Renuncia - Preaviso

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Buenas,

Yo trabaje para una empresa por 5 meses.
Este Lunes 24 de Noviembre puse mi renuncia. Tomando el cuenta los 15 dias de preaviso, tendria que trabajar para dicha empresa hasta el 08 de Diciembre, si no me equivoco.

Sin embargo, quisiera saber si yo decido no volver a la empresa, y por ende no completar el periodo de preaviso, que me pueden hacer? Si me pueden sancionar de alguna manera o deducirme dinero de mi liquidacion?

Es que desde que puse la renuncia mi jefe se ha puesto casi insoportable y no quiero seguir trabajando en un ambiente asi y con un trato asi.

Muchas gracias.
 
Ud puede terminar el contrato laboral una vez recibida su carta de renuncia,esto debido a q es cuestion de tiempo lo q se debe cumplir para q ud deje de ser empleado(a) de esa empresa sin embargo debe de entender q si lo hace asi le van a rebajar un porcentaje de su liquidacion.Pero tomando en cuenta q ud solo laboro 5 meses tampoco debe de esperar mucho de compensacion social de esa empresa hacia ud.Como dice el viejo y conocido refran:"al mal camino buen paso". Uno no tiene xq soportar a ningun desgraciado(a) q trata de ostinarle al vida.
 
gallhino dijo:
Ud puede terminar el contrato laboral una vez recibida su carta de renuncia,esto debido a q es cuestion de tiempo lo q se debe cumplir para q ud deje de ser empleado(a) de esa empresa sin embargo debe de entender q si lo hace asi le van a rebajar un porcentaje de su liquidacion.Pero tomando en cuenta q ud solo laboro 5 meses tampoco debe de esperar mucho de compensacion social de esa empresa hacia ud.Como dice el viejo y conocido refran:"al mal camino buen paso". Uno no tiene xq soportar a ningun desgraciado(a) q trata de ostinarle al vida.

Esto no es cierto el patrono por ley esta obligado a pagarle a ud todos los extremos laborales, aguinaldo, vacaciones y no puede cobrarte el preaviso porque esto seria una retencion indebida, la forma que tiene el patrono para cobrar esto es ir a un proceso laboral, lo cual hasta el dia de hoy no he visto que esto suceda ya que le saldria mas caro el proceso que el cobro en si que te pueda hacer, is quieres irte lo puedes hacer el te debe pagar todo y en caso de que te lo rebaje puedes irte inmediatamente a demandarlo a los tribunales de trabajo.
 
rolomax dijo:
gallhino dijo:
Ud puede terminar el contrato laboral una vez recibida su carta de renuncia,esto debido a q es cuestion de tiempo lo q se debe cumplir para q ud deje de ser empleado(a) de esa empresa sin embargo debe de entender q si lo hace asi le van a rebajar un porcentaje de su liquidacion.Pero tomando en cuenta q ud solo laboro 5 meses tampoco debe de esperar mucho de compensacion social de esa empresa hacia ud.Como dice el viejo y conocido refran:"al mal camino buen paso". Uno no tiene xq soportar a ningun desgraciado(a) q trata de ostinarle al vida.

Esto no es cierto el patrono por ley esta obligado a pagarle a ud todos los extremos laborales, aguinaldo, vacaciones y no puede cobrarte el preaviso porque esto seria una retencion indebida, la forma que tiene el patrono para cobrar esto es ir a un proceso laboral, lo cual hasta el dia de hoy no he visto que esto suceda ya que le saldria mas caro el proceso que el cobro en si que te pueda hacer, is quieres irte lo puedes hacer el te debe pagar todo y en caso de que te lo rebaje puedes irte inmediatamente a demandarlo a los tribunales de trabajo.

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