Hola Abogado en linea,
Mi abogada anterior esta imposible de localizar este mes, y tengo una duda a la cual no puede esperar que pase semana santa, ya que tengo que responderle a mi trabajo acerca de lo siguiente.
Actualmente yo trabajo en Mercadeo enlinea y trabajo desde casa via internet para una compania extranjera. Hace poco mi compania me ofrecio un paquete de traslado para trabajar desde Buenos Aires Argentina, ya que me jefe se esta mudando para alli esta semana. Es una oportunidad muy buena para dejar pasar, que beneficiara a mi y a mi hijo muchisimo.
Yo soy madre soltera, mi hijo tiene 8 yrs, los dos somos de nacionalidad dual (USA/CR) y tuve a mi hijo fuera del matrimonio en USA en el 2000 con un estadounidense. Desde que mi hijo tenia 18 meses nos vinimos para CR, asi separandonos del padre de el, debido a una muy mala relacion con el y tambien pq el abusaba de drogas y no aportaba nada al hogar.
Desde que llegue a CR en el 2002 me otorgaron la guardia y crianza de mi hijo, ya que el padre del el estaba amenazando con venir a robarlo y llevarselo a USA. Le pusimos orden de pension alimenticia aqui en CR, para la cual el nunca ha aportado nada. El tampoco ha intentado venir al pais, ya que sabe que tiene orden de pension sobre el. Desde el 2003 el dejo de amenazarnos y no volvio a mostar ningun interes en su hijo. Y desde el 2005 no tenemos contacto con el de ningun tipo. No sabemos su paradero actual, solo rumores ocasionales de antiguos amigos de el.
El problema que tengo ahorita, como te puedes imaginar, es que el PANI e immigracion no me deja salir del pais con mi hijo libremente. Tengo que tener autorizacion del padre, que nunca esta ni esta localizable actualmente. Dicen que para yo poder viajar sola con mi hijo tengo que tener la COMPLETA Patria Potestad. Pero como hago para obtener eso?? Es posible que me den a mi el 100% de la potestad? Cuanto dura ese proceso aproximadamente y cree ud. que mi caso califique para que me lo den? Adonde tengo que aplicar para que me den a mi la patria potestad completa?
Yo me lei el codigo de familia ahorita (no fue facil leerme todo eso!!) y lo que entendi es que solo lo transfieren o suspenden por cosas extremas como muerte, amenaza o abuso al nino, y habia una parte que menciono que por ausencia tambien se puede suspender/eliminar...pero como no entendi muy bien todo lo que decia el codigo, queria saber su opinion y guia sobre este asunto.
Otra cosa que hay que tener en cuenta, es que mi hijo tiene un problema del desarollo cognitivo, parte del espectro de enfermedades del Autismo, que se llama Sindrome de Asperger's. En CR no hay muchas opciones para tratamiento y solo 1 escuela que ha tenido alumnos con Asperger's. El esta en esa escuela, pero aun alli no le dan la atencion y cuidado que el necesita ya que en este pais no hay maestros, sicologos y terapuetas especializados en este sindrome. Entonces mi hijo sufre injustamente por la ignorancia de muchos.
Ahora, en Argentina, es todo lo contrario. De hecho el sicologo actual recomienda que nos mudemos alli ya que para mi hijo, seria lo maximo y recibira el mejor tratamiento y con escuelas especializadas de todo latinoamerica. Actualmente solo USA y Argentina tienen un programa asi de avanzado para Asperger's (que por ley en estos paises, el Asperger's representa una discapacidad de por vida, entonces hay leyes que protegen y derechos de cuidado y tratamiento. Aqui no existe eso.)
Te explico todo esto del Asperger's pq esas son mis principales razones para irme, y no se si pueden influir un poco en la decision de la corte de familia o si no tendran ninguna influencia. Realmente no conozco tanto las leyes de CR como las de USA entonces cualquier guia o ayuda que ud. me pueda dar se lo agradeceria montones!!
Espero con ansias su respuesta y espero que pase feliz Semana Santa!
Saludos,
Azurialyn.
