a verdad no entiendo si tiene ganas de apearse todo el lugar vaya a la alcaldía de Santa Cruz
No porque si ud lee mis respuestas aqui hablo de un plan regulador, asi que no venga con esas habladas de que me quiero "apear todo" ...a nadie engaña.
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a verdad no entiendo si tiene ganas de apearse todo el lugar vaya a la alcaldía de Santa Cruz
No porque si ud lee mis respuestas aqui hablo de un plan regulador, asi que no venga con esas habladas de que me quiero "apear todo" ...a nadie engaña.
CAPITULO IIIZona PúblicaArtículo 20.- Salvo las excepciones establecidas por la ley, la zona publica no puede ser objeto de ocupación bajo ningún título ni en ningún caso. Nadie podrá alegar derecho alguno sobre ella. Estará dedicada al uso público y en especial al libre tránsito de las personas. Las entidades y autoridades que indica el artículo 18 deberán dictar y hacer cumplir las disposiciones necesarias para garantizar el libre y seguro tránsito de las personas y el uso público de esta zona.
Artículo 21.- Se exceptúan de lo anterior aquellas secciones que por su configuración geográfica, su topografía o sus condiciones especiales, no puedan aprovecharse para uso público, en cuyo caso se autorizará su desarrollo por la municipalidad respectiva y el Instituto Costarricense de Turismo, siempre que no se enajenen y se establezca una zona de libre tránsito que facilite el uso y disfrute públicos de las playas, riscos y esteros y se garantice la seguridad de los peatones.
Artículo 22.- En la zona pública no se permitirá ningún tipo de desarrollo, excepto las obras de infraestructura y construcción que en cada caso aprueben el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Instituto Costarricense de Turismo, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y la respectiva Municipalidad, atendiendo al uso público a que se destinen, o que se trate del establecimiento y operación de instalaciones turísticas estatales de notoria conveniencia para el país.
Cuando el tipo de desarrollo se refiera a esteros o manglares, o puedan afectarse éstos, se requerirá el criterio técnico del Ministerio de Agricultura y Ganadería sobre las consecuencias en las condiciones ecológicas de dichos lugares.
Artículo 23.- El Estado o las municipalidades deberán construir vías, para garantizar el acceso a la zona pública.
Se declara de interés público toda vía de acceso existente o que se origine en el planeamiento del desarrollo de la zona pública y procederá su expropiación. Pero si se trata de inmuebles que estuvieren con restricciones específicas para vías públicas a favor del Estado o sin inscribir en el Registro Público, bastará que sean declarados de libre tránsito mediante decreto ejecutivo.
Artículo 24.- Si por causas naturales variare la topografía del terreno con el consiguiente cambio en las distancias y por ese motivo una construcción o instalación resultare ubicada dentro de la zona pública, el propietario conservará sus derechos pero no podrá efectuar refacciones ni remodelaciones. Se procurará su traslado a la zona restringida o su alineación a ella, con ayuda que se autoriza de la respectiva municipalidad o del Instituto Costarricense de Turismo si se tratare de persona de escasos recursos económicos. De no ser posible lo anterior, procederá su expropiación.
Artículo 25.- En el caso de fincas debidamente inscritas en el Registro Público, que comprendan parcial o totalmente la zona pública, el uso particular de las mismas sólo se permitirá de conformidad con acuerdos expresos de la respectiva municipalidad, el Instituto Costarricense de Turismo y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
LEY 6043 - Buscar con Google
Resumen de pronunciamientos
http://www.hacienda.go.cr/centro/datos/Ley/Ley 6043-Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre.DOC
San José (Redacción).En el marco del Día de la Tierra, un equipo internacional de científicos reveló hoy un estudio que urge al país a evitar el desarrollo inmobiliario turístico en la costa del Pacífico de Costa Rica, especialmente en la Península de Osa, zona que alberga el 2,5% de la biodiversidad del planeta.
El informe fue elaborado por nacionales con el apoyo de científicos del Center for Responsible Travel (CREST), institución sin fines de lucro que tiene sede en la Universidad de Stanford de EE.UU.
Según el reporte, publicado en www.responsibletravel.org , la proliferación de hoteles y urbanizaciones de grandes dimensiones en toda la línea de la costa está ocurriendo de forma “desordenada” lo que derivará en serios problemas ambientales como deslizamientos, contaminación, deterioro de los ecosistemas (manglares, arrecifes y bosques), así como la carencia de agua potable, entre otros.
La mayor explosión de infraestructura turística se ha producido en Guanacaste, pero que cada vez se está haciendo “más común” también en el Pacífico Sur del país, recalca el documento.
El estudio denuncia que Costa Rica cuenta con pocos planes reguladores de territorio y escaso ordenamiento territorial. Destaca también que existen más de 35 instituciones y municipios en el Pacífico del país que están involucradas con el otorgamiento de permisos para el desarrollo inmobiliario, pero que existe una pésima o nula coordinación entre ellas.
Finalmente, el informe titulado “Impacto del Desarrollo Asociado al Turismo en la Costa Pacífica de Costa Rica” emitió diez recomendaciones, entre las cuales figura desechar completamente la idea de construir un aeropuerto internacional en la Península de Osa.
