recuperadora de credito

Estimados amigos, tengo un caso, en el que creo y estoy siendo objeto de una injusticia. Resulta que en octubre del 2003, compré unos artículos con Casa Blanca, mismos que me serían deducidos por medio de planilla, laboraba para el MEP. OK, todo bien, firmé una letra de cambio por 184.000 colones y un documento en donde autorizaba a casa blanca a que dedujeran de mi salario la cuota mensual. Pues resulta que hace quince días llamaron al celular de mi padre, indicandole que yo tenia una deuda pendiente con casa blanca, y que hiciera un arreglo de pago porque si no me embargarían, llamo y me indican que son una recuperadora de credito, INVERCON. Me dicen que nunca pudieron realizar la deduccion de planilla y que por lo tanto les adeudo por concepto de deuda mas intereses de casi seis años 350.000 colones. Resulta que en este momento no tengo trabajo, solo mi esposa, que por sierto es la fiadora o sea igual me enbargarian carro moto, casa, ya que estan a nombre de ella, mi pregunta es legal eso que hacen de esperar a que pase tanto tiempo de una deuda sin notificarlo a uno para ganarse los intereses, será que puedo recurrir a alguna instancia que me pueda ayudar y si es asi cual.Gracias por los consejos que me brinden.
PD. Les ofresí cancelar el monto total de la letra de cambio y no accedieron, que eran los 350.000 o embargo.
 
Hola orly2070, te doy mi punto de vista de este caso: Casi siempre estas distribuidoras de electròdomesticos llamese Casa Blanca, El Verdugo, Gollo etc, trabajan de esa manera, ellos te venden los artìculos, te dan el crèdito y si puede cobrarte te cobran y si no pasan a una recuperadora como es su caso. Ahora bien, ud en alguna colilla o planilla vio reflejado el cobro, se lo rebajaron alguna vez?? Talvez el MEP recibio aviso que ud autorizaba el rebajo y nunca lo hicieron efectivo, me parece que por ahì podrìa empezar, si Casa Blanca nunca enviò aviso al MEP del rabajo o si el MEP hizo caso omiso?? Le hago esta consulta, porque en un eventual proceso judicial esto es un punto importante.
Segun ud cuenta la deuda es del 2003, hace 6 años, por ende hay que verificar a partir de cuado ellos empiezan el proceso de cobro, los intereses moratoratorios tienen vigencia para cobro de un año, por ende la ley establece que la prescripciòn de interese moratorios es un año. Sin embargo debo decir que esto aplica una vez que se haya establecido el proceso judicial, ud puede alegar la prescripcòn, pero si ud llega a un arreglo de pago con ellos, no le van a plicar la prescripciòn, obvio porque no les conviene. La "ventaja" de llegar a un arreglo es que su expediente crediticio no se ve manchado por un embargo y ademàs ellos no podran embargarlo porque ya se establecio un arreglo, siempre y cuando ud lo cumpla porsupuesto.

Saludos
 
Nunca notó que no le rebajaban el salario??
dudo mucho que sea legal lo que dicen porque es un problema de ellos, le recomiendo que acuda a la defensoria del consumidor
 
Bueno, muchas gracias por sus consejos, y en realidad no note si me hicieron rebajo, ya que para esa época tuve que hacer varios créditos por asuntos personales y además recibí algunos aumentos, o sea no pude tener un panorama muy claro de si me rebajaron, yo asumí que sí. Como les digo, yo estoy de acuerdo en cancelarles lo que dice la letra de cambio, y hasta un año de intereses, pero creo que cinco años y resto, es un abuso de parte de ellos, porque los que incurrieron en el error fueron ellos, porque no asumen su incompetencia y falta de gestión administrativa, no que lindo que sea el cliente el que tenga que pagar por sus errores. Bueno gracias creo que me han llenado de valor y veo que no soy el único que creo que ellos estan actuando de forma lasiva y mal intencionada, voy a buscar asesoría. les informo. gracias
 

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