Mi abogada anterior esta imposible de localizar este mes, y tengo una duda a la cual no puede esperar que pase semana santa, ya que tengo que responderle a mi trabajo acerca de lo siguiente.
Actualmente yo trabajo en Mercadeo enlinea y trabajo desde casa via internet para una compania extranjera. Hace poco mi compania me ofrecio un paquete de traslado para trabajar desde Buenos Aires Argentina, ya que me jefe se esta mudando para alli esta semana. Es una oportunidad muy buena para dejar pasar, que beneficiara a mi y a mi hijo muchisimo.
Yo soy madre soltera, mi hijo tiene 8 yrs, los dos somos de nacionalidad dual (USA/CR) y tuve a mi hijo fuera del matrimonio en USA en el 2000 con un estadounidense. Desde que mi hijo tenia 18 meses nos vinimos para CR, asi separandonos del padre de el, debido a una muy mala relacion con el y tambien pq el abusaba de drogas y no aportaba nada al hogar.
Desde que llegue a CR en el 2002 me otorgaron la guardia y crianza de mi hijo, ya que el padre del el estaba amenazando con venir a robarlo y llevarselo a USA. Le pusimos orden de pension alimenticia aqui en CR, para la cual el nunca ha aportado nada. El tampoco ha intentado venir al pais, ya que sabe que tiene orden de pension sobre el. Desde el 2003 el dejo de amenazarnos y no volvio a mostar ningun interes en su hijo. Y desde el 2005 no tenemos contacto con el de ningun tipo. No sabemos su paradero actual, solo rumores ocasionales de antiguos amigos de el.
El problema que tengo ahorita, como te puedes imaginar, es que el PANI e immigracion no me deja salir del pais con mi hijo libremente. Tengo que tener autorizacion del padre, que nunca esta ni esta localizable actualmente. Dicen que para yo poder viajar sola con mi hijo tengo que tener la COMPLETA Patria Potestad. Pero como hago para obtener eso?? Es posible que me den a mi el 100% de la potestad? Cuanto dura ese proceso aproximadamente y cree ud. que mi caso califique para que me lo den? Adonde tengo que aplicar para que me den a mi la patria potestad completa?
Yo me lei el codigo de familia ahorita (no fue facil leerme todo eso!!) y lo que entendi es que solo lo transfieren o suspenden por cosas extremas como muerte, amenaza o abuso al nino, y habia una parte que menciono que por ausencia tambien se puede suspender/eliminar...pero como no entendi muy bien todo lo que decia el codigo, queria saber su opinion y guia sobre este asunto.
Otra cosa que hay que tener en cuenta, es que mi hijo tiene un problema del desarollo cognitivo, parte del espectro de enfermedades del Autismo, que se llama Sindrome de Asperger's. En CR no hay muchas opciones para tratamiento y solo 1 escuela que ha tenido alumnos con Asperger's. El esta en esa escuela, pero aun alli no le dan la atencion y cuidado que el necesita ya que en este pais no hay maestros, sicologos y terapuetas especializados en este sindrome. Entonces mi hijo sufre injustamente por la ignorancia de muchos.
Ahora, en Argentina, es todo lo contrario. De hecho el sicologo actual recomienda que nos mudemos alli ya que para mi hijo, seria lo maximo y recibira el mejor tratamiento y con escuelas especializadas de todo latinoamerica. Actualmente solo USA y Argentina tienen un programa asi de avanzado para Asperger's (que por ley en estos paises, el Asperger's representa una discapacidad de por vida, entonces hay leyes que protegen y derechos de cuidado y tratamiento. Aqui no existe eso.)
Te explico todo esto del Asperger's pq esas son mis principales razones para irme, y no se si pueden influir un poco en la decision de la corte de familia o si no tendran ninguna influencia. Realmente no conozco tanto las leyes de CR como las de USA entonces cualquier guia o ayuda que ud. me pueda dar se lo agradeceria montones!!
Espero con ansias su respuesta y espero que pase feliz Semana Santa!
Saludos,
Azurialyn.