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Mae no sabía esoEl usufructo se extingue con la muerte del usufructuario (su mamá) si fue establecido de forma vitalicia como normalmente se hace. De no ser vitalicio es por un plazo determinado pero siempre terminaría con la muerte del usufructuario. Asumo que la nuda propiedad la tiene su padrastro, es decir, él es el dueño de la propiedad, ya que su mamá lo que tiene es el uso, goce y disfrute del bien durante el tiempo que dure el usufructo. Que significa lo anterior, que su mamá no le puede heredar ni a usted ni a nadie el usufructo ya que la figura del usufructo sucesivo está prohibido en Costa Rica en el artículo 336 del Código Civil. Se lo podría traspasar a usted o a cualquier otra persona pero igual el derecho se extingue, se acaba en el momento en que el usufructuario original muere. Entonces si, al momento de morir su mamá el dueño de la propiedad (sea su padrastro o cualquier otro) lo va a poder sacar de la casa.
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