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Otra cosa, puede la constitución política contradecirse a sí misma? Por un lado aboga por la libertad de expresión, y por otro condena la libertad de expresión. O sea, o se es o no se es pero esto es absurdo. Voy a plantear un recurso de inconstitucionalidad a la Constitución Política.
En dos platos, creo que el TSE, al aplicar esta normativa, está infringiendo los derecho de libertad de expresión de Monseñor Ulloa.
Desconozco que análisis históricos se han hecho sobre la constitución de 1948, pero la norma refleja una concesión a la religión católica, que luego de su alianza con el calderonismo para las reformas de los años 40, amenazó con verse relegada. De ahí que puede ser contradictoria.
El artículo del partido Renovación hace una alusión bastante genérica a ideas religiosas, por ejemplo no habla de "cristianos evangélicos" o de alguna denominación en particular.
En cuanto al pronunciamiento del obispo de Cartago, por lo general las Iglesia Católica hace pronunciamientos el 1° de mayo, el 2 de agosto y antes de las elecciones generales, pero no tienen esa connotación "anti" determinados partidos. Por lo general son bastante genéricos, hablan de temas como "justicia social", valores cristianos o doctrina social de Iglesia. En este caso el abispo fue más allá y dio por un hecho que algunos partidos podían (¿el PAC? ¿Frente Amplio?) estar en contra de los valores de su iglesia en temas como las uniones gay o la píldora del día después, porque me parece que el aborto nadie lo está discutiendo o proponiendo.
No tiene que conocerlos tranquila, son unos maes ahi que andan con eso para ver quien les da pelota y si estan haciendo campañas , hay un tema en religion.
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Otra cosa, puede la constitución política contradecirse a sí misma? .
El que ideas de los partidos choquen con principios de religiones debe ser un punto mas a analizar a la hora de definir un voto(para los que así lo consideren), están en todo su derecho de hacerlo
No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clerigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas.
“Estamos frente a una campaña política en donde debemos escoger muy bien a quienes nos van a gobernar. Candidatos que niegan a Dios y defienden principios que van contra la vida, contra el matrimonio, contra la familia ya los estamos conociendo.
“Por lo tanto, debemos ser coherentes con nuestra fe y en conciencia no podemos darles un voto”
Y que tal si yo quiero votar por motivos religiosos? Si se puede de hecho, pero no se puede hacer propaganda con eso, algo flota.....
no. renovacion costarricense hace proselitismo directamente usando su mensaje cristiano. De acuerdo a lo que dice el articulo de la constitucion politica eso es ILEGAL. a ver si JEUDYX denuncia tambien a ese partido o queda como un hipócrita que lo que quiere más bien es atacar a la iglesia católica únicamente.
Sin embargo es curioso que la declaración de independencia menciona los términos Dios y creadorEl Congreso no legislará respecto al establecimiento de una religión o a la prohibición del libre ejercicio de la misma; ni impondrá obstáculos a la libertad de expresión o de la prensa; ni coartará el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios.
Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro, y tomar entre las naciones de la Tierra el puesto separado e igual al que las leyes de la naturaleza y del Dios de esa naturaleza le dan derecho, un justo respeto a las juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.
Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando cualquier forma de gobierno se vuelva destructora de estos principios, es el derecho del pueblo el reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos en dichos principios, y que organice sus poderes en forma tal que a ellos les parezca más probable que genere su seguridad y felicidad.
Machaca, en efecto, es una limitación a la libertad de expresión. De hecho el artículo 28 está en el capítulo de libertades individuales y la norma que infringió Ulloa es una de las salvedades que se hace a la libertad de expresión (que no es absoluta, igual uno no puede difamar y esperar quedar impune).
Sobre lo de los partidos cristianos, simplemente no llegó a mis manos ningún hecho concreto que permitiera plantear un recurso bien fundamentado, pero créame que en 4 años estaré con los ojos más abiertos.
A todo esto, todos los que han opinado ya leyeron la argumentación del recurso: http://www.humanismosecularcr.org/material/RecursodeAmparoelectoral.pdf y la ficha técnica de la resolución del TSE Tribunal Supremo de Elecciones: Resoluci ?
Digo, para hacerlo con bases.
Ya veo que usted ha invocado el tema los derechos humanos en al menos 497 ocasiones:Artículo 19.
- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
He aqui el detalle de porque Iglesia (cualquiera) y estado deberian ser dos temas TOTALMENTE por separado...!
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