Abandono de hogar y pensión

Buenas tardes

Desde hace varios meses la doña y yo hemos tenido muchas broncas, y ayer me mando un mensaje que me fuera de la choza. Tengo un hijo de 2 años y 6 meses al que voy a seguir viendo espero, y al que voy a seguir colaborando para su manutención y todo lo que él necesite.

Pero me he dado cuenta que la doña quiere pedir pensión para ella también, y si eso pasa voy a tener muchos problemas económicos ya que no voy a poder alquilar en otro lado y no tengo donde ir. Qué hago? me quedo en la choza para que ella no pueda pedirme pensión para ella? y si me voy aunque ella me haya echado ella puede alegar que yo hice abandono de hogar y meterme la pensión? yo a mi hijo le doy lo que él necesite y hasta más, pero a ella no puedo pagarle una pensión, ella no trabaja porque acordamos que mientras mi hijo fuera pequeño era mejor que lo cuidara su mamá.

Me da taco irme y que diga que yo la dejé botada y como en Costa Rica la lay protege a la mujer y al hombre que lo parta un rayo en dos, no se que hacer.

Llamé a un consultorio jurídico de la ucr a ver si podía sacar cita, pero esa vara es como la caja, hay que ir a hacer filas a ver si lo atienden y yo en el brete no me puede safar tan fácil.

Muchas gracias a los que me puedan ayudar.
 
Para pedir pensión necesitará ella demostrar una convivencia de por lo menos tres años. Demostrar es lo jodido, pues, necesitará pruebas y no es tan fácil.
Dicho esto, si usted está nada más por la inminente pensión mejor vaya a vivir tranquilo, la del niño si ya lo reconoció y es su hijo no hay quite.
Por la de ella, no se adelante, vea si en realidad la pide, y en dicho caso se defenderá indicando que no es acreedora del derecho dado el no cumplimiento del tiempo de convivencia.
 
Para pedir pensión necesitará ella demostrar una convivencia de por lo menos tres años. Demostrar es lo jodido, pues, necesitará pruebas y no es tan fácil.
Dicho esto, si usted está nada más por la inminente pensión mejor vaya a vivir tranquilo, la del niño si ya lo reconoció y es su hijo no hay quite.
Por la de ella, no se adelante, vea si en realidad la pide, y en dicho caso se defenderá indicando que no es acreedora del derecho dado el no cumplimiento del tiempo de convivencia.

Hijo de 30 meses mas 9 meses de gestación mas algún noviazgo posiblemente sean mas de 36 meses juntos :idea:
 
Para pedir pensión necesitará ella demostrar una convivencia de por lo menos tres años. Demostrar es lo jodido, pues, necesitará pruebas y no es tan fácil.
Dicho esto, si usted está nada más por la inminente pensión mejor vaya a vivir tranquilo, la del niño si ya lo reconoció y es su hijo no hay quite.
Por la de ella, no se adelante, vea si en realidad la pide, y en dicho caso se defenderá indicando que no es acreedora del derecho dado el no cumplimiento del tiempo de convivencia.


¿A alguien se le ha ocurrido preguntar si están casados?. con un hijo de esa edad y el adjetivo "doña", yo asumo que si están casados. Por esa razón, sobra ofrecer respuestas que tengan que ver con si tiene o no tres años o más de convivencia. Eso es embarrialar la cancha, o sea, hacer enredo donde no debe haberlo.

Aquí el asunto es sobre si se va o no de la casa, y el asunto de la pensión:

1) La pensión se la pueden meter aunque no se vaya de la casa. Tanto para el niño como para la vieja, ya que indica que dejó de trabajar por acuerdo mutuo para dedicarse a la cria del menor. Ese acuerdo SI ES VINCULANTE para otorgar pensión a la mujer. Al niño ni se pregunta.

2) Sobre la salida de la casa, creo que aquí hay que tener claros varios puntos: ¿de quién es la casa? (PRESTADA, PROPIA, DE UN FAMILIAR, ALQUILADA, COMPRADA AL CONTADO, HIPOTECADA, EN POSESIÓN, ETC). Lo que se debe aclarar es qué pasa con los gastos de la casa (pago de hipotecas, alquileres, impuestos, etc) si los hay, una vez que el hombre haya salido de la misma.

Amigo, le aconsejo hacer la fila en los consultorios jurídicos, o al menos tratar de contratar un abogado para que por lo menos le asesore en estos puntos.
 
¿A alguien se le ha ocurrido preguntar si están casados?. con un hijo de esa edad y el adjetivo "doña", yo asumo que si están casados. Por esa razón, sobra ofrecer respuestas que tengan que ver con si tiene o no tres años o más de convivencia. Eso es embarrialar la cancha, o sea, hacer enredo donde no debe haberlo.

