Camaras de velocidad Partes

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Alguno de ustedes ha apelado partes por motivo de las camaras en las "pistas" ??
y que argumentos pusieron
pura vida si contestan.....
tengo 3 partes dos a 82 km/h y uno a 89 km/h :( si alguien me ayuda a ver que argumentos pongo adicionados a los que yo considero que tengo...
gracias
 
En el aspecto legal no le voy a recomendar nada porque no sé nada acerca de eso.
Pero si le recomiendo, tenga presente que esas camaras están calibradas con un +- 3km/h margen de error y el tacómetro de su carro viene de fábrica para tal medida de aros, por lo que si ud cambia aros le puede dar un pequeño margen de error, al final pequeño, pero cuenta.
Así que si la velocidad máxima permitida es 80km/h y tomando estos dos puntos, creo que lo mejor es pasar a una velocidad de 70-73km/h para evitar eso, talvez para los dos partes pueda apelar amparado a esa incertidumbre pero el de 89 no sé me ocurre nada.
Pura vida
 
Muchas gracias Diego por su respuesta inteligente... de eso se trataba este tema para ayudarnos y no basurearnos como lo hizo el amigo de arriba. De hecho voy a tomar en cuenta su punto de vista.
Gracias diego
 
de acuerdo con un compa abogado ustes siempre va ganar la apelacion si pone de manifiesto q usted no manejo el vehiculo, existe un vacio legar con los partes impersonales, no estan respaldados x ley solo x reglamento y la ley esta sobre todo, al decir q usted no manejaba el vehiculo se quita el tiro de gracia, hagalos asi xq de cualquier otra manera es posible q pierda, ese toque de la calibracion a +-3 le puede funcar perfectamente con los partes de 82 pero no con el de 89, recuerde q si usted los apela el cobro quedara en stand by y es probable q si le dan via rapida al proyecto en la asamblea q disminuira en forma significativa el monto de las infracciones, pagara mucho menos, pero pagara si no fundamenta bien su apelacion, onsulte a un abogado pero el compa q me paso ese santo es muy bueno recuerde q si gana las apelaciones no pagara NADA y si pierde, pagara menos PROBABLEMENTE, y si no apela, ya sabe cuanto le tocara pagar:buah:
 
Excelente Federer!! pucha mae buen aporte.... incluso le puede servir a algun otro compa que este en la misma situacion mia. Mae se le agradece su aporte y voy a hacer eso pronto porque me quedan pocos dias para apelar.
En serio Gracias por su ayuda!
saludos!!!
 
http://www.forodecostarica.com/familia/76046-r_federer.htmlCon todo respeto para R federer, no creo que presentar una apelación argumentando que Ud no manejaba el vehículo, pueda tener alguna validez. Si así fuera, entonces todos los partes hechos a vehículos cuyos propietaros son empresas, también podrían alegar lo mismo.

Acuérdese que el propietario registral (por la misma ley), es el que se supone que autoriza el uso del vehículo por terceros. Por lo tanto, es solidario respondable de lo que el conductor haga.

La única situación en donde una apelación así podría "pegar" (y no en el Cosevi sino en un juicio largo) es si Usted presenta una denuncia por robo de vehículo, con fecha ANTERIOR a la infracción. Solo así podría alegar que Ud no conducía y tampoco autorizó el uso del vehículo.
 
Claro entiendo todo lo que me dice... igual lo voy a tomar muy en cuenta esto
porque ya el lunes tengo que tener ese documento listo
Gracias Roquitico!! saludos!!
 
Si bien no tengo ninguna multa de momento, espero que la sala declare el cobro DESPROPORCIONADO, siempre le va a tocar pagar pero el monto seria MAS razonable
 
Correcto Tigre! no estoy en contra de las multas ni las camaras..... en que si estoy en contra es las multas desproporcionadas..... saludos! y a cuidarse de esas camaras
 
Usen GPS y alerten con POIs

Estas son las coordenadas de las camaras a Hoy 20 de Oct 2011 en Costa Rica

-83.998729,9.900233
-84.2131,10.00913
-84.20654,10.0008
-84.098510,9.941460
-84.16785,9.99567
-84.05997,9.92105
-83.942030,9.878060
-83.883040,9.843150
-83.88684,9.84403
-84.065260,9.917220

El primer numero es la Longitud y el Segundo la Latitud

Ahora Bien hay 2 aplicaciones (las direcciones tienen spacios para poder publicar aqui)

ht tp:/ /w ww. poi editor . com /

Con esta colocamos las coordenadas y revisamos su ubicacion, ademas que podemos agregar nuevas camaras o ubicar donde corrientemente se paran los traficus con radar, (tipo cruce de grecia)

