Follow along with the video below to see how to install our site as a web app on your home screen.
Nota: This feature may not be available in some browsers.
Si se puede, en el tanto que el acreedor del carro es distinto al acreedor que hace el embargo. El acreedor del carro no puede realizar el embargo mientras la cuenta se encuentre al día y aún así, debería agotar todas las medidas de cobro si Usted se atrasa.
Pero otro banco (financiera, garrotera, etc) donde también tenga deudas, puede solicitar embargo sobre sus bienes si Usted falta con esa otra deuda. El carro se lo pueden embargar aunque tenga prenda con otra entidad acreedora.
Es claro que el que practica el embargo, lo que busca es que le paguen su dinero. Poco le interesa dejarse el carro como tal. Es posible que sea la única forma de "presionarlo" a Usted por esa deuda vencida, ya que no le encuentran otras cosas por embargar (cuentas corrientes, de ahorros, salarios, etc).
Pero se lo pueden llevar o no?
Lo que pasa es que generalmente esos contratos prendarios tienen como cláusula que la existencia de cualquier otro proceso de cobro, como en este caso, hace exigible también la prenda. Y esto es así para hacer el cobro privilegiado que representa la prenda. Habría que conocer el contrato, pero te apuesto que ahí está la cláusula esa...Si se puede, en el tanto que el acreedor del carro es distinto al acreedor que hace el embargo. El acreedor del carro no puede realizar el embargo mientras la cuenta se encuentre al día y aún así, debería agotar todas las medidas de cobro si Usted se atrasa.
📑 Evite Incurrir en Multas y Sanciones: Ofrecemos servicios de presentación de declaraciones de IVA (D104), alquileres (D125) y la anual de renta (D101)
🦉Prepración para examenes desde 6to hasta Bachillerato por madurez.
¡Obtenga su título!
🚀 FACTURATica.com la #1 sin Mensualidades ni Anualidades. Inscripción gratis en Hacienda.