inspector del ministerio de trabajo

Dr. Rajesh Koothrappali

El Daddy Cr (ddduuuuuhhhh
Forero Regular
quisiera saber si hay alguna posibilidad de que algún inspector o algo así del ministerio de trabajo puede llegar a la empresa donde trabajo...

lo que pasa es que donde trabajo se cometen muchas injusticias, hay muchas argollas y se nos están quitando algunos derechos, nos engañan de que todo lo hacen con base en el código de trabajo, y que supuestamente ellos llaman al ministerio de trabajo y siempre les dan la razón..

Existe la posibilidad de que alguien llegue a hablar con nosotros???, pero estrictamente con nosotros, los del rango más bajo de la jerarquía, no con los puestos más altos, en especial la señora de recursos humanos, que nos tiene a todos bajo el zapato.

Gracias!
 
ponga la denuncia en el ministerio de trabajo y ellos inmediatamente hacen la visita, le recomiendo no comentar con ningun compañero por aquello de los sapos, pero tiene que ir personalmente y hacer la denuncia. Igual ellos lo toman de carácter anónimo en el sentido que ellos no le van a notificar a la empresa quien interpuso la denuncia.
 
uds tambien pueden hacer la consulta sobre cualquier duda q tengan en el 800TRABAJO a veces cuesta q contesten pero yo lo he utilizado y asesoran bastante bien.
de hecho tuve mucho problema en una empresa donde trabajaba, una muy conocida x cierto..., no nos tenían asegurados, no nos querían pagar aguinaldo y eso fue la gota q derramó el vaso, se hizo una denuncia (solo uno de los compañeros) y luego una denuncia colectiva... xsupuesto q nos despidieron a todos pero les fue peor xq aparte del pleito x lo del aguinaldo les tocó pagar cesantía, vacaciones, etc todo como en 2 meses (a pesar de todo le dimos tiempo a la vieja cabrona para q nos pagara)
el pleito con la caja si se llevó un par de años pero salió todo bien.
 
safito dijo:
ponga la denuncia en el ministerio de trabajo y ellos inmediatamente hacen la visita, le recomiendo no comentar con ningun compañero por aquello de los sapos, pero tiene que ir personalmente y hacer la denuncia. Igual ellos lo toman de carácter anónimo en el sentido que ellos no le van a notificar a la empresa quien interpuso la denuncia.


Mae, eso el ministerio no lo cumple a cabalidad, hay que tener cuidado.
 
Un consejo: cuando uno asesora a la parte patronal tiene, generalmente, los recursos para saber quien fué el que lo denunció, aunque les juren y les perjuren que es confidencial y que nadie lo va a saber.
La recomendación es que la denunca la hagan, con toda exactitud y precisión (tiempo, lugar exacto, nombres de jefes, fechas, etc) pero que la hagan de manera anónima.
 
ese ultimo mensaje no lo entiendo, a qué se refiere con hacer la denuncia con exactitud y precisión???

el problema es ése, que al menos yo no me confío de que de verdad todo sea confidencial y a como son en mi empresa fijo toman represalias, siempre ha sido así
 
a lo q se es q si se puede hacer anónima, claro hay q llegar con todo, pruebas etc y es mas dificil.

lo mas recomendable es asesorarse primero con ellos y ver q pruebas se tienen q aportar, sino, hace la denuncia y despues como sontiene lo q dijo?

almenos en mi caso tenía q presentar cheques, comprobantes de pago o algo q demostrara q yo trabajaba para esa empresa, mas 2 testigos, si se hace anónima imaginese lo dificil q puede ser.

mejor ir preparado con todo y esperar q le corten el rabo, q , aunq es ilegal, no hay mucho control sobre eso.
 
mike-o dijo:
o sea, como quien dice, calladito más bonito


Mae si es empresa privada y ud se queja ante el ministerio de trabajo fijo le llega el despido, o sea que despues de llamar al 800-trabajo llamaria al 800-despido
 
G.A.R.A. dijo:
[quote="mike-o":o83v22tc]o sea, como quien dice, calladito más bonito


Mae si es empresa privada y ud se queja ante el ministerio de trabajo fijo le llega el despido, o sea que despues de llamar al 800-trabajo llamaria al 800-despido[/quote:o83v22tc]


:-o :-o
si es empresa privada en cualquier momento le va a llegar, asesorese para q si le salen con esa bella noticia ya les pueda dejar un buen recuerdo
 
o sea, no hay manera de hacer la denuncia anónima y que ellos lleguen a mi trabajo a hacer las averiguaciones.., porq estoy seguro que si llegan yo suelto todo. y sí, es empresa privada
 
Usted puede hacer la denuncia de forma anónima, pero debe dar todos los detalles del asunto, explicar cuales son los hechos. Ellos van a la empresa y levantan una investigación. Hablan con la parte patronal y con los trabajadores, obviamente por separado. Ahora bien, en ese momento de la entrevista con los empleados en el trabajo SI HAY QUE PONER LA CARA, ya que si nadie dice nada, o todos dicen que todo está bien, entonces los inspectores de trabajo no tendrían prueba alguna para poder actuar y el asunto quedaría en la nada.

