La ley de construccion dice lo siguiente:
VI. 3.8.3 Retiro lateral: No se exigirá cuando el material de la pared en la respectiva colindancia sea
incombustible y no tenga ventana o linternilla. En caso contrario se exigirá.
- Uno y medio metros ( 1,50 m ) para unidades, habitacionales de un piso.
- Tres metros ( 3,00 m ) para las de dos pisos.
- Por cada piso adicional deberá agregarse un metro (1,00 m) de retiro lateral.
sin embargo no especifica que deberia pasar cuando lo que se construye es una cochera, que es un area accesoria de la casa, en mi caso por ejemplo de la ventana mas proxima al lindero del lote hay 2 metros, pero si tomo esto literalmente deberia ser de la columna que debo guardar la distancia, yo pienso que no esta bien especificado en la ley que pasa si la cochera esta ubicada en el costado de la propiedad, lo que queria saber es como puedo hacer para que me den una respuesta al respecto o tratar de que alguien haga una revision de la ley, que seria este tipo de recurso? un recurso de amparo? la defensoria? la municipalidad?, el punto es por ejemplo que me encontre en la legislacion uruguaya lo siguiente:
se autorizará la ocupación parcial de las áreas afectadas por retiros laterales con las construcciones accesorias de la vivienda o comercio, tales como garajes, parrilleros, lavaderos, depósitos, dormitorio de servicio (cuya área no supere los 8 metros cuadrados de terreno) y otras construcciones similares, ajustadas a las siguientes condiciones:
- Distarán por lo menos 4 metros de la línea del retiro frontal vigente.
- Superficie máxima: 25% del área afectada por retiros laterales, admitiéndose en cualquier caso una superficie edificada de hasta 20 metros cuadrados de terreno.
a alguien le ha pasado?
VI. 3.8.3 Retiro lateral: No se exigirá cuando el material de la pared en la respectiva colindancia sea
incombustible y no tenga ventana o linternilla. En caso contrario se exigirá.
- Uno y medio metros ( 1,50 m ) para unidades, habitacionales de un piso.
- Tres metros ( 3,00 m ) para las de dos pisos.
- Por cada piso adicional deberá agregarse un metro (1,00 m) de retiro lateral.
sin embargo no especifica que deberia pasar cuando lo que se construye es una cochera, que es un area accesoria de la casa, en mi caso por ejemplo de la ventana mas proxima al lindero del lote hay 2 metros, pero si tomo esto literalmente deberia ser de la columna que debo guardar la distancia, yo pienso que no esta bien especificado en la ley que pasa si la cochera esta ubicada en el costado de la propiedad, lo que queria saber es como puedo hacer para que me den una respuesta al respecto o tratar de que alguien haga una revision de la ley, que seria este tipo de recurso? un recurso de amparo? la defensoria? la municipalidad?, el punto es por ejemplo que me encontre en la legislacion uruguaya lo siguiente:
se autorizará la ocupación parcial de las áreas afectadas por retiros laterales con las construcciones accesorias de la vivienda o comercio, tales como garajes, parrilleros, lavaderos, depósitos, dormitorio de servicio (cuya área no supere los 8 metros cuadrados de terreno) y otras construcciones similares, ajustadas a las siguientes condiciones:
- Distarán por lo menos 4 metros de la línea del retiro frontal vigente.
- Superficie máxima: 25% del área afectada por retiros laterales, admitiéndose en cualquier caso una superficie edificada de hasta 20 metros cuadrados de terreno.
a alguien le ha pasado?