Consideraciones
Al respecto, estos son algunos aspectos que me agradaría comentar sobre este tema:
Motitoreo vs Privacidad:
Particularmente, la inseguridad ha llevado a muchos a sugerir el monitoreo como mecanismo de garantía de juzgamiento, es decir, que el monitoreo no evita ni impide la comisión de actos delictivos, solamente proporciona elementos probatorios para lograr llevar a juicio y eventualmente condenarle por el delito; sin embargo, al monitorearnos, dejamos en el camino el derecho intrínseco de todo ser humano, a resguardar nuestra privacidad, lo cual, para algunos, puede convertirse en un arma de doble filo pues, nada ni nadie garantiza el correcto uso de estas herramientas de "seguridad".
Por opinión, no dudo que habrán muchísimos -en cuenta quien redacta-, que estarían dispuestos a ceder privacidad por seguridad, sin embargo, que nos garantiza que esa intromisión no podrá ser usada en mi perjuicio, convirtiéndonos todos en claros objetivos de los antisociales. Entonces, el tema de la violación de la privacidad, tiene dos cuestionamientos para la discusión: 1ro: Es una mecanismo que proporcione seguridad a la sociedad?, y 2do: Quien administrará esa infracción al derecho humano de privacidad, de lo que se deriva también, Quien garantizará que no seré blanco de otros delincuentes?
Localización de registrados: No debemos olvidar que los famosos brazaletes únicamente servirán para ubicar a personas sobre las que se les ha comprobado la participación en hechos delictivos, sin que esto erradique las causas del surgimiento de nuevos criminales.
Imputabilidad: Es imputable, aquel que además de haber cometido un delito, no se encuentre, digamoslo de modo simple, exento de ser juzgado por razones legales, como lo sería la legitima defensa o el estado de conmoción violenta. pero para ser juzgado, previamente, debió cometerse un delito. Entonces, con los brazaletes, si a cada delincuente le es implantado uno, sea externo o bajo alguna de sus capaz de piel, solamente se le marcaría para efectos de localización, pero ninguna autoridad podría realizar ninguna acción si previamente el sujeto monitorieado no realiza ningún acto delictivo, lo que nos devuelve al primer punto, el brazalete solo serviría para demostrar la ubicación del sujeto en un espacio/tiempo determinado, nada más.
Derecho humano - Libertad de tránsito: Agregado a lo anterior, todo sujeto, libre por derecho o por concesión de la ley posterior a la comisión de un delito, puede trasladarse de un lugar a otro sin restricción alguna, salvo en aquellos casos sobre los que pese alguna orden judicial que así lo impida (Medidas cautelares en asuntos de violencia, juicios penales o meras contravenciones por agresión o amenazas), lo que sustenta lo dicho líneas arriba, y si llegara a aprobarse la utilización de estos mecanismos, la misma Sala Constitucional echaría abajo el proyecto, esto sin tomar encuentra algunas otras violaciones a derechos humanos fundamentales que podrían estarse violando, como la segregación social y la discriminación.
Principio de inocencia: Nos guste o no, somos inocentes de cualquier delito que se nos acuse hasta tanto no se demuestre en juicio formal lo contrario. Si se monitorea a un sujeto, sea o no de reconocida carrera delictiva, se debe presumir su inocencia en todo momento, por lo que nadie podría violentar su derecho al libre transito, entonces, no es delincuente hasta tanto no se le demuestre su autoría, y por lógica, no podría obligarsele a portar el brazalete o chip gps de localización .
Violencia Domestica: En mi humilde entender, es en éste caso, y en otros tales como ante medidas de cautelares de restricción al libre tránsito -como en las amenazas- en donde mejores resultados se pueden obtener, sobre todo si el monitoreo conlleva una diligente labor de parte de las comandancias de policía a efecto de intervenir y procesar inmediatamente al infractor de la orden de protección, de lo contrario seguiriamos frente a una herramienta de localización de espacio/tiempo.
A modo de conclusión, como miembros de nuestra sociedad debemos recordar que estas medidas, no proporcionan seguridad, y que la seguridad va de la mano con factores cuya problemática se encuentran en manos de nuestros gobiernos, tales como economía, educación, y formación social. Esto último, comprende además, la educación a los niños y niñas como eventuales miembros de un grupo familiar, la erradicación del machismo, la penalización severa de cualquier acto violento e incluso, la intervención por imperio de Estado, sobre las personas sumidas en ciclos de violencia, drogadicción, o cualquier otro abuso. Claro está, estos son temas que requieren una muy profunda discusión y un exhaustivo análisis, siempre considerando el eterno limite a cualquier buena intención, como lo es la carencia de recursos económicos, y la falta de deficinión de metas de país, no partidarias, sino simplemente costarricense.