Necesito ayuda en lo siguiente:
En el año 2004 me hicieron un embargo por una tarjeta de crédito que no pague por problemas laborales, bueno, resulta que mi fiador es un funcionario de los tribunales de justicia, me realizaron los embargos correspondientes y en conjunto con un abono extra, salimos en el 2005, inclusive por ese abono extra, ya se habia cubierto de más la deuda, así que la corte, le reintegro el dinero de más a mi fiador, bueno, resulta que mi fiador en ese momento como a todos le urgia que las cosas salieran rápido y por tener él acceso a los trámites, los realizo, trámito y notifico al abogado del banco el mismo día que estaba el cheque listo, inclusive con la sentencia de la corte del finiquito del proceso y por ende, el levantamiento del embargo...caso cerrado.
Ahora resulta que necesito realizar un gestión crediticia y en dos entidades que consulte, me indican que el banco reporto la fecha de cancelación de la deuda hasta el 2007, dos años despues.
De tal forma esos dos años me estan afectando para subir de nivel ante la sugef (pasar del 2 al 1), me apersono al banco con todos los documentos probatorios y estos me indican que lástimosamente el deposito de cancelación de hizo hasta el 2007, que talvez por problemas y atrasos del abogado, este retiro el cheque hasta ese momento.
No querian darme un listado de los movimientos, fue un mundo, pero me los dieron, fueron muy tajantes, pero se notaban nerviosos, como diciendo "que torta".
Así que con todo lo anterior, me quedan las siguientes dudas.
1-¿Porque si hipoteticamente el abogado retiro el cheque hasta el 2007, no me siguieron cobrando intereses moratorios por esos dos años?.
2.-¿Podre realizar algún trámite judicial en contra del banco?
3.-¿Al llevar el caso a la Sugef (con toda la documentación), trámitaran el ajuste o quién debe hacerlo?
4.-¿La defensoria del consumidor o la sala IV tienen algo que ver en estos trámites, para poner una denuncia por daños y perjuicios, es valedera?
5-¿Debemos pagar los clientes por inefiencias internas de las instituciones bancarias y su profesionales externos?
6.¿Que recomedación final, me darian sobre este caso, que estoy seguro, no es el único, ni último?
Gracias por su ayuda
En el año 2004 me hicieron un embargo por una tarjeta de crédito que no pague por problemas laborales, bueno, resulta que mi fiador es un funcionario de los tribunales de justicia, me realizaron los embargos correspondientes y en conjunto con un abono extra, salimos en el 2005, inclusive por ese abono extra, ya se habia cubierto de más la deuda, así que la corte, le reintegro el dinero de más a mi fiador, bueno, resulta que mi fiador en ese momento como a todos le urgia que las cosas salieran rápido y por tener él acceso a los trámites, los realizo, trámito y notifico al abogado del banco el mismo día que estaba el cheque listo, inclusive con la sentencia de la corte del finiquito del proceso y por ende, el levantamiento del embargo...caso cerrado.
Ahora resulta que necesito realizar un gestión crediticia y en dos entidades que consulte, me indican que el banco reporto la fecha de cancelación de la deuda hasta el 2007, dos años despues.
De tal forma esos dos años me estan afectando para subir de nivel ante la sugef (pasar del 2 al 1), me apersono al banco con todos los documentos probatorios y estos me indican que lástimosamente el deposito de cancelación de hizo hasta el 2007, que talvez por problemas y atrasos del abogado, este retiro el cheque hasta ese momento.
No querian darme un listado de los movimientos, fue un mundo, pero me los dieron, fueron muy tajantes, pero se notaban nerviosos, como diciendo "que torta".
Así que con todo lo anterior, me quedan las siguientes dudas.
1-¿Porque si hipoteticamente el abogado retiro el cheque hasta el 2007, no me siguieron cobrando intereses moratorios por esos dos años?.
2.-¿Podre realizar algún trámite judicial en contra del banco?
3.-¿Al llevar el caso a la Sugef (con toda la documentación), trámitaran el ajuste o quién debe hacerlo?
4.-¿La defensoria del consumidor o la sala IV tienen algo que ver en estos trámites, para poner una denuncia por daños y perjuicios, es valedera?
5-¿Debemos pagar los clientes por inefiencias internas de las instituciones bancarias y su profesionales externos?
6.¿Que recomedación final, me darian sobre este caso, que estoy seguro, no es el único, ni último?
Gracias por su ayuda