Este editor en linea permite guardar la lista para el formato del GPS, diga Garmin, TomTOM, Navman, Nokia, Igo y muchos mas.


http ://ww w8. garmin. com /p roducts/p oiloader/

Esta aplicacion es la que permite cargar en el GPS de Garmin el archivo generado por POIEDITOR

Suerte
 
mi hermana apelo los partes argumentando algo parecido a lo de r federer, pero mencionando articulos de la ley, osea se los hizo una abogada, los abogados estan haciendo su agosto apelando esos partes, cuando presento la apelacion la funcionaria del mopt despues de leer la redaccion le dijo a ella q practicamente ya lo tenia ganado, mejor vayan con un abogado q sepa apelar esos partes pero son perfectamente apelables si el q los apela sabe lo q hace y ganables x supuesto.
 
Con todo respeto para R federer, no creo que presentar una apelación argumentando que Ud no manejaba el vehículo, pueda tener alguna validez. Si así fuera, entonces todos los partes hechos a vehículos cuyos propietaros son empresas, también podrían alegar lo mismo.

Acuérdese que el propietario registral (por la misma ley), es el que se supone que autoriza el uso del vehículo por terceros. Por lo tanto, es solidario respondable de lo que el conductor haga.

La única situación en donde una apelación así podría "pegar" (y no en el Cosevi sino en un juicio largo) es si Usted presenta una denuncia por robo de vehículo, con fecha ANTERIOR a la infracción. Solo así podría alegar que Ud no conducía y tampoco autorizó el uso del vehículo.
eso e

yo creo q eso q pone usted es parcialmente cierto, si es cierto q en casos donde el q anda su vehiculo no tenga licencia para conducir y se demuestre q usted lo presto, pero con base en un caso le comento q ya mi hermana habia apelado unparte con anterioridad q le hicieron al carro de ella, cuando el esposo andaba manejando x parquearse en linea amarilla, fue con la abogada y el mopt tuvo q rectificarse xq habia cargado el parte al derecho de circulacion del vehiculo como tiene la mala costumbre de hacerlo, y no a la licencia del susodicho conductor, mayor de edad y se supone con responsabilidad x sus actos, y ella gano la apelacion y el parte se lo tuvieron q pasar al esposo, a la licencia, y quitar del marchamo, lo q uno no sabe es q la ley de transito en este pais tiene vacios increibles y ademas q el cobro q hace el mopt con cierta ilegalidad a la placa del vehiculo, deberia hacerlo como se hace en otros paises a la licencia de la persona q maneja, y no al derecho de circulacion del vehiculo, creo q con este precedente queda demostrado q cualquier parte de velocidad hecho con camaras es perfectamente apelable.
 
Con todo respeto para R federer, no creo que presentar una apelación argumentando que Ud no manejaba el vehículo, pueda tener alguna validez. Si así fuera, entonces todos los partes hechos a vehículos cuyos propietaros son empresas, también podrían alegar lo mismo.

Acuérdese que el propietario registral (por la misma ley), es el que se supone que autoriza el uso del vehículo por terceros. Por lo tanto, es solidario respondable de lo que el conductor haga.

La única situación en donde una apelación así podría "pegar" (y no en el Cosevi sino en un juicio largo) es si Usted presenta una denuncia por robo de vehículo, con fecha ANTERIOR a la infracción. Solo así podría alegar que Ud no conducía y tampoco autorizó el uso del vehículo.
y

lo de solidario responsable segun la abogada es en materia de responsabilidad civil, no en infracciones de transito.
 
y

lo de solidario responsable segun la abogada es en materia de responsabilidad civil, no en infracciones de transito.

Excelente info para tener presente antes salia mas caro asesorarse que pagar el parte ahora es mejor asesorarse
 
a y con respecto a la campaña q hizo el mopt y cosevi para instar a la ciudadania a apelar los partes personalmente, eso es obvio q lo hacen para ganar las apelaciones, xq la gente a veces tiene ocurrencias y ponen cosas como se me olvido q habian camaras o no vi el letrero etc etc, esos partes ya estan perdidos de atemano recuerde q el proceso de apelacion de un parte es un proceso legal judicial y si uno se la quiere jugar asi solo pues esta bien pero siempre tenga en cuenta q la parte legal es lo q prima y si no recurre a ella dele x perdido el parte, x eso es q el mopt y el cosevi les insta a q apelen los partes sin ayuda legal.
como consejo si va apelarlo personalmente apeguese siempre a la ley en si y no a pretextos o excusas.
 

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