Multa de Transito dentro de Multiplaza

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Yo se que no debi hacerlo, pero al final no habia espacio en ningun lado asi que decidi estacionarme en un área verde dentro del Centro Comercial Multiplaza.

Resulta que al volver, me encontre un papel de un guarda de seguridad donde decia que me hacian una multa por estacionarme en un area verde y que la multa seria cobrada en el marchamo. Lo raro es que no dice ni el monto de la multa.

Es esto legal, que en un estacionamiento privado una persona sin fe publica, como los oficiales de transito, puedan arbitrariamente confeccionar una multa y cobrarla en el marchamo? O solo es una manera del Centro Comercial de "asustar" a la gente para que dejemos de hacer esas cosas irresponsables como las que hice?

No me importaria pagarla, pero lo que me preocupa es, que pasa con el dinero de estas multas....se las dejaria Multiplaza???

No se...que opinan uds?
 
Fundamento?

Es mentira.


Reconozco ignorar el tema.- Podría usted estimado forero, o algún otro colega, fundamentar respuesta a esta consulta.

SIn lugar a dudas, existen facultades conferidas por ley a los administradores de zonas privadas de acceso público (centros comerciales, estadios, etc) para sancionar de alguna manera el incumplimiento a las normas de uso, pero como se resuelven con este tipo de situaciones particularmente?
 
Facil:
Los traficos solo pueden hacer partes en via pública y claro esta que el parqueo de multiplaza no es via publica, es como que llegara a su casa ha hacerle un parte. no procede.
Ademas cuando a uno lo boletean ahi queda la firma y el codigo del oficial.
 
Facil:
Los traficos solo pueden hacer partes en via pública y claro esta que el parqueo de multiplaza no es via publica, es como que llegara a su casa ha hacerle un parte. no procede.
Ademas cuando a uno lo boletean ahi queda la firma y el codigo del oficial.

Esto me genera una pregunta: qué pasa si hay un choque dentro de un parqueo privado como en un mall? Entonces no se puede llamar a un tráfico?
 
Esto me genera una pregunta: qué pasa si hay un choque dentro de un parqueo privado como en un mall? Entonces no se puede llamar a un tráfico?

Creo, no estoy seguro, que la cosa ahí sí cambia debido a la naturaleza del evento.

En el caso original del tema es un asunto de si el tráfico tiene potestad para levantar una multa por estacionarse en un área no diseñada para tal propósito dentro de un terreno privado, contrario al caso de vía pública.

En el caso de un choque, me parece que un tráfico podría llegar de efectuar el debido procedimiento porque no es un asunto de multa sino de daños a la propiedad mueble, que eventualmente tiene que o ser resuelta por medio de una conciliación o determinarse quién tiene la culpa del accidente en un juicio.
 
ARTÍCULO 1.- La presente Ley regula la circulación, por las vías públicas terrestres de la Nación , de todos los vehículos con motor o sin él, de propiedad privada o pública, así como de las personas y los semovientes, que estén al servicio y uso del público en general; asimismo, la circulación de los vehículos en las gasolineras; en todo lugar destinado al estacionamiento público o comercial regulado por el Estado, en los estacionamientos privados de uso público de los centros y locales comerciales, en las vías privadas y las playas del país. Del ámbito de aplicación de esta Ley se excluyen los parqueos privados de las casas de habitación y de los edificios, públicos o privados, que sean destinados únicamente a los usuarios internos de dichas edificaciones, donde privará la regulación interna de tales establecimientos.
....

Es mentira porque no es una boleta oficial.
 
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Es mentira porque no es una boleta oficial.

Bueno, eso significa que si un tráfico le pone una multa por estacionarse en un lugar indebido en un local comercial, la trendía que pagar el compa.

Pero en el caso del compa no fue un tráfico quien confeccionó la multa, y me parece que ni siquiera le dejaron una copia de un papel que pueda ser debidamente presentado a las autoridades competentes.
 
Mae solo un oficial de transito puede hacerle una multa que va a aparecer en su marchamo, esto por cuanto tiene la competencia para hacerlo mas no asi el oficial de seguridad de un centro comercial privado, ahi tenemos una propiedad privada condominal por lo que no procede. Por cierto los oficiales de transito no tienen fe publica y si alguno le dice que si tienen le esta mintiendo
 
Facil:
Los traficos solo pueden hacer partes en via pública y claro esta que el parqueo de multiplaza no es via publica, es como que llegara a su casa ha hacerle un parte.
Este es un criterio erróneo y lamentablemente muy difundido. El art. 1 de la Ley de Tránsito si permite que se aplique en estos lugares.
Por otro lado, lo más probable es que te hayan querido asustar, ya que solo un oficial de tránsito puede confeccionar un parte.
 
Un oficial de transito SI puede realizar CUALQUIER LABOR DENTRO DE UN parqueo, aun siendo publico, si ocurriera un choque se arreglaria segun la norma de la instalacion.
LEY DE TRANSITO
ARTÍCULO 1.- Ámbito de aplicación
Esta ley regula la circulación, por las vías públicas terrestres, de los vehículosy de las personas que intervengan en el sistema de tránsito. Asimismo, regula la circulación de los vehículos en las gasolineras, en estacionamientos públicos, privados de uso público o comerciales regulados por el Estado, las playas y en las vías privadas, de conformidad con el artículo 207 de la presente ley.
Se excluyen los parqueos privados de las casas de habitación y de los edificios, públicos o privados, que sean destinados únicamente a los usuarios internos de dichas edificaciones, donde privará la regulación interna de tales establecimientos.
ARTÍCULO 207.- Potestades de investigación
Se autoriza a las autoridades de tránsito para que ingresen a los establecimientos públicos o privados de uso público e ingresar en calles privadas a petición de algún dueño o inquilino durante la investigación de infracciones y accidentes de tránsito. Esta potestad es excepcional y con el fin único de proteger a las personas y propiedades y se ejercerá guardando los límites generales de razonabilidad, proporcionalidad y normalidad.
 
yo me estacione mal,tamben en un mall multiplaza escazu, lo,hice por que nomhabia campo, ni modo, me pusieron una boleta pero,esta es de controlnterno es decir es como una advertencia para que usted se d centa de que se estacionommal

pero no es ninguna multa
 

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