Una pregunta, sacando un poco de la lado el tema del parque de las baulas, pero no se supone que por ley no se pueden hacer este tipo de construcciones en cualquier playa del país:
Nada de esto tiene que ver con la zona publica, nada , 0.
Por eso que se han visto casos de personas o negocios que están en estas zonas a las que se les obliga a irse del lugar, si se apropiaron de la zona de manera igual, y no para los fines que establece el estado,LEY 6043 - Buscar con Google
Artículo 10.- La zona marítimo terrestre se compone de dos secciones: la ZONA PUBLICA, que es la faja de cincuenta metros de ancho a contar de la pleamar ordinaria, y las áreas que quedan al descubierto durante la marea baja; y la ZONA RESTRINGIDA, constituida por la franja de los ciento cincuenta metros restantes, o por los demás terrenos en caso de islas.
Los islotes, peñascos y demás áreas pequeñas y formaciones naturales que sobresalgan del mar corresponden a la zona pública.
Artículo 11.- Zona pública es también, sea cual fuere su extensión, la ocupada por todos los manglares de los litorales continentales e insulares y esteros del territorio nacional.
Artículo 12.- En la zona marítimo terrestre es prohibido, sin la debida autorización legal, explotar la flora y fauna existentes, deslindar con cercas, carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o instalaciones, cortar árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo de desarrollo, actividad u ocupación.
Artículo 13.- Las autoridades de la jurisdicción correspondiente y las municipalidades respectivas, tan pronto tengan noticia de las infracciones a que se refieren los dos artículos anteriores procederán, previa información levantada al efecto si se estimare necesaria, al desalojo de los infractores y a la destrucción o demolición de las construcciones, remodelaciones o instalaciones realizadas por aquellos, sin responsabilidad alguna para la autoridad o la municipalidad. El costo de demolición o destrucción se cobrará al dueño de la construcción o instalación. Todo lo anterior sin perjuicio de las sanciones penales que procedan.
INTERPRETADO por resolución de la Sala Constitucional No. 5756-96, de las 14:42 horas del 30 de octubre de 1996.
.....
Artículo 19.- Hasta tanto no se produzca la respectiva declaratoria de aptitud turística, no podrán autorizarse obras ni construcciones, reconstrucciones o remodelaciones, de ninguna clase, en la zona marítimo terrestre.
Pero las construcciones que he visto allí están prácticamente en la playa, en otras palabras son riquísimas, uno se queda allí, a la mañana va y camina por toda la playa,jajajajaja, pero en serio no se supone que respetaban la zona publica y la zona restringida,
jajajajajajajaDeje de batear y deje de estar enredando el tema.![]()
Aún no entiendo como hay gente que le encanta defender este tipo de situaciones, que lo único que hacen es darle vuelta a lo que el mundo cree " Costa Rica: Verdes y Ecologicos" cuando en realidad no hacen nada para defender la naturaleza.
Apenas vi esto en el Twitter de Rene Castro me cai de la silla: "Tenemos más del 25% del territorio bajo varios sistemas de protección pero menos del 1% de nuestros mares. Baulas no debe degradarse." Creo que Peyistez debe estar viendo como compra un pasaje para irse a Hong Kong despues de darse cuenta que el futuro gobierno resulto ser mas figuerista y tradicionalista que arista. Esto esta que calienta apenas.
El plan B es dejar el parque como un refugio de uso mixto, con un plan regulador orientado a la proteccion de las pocas tortugas que todavia llegan ( menos de 50 ) , asi se invloucra a los vecinos en el proyecto.
De verdad cree que un plan regulador va ha ser respetado?????
Mae como que usted le ve poco futuro ha esta especie!!!!!
Apenas vi esto en el Twitter de Rene Castro me cai de la silla: "Tenemos más del 25% del territorio bajo varios sistemas de protección pero menos del 1% de nuestros mares. Baulas no debe degradarse." Creo que Peyistez debe estar viendo como compra un pasaje para irse a Hong Kong despues de darse cuenta que el futuro gobierno resulto ser mas figuerista y tradicionalista que arista. Esto esta que calienta apenas.
Diay compa con solo que las tortugas vean 4 luces, desvian su curso hacia quien sabe donde. Vea como era las baulas hace apenas 10 años y como es ahora. No es ningun cancun pero lo que se ha construido es suficiente para que las tortugas desvien su curso por las luces.Los mismos que van a hacer respetar el plan regulador son los mismos que van a hacer respetar el Parque nacional.
La especie tiene poco futuro, hace 5 años llegaban 300 tortugas y el ultimo año solo 50, muchas se mueren en redes mar adentro, nada que el Parque vaya a cambiar.
Diay compa con solo que las tortugas vean 4 luces, desvian su curso hacia quien sabe donde. Vea como era las baulas hace apenas 10 años y como es ahora. No es ningun cancun pero lo que se ha construido es suficiente para que las tortugas desvien su curso por las luces.
No hay ninguna seguridad de nada, ni con parque ni con refugio, ya que el problema es en alta mar.Para asegurar un futuro a las tortugas baulas
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