Reubicación del trabajador....!!!!!

Buenas tardes, estimados profesionales:

Mi consulta, en caso de una reubicación laboral, cuando se sigan los procedimientos establecidos con los protocolos que maneja una entidad pública, por ejemplo, la ccss, por decirle algo, no se le puede negar la reubicación al trabajador?

Que pasa, si se presentan las constancias médicas, de la salud del trabajador, y por perjuicio de la unidad a la que pertenece el puesto, no pueden aprobar dicha reubicación y máxime si la funcionaria presenta un embarazo actualmente?

Gracias por la gentileza en atendernos.
 
no entiendo su pregunta, a que se refiere con reubicacion? sera cambio de lugar de trabajo? cambio de puesto? expliquese
 
Reubicación laboral

Es correcto! Reubicación laboral se refiere a cambio de lugar de trabajo dentro de una entidad pública, lo que viene siendo en su defecto, un cambio de puesto de igual categoría por situaciones de moobing.

En un caso de despido laboral, dentro del cual el MTSS absuelve a favor del trabajador, ya que no procede dicho despido. Por tanto, recomienda reubicación laboral, pero la entidad, pese a los diagnósticos asignados por los médicos especialistas tratantes, parece ser que no quieren proceder.
Según por prejuicio de la unidad que "pierde la plaza"....
 
sorry ahi q meta la cuchara ya q me interesa el tema pero no entiendo algo


la reubicación en lugar de despedir es a lo q se refiere? y de quien? de la trabajadora embarazada? los dictamenes medicos para determinar q?
 
Si hay una sentencia judicial, debe ejecutarla, bajo pena de desobediencia a la autoridad por parte del patrono, a quien le corresponda reubicarla. El asunto es más técnico, por eso se lo explico con palabras mas sencillas.
Lo otro es acudir a la Sala Const. con un amparo, para obligarlos a que la reubiquen, si esa fue la orden emitida por el MTSS
Suerte
HNRLAW
 

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