¿Las empresas que ganan pleitos laborales cobran las ambas costas si o no?

Hola a todos, por aqui quitandole un tiempito a todos, necesito exponerles este caso:

A un familiar cercano lo habian echado de la empresa injustamente y él demando a la empresa en un juzgado de trabajo, resulta que lo perdio y lo condenaron al pago de ambas costas por ¢190.000 colones, eso fue en el año 2011 como en febrero y hasta el día de hoy nunca lo han llamado para cobrarle la vara, tengo entendido que la mayoria de empresas nunca cobran esas platas ya que a ellos lo que les interesa es ganar la vara para que no les metan pleito por calumnias y difamación, alguien me habia dicho que esas condenas duran un año y al año caducan por ende la deuda caduca pero al fin y a cabo me gustaria que un experto en la materia me detallara la vara, eso fue hace 4 años, ya me imagino que eso murio.
 
Si esta condenado al pago de las costas de ambas partes y no pago, lo recomendable es que ese expediente se de por finalizado, donde la otra parte renuncie a las costas o se de por resarcida.
 
Si esta condenado al pago de las costas de ambas partes y no pago, lo recomendable es que ese expediente se de por finalizado, donde la otra parte renuncie a las costas o se de por resarcida.

¿Y asi pasa con todos los casos laborales que ganan las empresas?, yo de 20 casos que conozco que han demandado a la empresa donde trabajaban por X razón y pierden el juicio NO LES HAN COBRADO NADA de las ambas costas.
 
¿Y asi pasa con todos los casos laborales que ganan las empresas?, yo de 20 casos que conozco que han demandado a la empresa donde trabajaban por X razón y pierden el juicio NO LES HAN COBRADO NADA de las ambas costas.

Amigo no le entiendo, primero pregunto que si en una condena de costas en un proceso laboral, había que cancelarlas, es obvio que si, y ahora pregunta algo que ya sabia, para usted conocer veinte casos tiene que ser mínimo asistente legal, si el juez no indica que la parte actora no debe pagar costas, entonces no, eso es así una regla de tres.
 
Amigo no le entiendo, primero pregunto que si en una condena de costas en un proceso laboral, había que cancelarlas, es obvio que si, y ahora pregunta algo que ya sabia, para usted conocer veinte casos tiene que ser mínimo asistente legal, si el juez no indica que la parte actora no debe pagar costas, entonces no, eso es así una regla de tres.

Yaaa entendi licenciado y no soy asistente legal, conozco mucha gente que han echado del trabajo, demandan y pierden el juicio, son condenados a ambas costas pero al final no les cobran nada.

Bueno gracias licenciado.
 
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