Aquí el asunto es sobre si se va o no de la casa, y el asunto de la pensión:

1) La pensión se la pueden meter aunque no se vaya de la casa. Tanto para el niño como para la vieja, ya que indica que dejó de trabajar por acuerdo mutuo para dedicarse a la cria del menor. Ese acuerdo SI ES VINCULANTE para otorgar pensión a la mujer. Al niño ni se pregunta.

2) Sobre la salida de la casa, creo que aquí hay que tener claros varios puntos: ¿de quién es la casa? (PRESTADA, PROPIA, DE UN FAMILIAR, ALQUILADA, COMPRADA AL CONTADO, HIPOTECADA, EN POSESIÓN, ETC). Lo que se debe aclarar es qué pasa con los gastos de la casa (pago de hipotecas, alquileres, impuestos, etc) si los hay, una vez que el hombre haya salido de la misma.

Amigo, le aconsejo hacer la fila en los consultorios jurídicos, o al menos tratar de contratar un abogado para que por lo menos le asesore en estos puntos.
100% de acuerdo... Hay que romper ese mito urbvano de que la pensión solo procede si uno está fuera de la casa.
 
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¿A alguien se le ha ocurrido preguntar si están casados?. con un hijo de esa edad y el adjetivo "doña", yo asumo que si están casados. ...
Aquí el asunto es sobre si se va o no de la casa, y el asunto de la pensión:

1) La pensión se la pueden meter aunque no se vaya de la casa. Tanto para el niño como para la vieja, ya que indica que dejó de trabajar por acuerdo mutuo para dedicarse a la cria del menor. Ese acuerdo SI ES VINCULANTE para otorgar pensión a la mujer. Al niño ni se pregunta.

2) Sobre la salida de la casa, creo que aquí hay que tener claros varios puntos: ¿de quién es la casa? (PRESTADA, PROPIA, DE UN FAMILIAR, ALQUILADA, COMPRADA AL CONTADO, HIPOTECADA, EN POSESIÓN, ETC)....
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Bueno, yo asumo que está juntado, doña se le dice a la mujer con la que uno convive, dada la situación actual es más lógico suponer que "sombras" esta juntado, el matrimonio viene en descenso.
Con respecto a lo otro el ya dijo que alquila, y cree no va poder alquilar en otro lado con las pensiones que cree le van a poner.
Que sea él quien aclare.
 
¿A alguien se le ha ocurrido preguntar si están casados?. con un hijo de esa edad y el adjetivo "doña", yo asumo que si están casados. Por esa razón, sobra ofrecer respuestas que tengan que ver con si tiene o no tres años o más de convivencia. Eso es embarrialar la cancha, o sea, hacer enredo donde no debe haberlo.

Aquí el asunto es sobre si se va o no de la casa, y el asunto de la pensión:

1) La pensión se la pueden meter aunque no se vaya de la casa. Tanto para el niño como para la vieja, ya que indica que dejó de trabajar por acuerdo mutuo para dedicarse a la cria del menor. Ese acuerdo SI ES VINCULANTE para otorgar pensión a la mujer. Al niño ni se pregunta.

2) Sobre la salida de la casa, creo que aquí hay que tener claros varios puntos: ¿de quién es la casa? (PRESTADA, PROPIA, DE UN FAMILIAR, ALQUILADA, COMPRADA AL CONTADO, HIPOTECADA, EN POSESIÓN, ETC). Lo que se debe aclarar es qué pasa con los gastos de la casa (pago de hipotecas, alquileres, impuestos, etc) si los hay, una vez que el hombre haya salido de la misma.

Amigo, le aconsejo hacer la fila en los consultorios jurídicos, o al menos tratar de contratar un abogado para que por lo menos le asesore en estos puntos.


concuerdo con la mayoria, igual hay varias cosas

si se vade la casa si podría alegar abandono, efectivamente la pensión de los hijos es innegable la de su señora depende de varios factores, trabaja??? o solo esta en la casa, hay q efectivamente aclarar cual es su estado civil, casado , juntado con mas de 3 años

si la doña lo quiere lo quiere sacar a la brava nada mas de meterle una denuncia por violencia domestica psicológica y solicitarla medida cautelar, es casi de fijo que se la dan, no se preste a madrearse por mensajes o correos , que le suma prueba , igual usted podría aplicarle esta jugada eso depende de las pruebas y si se la quiere jugar

si la cosa ya esta muy fea y esta un 99% seguro que la doña le va a meter la pensión, y usted quiere hacerse responsable por los wilas, trate de adelantarse y métase usted una propia pensión, muchas veces hago esto con los clientes y como usted es el que la pone pone el monto que usted cree que pueda pagar , esto para que después no le metan una pensión provisional que sea impagable

saludos
 

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