación el viernes 20-11-09 es de don Mauricio Jenkins me parece relevante puesto que muchos de nosotros dependemos de estas empresas.
"Con gran interés he seguido las publicaciones que
durante las últimas semanas ha hecho este matutino
sobre el tema de la inversión extranjera directa en
Costa Rica (incluso fue el tema al que se le dedicó el
editorial del pasado 21 de setiembre). Siendo una de
mis áreas de interés académico, quisiera enriquecer la
discusión, ofreciendo algunas consideraciones que me
parecen importantes.
Impuesto sobre la renta. Uno de los aspectos que más discusión
origina es el de la tasa de impuesto sobre la renta que debería aplicarse a
la inversión extranjera directa recibida en nuestro país.De hecho, esa
discusión parece ser el aspecto que más atrasa la aprobación del
proyecto de ley de reforma al régimen de zonas francas en nuestra
Asamblea Legislativa (consultar las publicaciones de La Nación del 3 y
4 de setiembre anterior, así como la del 3 de noviembre).
Por años, las empresas que se instalan en las zonas francas de Costa
Rica, el régimen que más inversión extranjera directa ha atraído hacia
nuestro país desde su creación a mediados de los noventas, han gozado
de un período de exención de impuesto sobre la renta de 10 ó 12
años.Sin embargo, bajo la normativa de la Organización Mundial del
Comercio, esa exención representa un subsidio a la exportación y, por lo
tanto, un elemento que debe ser modificado en nuestra legislación para
cumplir las normas que esa organización defiende.
Desde una perspectiva formal, existen razones para brindar algún tipo de
ventaja impositiva para la inversión extranjera directa, tanto como
razones para no ofrecer tales ventajas.El análisis de las razones en favor
de una posición o la otra, se torna rápidamente complejo y ocuparía
mucho más espacio del que dispongo aquí. Basta con decir que, en mi
opinión, en un país con las condiciones de las que goza Costa Rica
actualmente, la legislación debería ofrecer alguna ventaja fiscal al
capital extranjero que cumpla con ciertos requisitos deseables, pero esa
ventaja no deber ser muy grande ni de muy largo plazo.
Por eso me alegra ver que en el dictamen del proyecto de reforma a la
Ley de Zonas Francas que la Comisión de Asuntos Económicos de la
Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad recientemente, se
proponen tasas impositivas relativamente bajas, a saber, 6% para los
primeros 8 años y 15% para los siguientes 4 (ver La Nación del 9 de
setiembre pasado).
En lo personal, me hubiera gustado más una sola tasa desde el primer
año o cuando menos una tasa que fuese creciendo más suavemente en el
tiempo (quizás de forma lineal), más que la propuesta aprobada con un
incremento significativo en la tasa a partir del noveno año.En todo caso,
la reforma no exime del pago del impuesto de renta a las empresas
amparadas bajo ese régimen, lo que me parece muy bueno, pero sí
ofrece tasas relativamente atractivas por un período más que aceptable
(una buena señal para los inversionistas extranjeros).
Especialización. Está claro que un país no puede ser especialista en
todo, mucho menos un país pequeño como el nuestro. Así las cosas, un
país como Costa Rica tiene que tratar de especializarse en ciertas
industrias y sectores. Aquí, la labor que ha hecho Cinde en conjunto con
Procomer es muy destacable.Desde hace más de una década, estas
instituciones han estado tratando de atraer inversión en el sector de alta
tecnología, médico y de servicios (con buen éxito)."
"Con gran interés he seguido las publicaciones que
durante las últimas semanas ha hecho este matutino
sobre el tema de la inversión extranjera directa en
Costa Rica (incluso fue el tema al que se le dedicó el
editorial del pasado 21 de setiembre). Siendo una de
mis áreas de interés académico, quisiera enriquecer la
discusión, ofreciendo algunas consideraciones que me
parecen importantes.
Impuesto sobre la renta. Uno de los aspectos que más discusión
origina es el de la tasa de impuesto sobre la renta que debería aplicarse a
la inversión extranjera directa recibida en nuestro país.De hecho, esa
discusión parece ser el aspecto que más atrasa la aprobación del
proyecto de ley de reforma al régimen de zonas francas en nuestra
Asamblea Legislativa (consultar las publicaciones de La Nación del 3 y
4 de setiembre anterior, así como la del 3 de noviembre).
Por años, las empresas que se instalan en las zonas francas de Costa
Rica, el régimen que más inversión extranjera directa ha atraído hacia
nuestro país desde su creación a mediados de los noventas, han gozado
de un período de exención de impuesto sobre la renta de 10 ó 12
años.Sin embargo, bajo la normativa de la Organización Mundial del
Comercio, esa exención representa un subsidio a la exportación y, por lo
tanto, un elemento que debe ser modificado en nuestra legislación para
cumplir las normas que esa organización defiende.
Desde una perspectiva formal, existen razones para brindar algún tipo de
ventaja impositiva para la inversión extranjera directa, tanto como
razones para no ofrecer tales ventajas.El análisis de las razones en favor
de una posición o la otra, se torna rápidamente complejo y ocuparía
mucho más espacio del que dispongo aquí. Basta con decir que, en mi
opinión, en un país con las condiciones de las que goza Costa Rica
actualmente, la legislación debería ofrecer alguna ventaja fiscal al
capital extranjero que cumpla con ciertos requisitos deseables, pero esa
ventaja no deber ser muy grande ni de muy largo plazo.
Por eso me alegra ver que en el dictamen del proyecto de reforma a la
Ley de Zonas Francas que la Comisión de Asuntos Económicos de la
Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad recientemente, se
proponen tasas impositivas relativamente bajas, a saber, 6% para los
primeros 8 años y 15% para los siguientes 4 (ver La Nación del 9 de
setiembre pasado).
En lo personal, me hubiera gustado más una sola tasa desde el primer
año o cuando menos una tasa que fuese creciendo más suavemente en el
tiempo (quizás de forma lineal), más que la propuesta aprobada con un
incremento significativo en la tasa a partir del noveno año.En todo caso,
la reforma no exime del pago del impuesto de renta a las empresas
amparadas bajo ese régimen, lo que me parece muy bueno, pero sí
ofrece tasas relativamente atractivas por un período más que aceptable
(una buena señal para los inversionistas extranjeros).
Especialización. Está claro que un país no puede ser especialista en
todo, mucho menos un país pequeño como el nuestro. Así las cosas, un
país como Costa Rica tiene que tratar de especializarse en ciertas
industrias y sectores. Aquí, la labor que ha hecho Cinde en conjunto con
Procomer es muy destacable.Desde hace más de una década, estas
instituciones han estado tratando de atraer inversión en el sector de alta
tecnología, médico y de servicios (con buen éxito)."