Si uno está disconforme en un trabajo, en empresa privada, tiene solo tres caminos:
1) Denuncia, y asume las consecuencias
2) Acepta la situación, y se queda callado
3) Renuncia, y busca otro trabajo

No existen "curas milagrosas" para este tipo de situaciones. Suerte!
 
qué difícil una situación así, porq estoy seguro que si pongo una denuncia, si hablan con los empleados veo muy difícil que ellos acepten lo que ahorita está sucediendo, y más aún que nadie sabe que NO se nos puede obligar a fraccionar las vacaciones.

alguien sabe cómo hago para solicitar el fondo de capitalización laboral, ya que en setiembre cumplo los 5 años
 
Disculpen que entre así a su foro, recién me integro y necesito su consejo. Quisiera saber si una institución como el ICE en sus extensiones de proyectos hidroeléctricos, puede aplicar las leyes a su antojo? El caso es el siguiente, un joven que labora para uno de estos proyectos estuvo incapacitado durante dos meses por un accidente de tránsito que sufrió, dicho accidente no fue laboral. El INS se encargó de cubrir la incapacidad, hasta aquí todo va normal, pero resulta que según los patronos, le fueron otorgadas las vacaciones en el mismo tiempo en que estaba incapacitado, sin ser solicitadas por él. Ahora casi 10 meses después, tras solicitar una revisión por parte del joven para que dichas vacaciones sean otorgadas como la ley lo estipula, resulta que le rebajan del salario los días que "supuestamente" le habían dado. Por favor podría alguién explicarme esto, procede o no?
 
Marce dijo:
Disculpen que entre así a su foro, recién me integro y necesito su consejo. Quisiera saber si una institución como el ICE en sus extensiones de proyectos hidroeléctricos, puede aplicar las leyes a su antojo? El caso es el siguiente, un joven que labora para uno de estos proyectos estuvo incapacitado durante dos meses por un accidente de tránsito que sufrió, dicho accidente no fue laboral. El INS se encargó de cubrir la incapacidad, hasta aquí todo va normal, pero resulta que según los patronos, le fueron otorgadas las vacaciones en el mismo tiempo en que estaba incapacitado, sin ser solicitadas por él. Ahora casi 10 meses después, tras solicitar una revisión por parte del joven para que dichas vacaciones sean otorgadas como la ley lo estipula, resulta que le rebajan del salario los días que "supuestamente" le habían dado. Por favor podría alguién explicarme esto, procede o no?

Creo que se necesita más información para aventurarse a dar un criterio. Si te digo una cosa de antemano: el que decide CUANDO un trabajador toma sus vacaciones es EL PATRONO, y no el trabajador. Existe la erronea idea de que yo como trabajador decido cuando me conviene irme de vacaciones, y esto no es así. Aunque en la práctica puede que si se de, jurídicamente es el PATRONO el que decide si le sirve o no la fecha que yo pido de vacaciones, y es el quien decide cuando me las da y cuando no.
Me parece que a esta persona le hicieron una jugada, dándole vacaciones uno o dos días antes del accidente, para que el mismo "ocurriera" en las vacaciones, y no en fechas laborales.
 
Triboniano, perdona que meta la cuchara, me corriges si estoy equivocado.

El empleado tiene derecho a solicitar sus vacaciones al cumplir las 48 semanas laboradas, pero el patrono tiene la obligacion de darle sus vacaciones despues de cumplidas las 50 semanas.
 
Racumin dijo:
Triboniano, perdona que meta la cuchara, me corriges si estoy equivocado.

El empleado tiene derecho a solicitar sus vacaciones al cumplir las 48 semanas laboradas, pero el patrono tiene la obligacion de darle sus vacaciones despues de cumplidas las 50 semanas.
Correcto! Pero es el patron el que decide cuando se disfrutan...
 
Es cierto, comprendo que el patrono es quien decide en qué momento el colaborador debe disfrutar sus vacaciones, lo que aún no comprendo y me parece muy extraño es "que den las vacaciones con conocimiento certero de que el colaborador se mantiene incapacitado" Entonces se pierden las dos semanas de vacaciones??? y continua peor la historia si además de quitarle las vacaciones, se las cobran... que mundo más complejo. :(
 
Marce dijo:
Es cierto, comprendo que el patrono es quien decide en qué momento el colaborador debe disfrutar sus vacaciones, lo que aún no comprendo y me parece muy extraño es "que den las vacaciones con conocimiento certero de que el colaborador se mantiene incapacitado" Entonces se pierden las dos semanas de vacaciones??? y continua peor la historia si además de quitarle las vacaciones, se las cobran... que mundo más complejo. :(

Tenes toda la razon: si la persona estaba incapacitada, NO procede que lo envien de vacaciones. Las vacaciones se las deben otorgar unavez TERMINADA la incapacidad. Por eso te decia en otro post que me huele a que le hicieron alguna jugada rara, algo asi como que lo pusieron de vacaciones en una fecha anterior al accidente.

Esto es totalmente discutible en los Tribunales, aunque como es con el ICE, recomiendo que haga el reclamo administrativo primero, y si no lo aceptan, demande!
 

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