No pude hacer un acuerdo prenupcial y ahora ya casado requiero de algo que me ayude!

Saludos gente!

Tengo un par de consultas

Primero mi historia, yo tenía planeado que antes de casarme realizar un acuerdo prenupcial o en el acta de matrimonio poner que se el matrimonio se iba a realizare por BIENES SEPARADOS, pero no lo pudimos plasmar en el documento, porque se nos olvido (teníamos la cabeza llena de cosas, laborales, familiares, etc.….)

Ahora que ya estoy casado, deseo retomar eso como una manera de estar protegido ante lo que pueda pasar a futuro (peor escenario: divorcio, separación, etc.…).

Después de casados, la doña recibió una casa de herencia, la cual está a su nombre, nosotros le hicimos unas remodelaciones, las cuales salieron parte de mi bolsillo, parte de un préstamo hipotecario (la casa esa quedo como prenda..) el cual está a mi nombre y como yo tengo un salario mayor, yo soy quien lo paga religiosamente.

Además en este periodo he comprado cosas pa la casa (refri, lavadora, etc...) con mi dinero y con facturas a mi nombre…

Con base en todo eso, les pido ayuda con algún toque/consejo o algo para que en el caso de que me separe/divorcie no salga muy jodido y que pueda recuperar parte de las inversiones realizadas o por lo menos quitarme de encima el préstamo…

Gracias, se que sonara carepicha, pero es mejor estar preparado ante todo…
 
Comprendo su situación.

Si bien es cierto, la casa fue una "herencia", aunque haya sido recibida dentro del matrimonio, NO ES UN BIEN GANANCIAL, a menos que la herencia haya específicamente indicado que era para ambos y no solo para ella.

Pero por otro lado, aunque la casa en sí (bien inmueble) no es un bien ganancial, todo lo que se haga dentro de ella (propiedad) que signifique plusvalía, si es un bien ganancial. De esta manera por ejemplo, si ella recibió un lote como herencia (sin casa) y luego construyeron con el trabajo de ambos dentro del matrimonio, al cabo de los años, si fuera necesario (por divorcio) establecer los bienes gananciales para su división, ella puede alegar que el inmueble fue herencia (cierto y no es ganancial), pero la construcción de la casa si lo es y será el juez de familia, en proceso de ejecusión de sentencia, el que establezca el porcentaje del valor que se considerará como bien ganancial.

Recuerde que en un inmueble se considera parte de este, todo aquello que sea parte inamovible del mismo, o que por su naturaleza, pierda su utilidad al ser removido o intento de traslado. Por ejemplo: Construcciones, tapias, sistemas eléctricos, alcantarillados, etc. Dentro de la casa, las partes de la misma como puertas, ventanas, techos, etc.

No es parte del inmueble, todo aquello que pueda ser removido del mismo y conserve su utilidad (refrigeradora, cocina, vehículo, mobiliario, lavadora, enseres, etc.).

Así que por ahora, le recomiendo que empiece a hacer un archivo detallado de todas las "inversiones" que se hagan en ese inmueble, tanto las que son permanentes como las transitorias, ya que aunque sea Usted quien las paga, ante la ley, es fruto del trabajo del ambos dentro del matrimonio.

Por cierto, la deuda existente, aunque esté a su nombre, también es un ganancial. En este caso significa que en determinado caso, su esposa es deudora de la mitad de la misma.
 
Comprendo su situación.

Si bien es cierto, la casa fue una "herencia", aunque haya sido recibida dentro del matrimonio, NO ES UN BIEN GANANCIAL, a menos que la herencia haya específicamente indicado que era para ambos y no solo para ella.

Pero por otro lado, aunque la casa en sí (bien inmueble) no es un bien ganancial, todo lo que se haga dentro de ella (propiedad) que signifique plusvalía, si es un bien ganancial. De esta manera por ejemplo, si ella recibió un lote como herencia (sin casa) y luego construyeron con el trabajo de ambos dentro del matrimonio, al cabo de los años, si fuera necesario (por divorcio) establecer los bienes gananciales para su división, ella puede alegar que el inmueble fue herencia (cierto y no es ganancial), pero la construcción de la casa si lo es y será el juez de familia, en proceso de ejecusión de sentencia, el que establezca el porcentaje del valor que se considerará como bien ganancial.

Recuerde que en un inmueble se considera parte de este, todo aquello que sea parte inamovible del mismo, o que por su naturaleza, pierda su utilidad al ser removido o intento de traslado. Por ejemplo: Construcciones, tapias, sistemas eléctricos, alcantarillados, etc. Dentro de la casa, las partes de la misma como puertas, ventanas, techos, etc.

No es parte del inmueble, todo aquello que pueda ser removido del mismo y conserve su utilidad (refrigeradora, cocina, vehículo, mobiliario, lavadora, enseres, etc.).

Así que por ahora, le recomiendo que empiece a hacer un archivo detallado de todas las "inversiones" que se hagan en ese inmueble, tanto las que son permanentes como las transitorias, ya que aunque sea Usted quien las paga, ante la ley, es fruto del trabajo del ambos dentro del matrimonio.

Por cierto, la deuda existente, aunque esté a su nombre, también es un ganancial. En este caso significa que en determinado caso, su esposa es deudora de la mitad de la misma.

Ok

Mae me quedo claro, muchas gracias!!

Ese archivo detallado de las inversiones realizadas, como aconsejas que lo lleve ? Un ampo con fechas y copias de las facturas y un par de fotos de la vara y donde se uso??
 
OkMae me quedo claro, muchas gracias!!Ese archivo detallado de las inversiones realizadas, como aconsejas que lo lleve ? Un ampo con fechas y copias de las facturas y un par de fotos de la vara y donde se uso??

Ese archivo detallado yo lo separaría en dos secciones:

1) Todos los trabajos que se realicen como mejoras al inmueble (construcciones, mejoras, ampliaciones, remodelaciones, etc.) Se puede llevar registro de reparaciones, pero esos rubros por lo general no cuentan.

2) Todos los gastos hechos en función del inmueble (impuestos, servicios municipales, servicios públicos, jardineros, vigilancia, estados de cuenta de la operación en el banco, etc.).

Aparte de eso, le recomiendo se consiga un estudio registral de la propiedad. En ese estudio debe aparecer indicado "el valor fiscal" o "el valor por el cual el inmueble ha sido trasladado". Por ahora, eso no significa nada, pero en un eventual bronca por bienes gananciales, ese es el valor de punto de partida para que el juez pueda "resolver" cuánto del aumento real de valor en el tiempo, es su parte como ganancial.

Si se hizo una operación en el banco (hipotecaria), entonces debe existir un avalúo del banco. Ese avalúo también es documento importante. Así por ejemplo, si la propiedad aparece en el registro con un valor de un millón, pero el banco hizo un avalúo por diez millones (para la construcción), entonces ya hay documentos que respaldan una plusvalía "real" de nueve millones, de las cuales, Usted es dueño de la mitad por ser bien ganancial.

Como le dije antes, recuerde que el préstamo en el banco (aunque esté a nombre suyo) también es un ganancial (ganancial es todo aquello que se haya obtenido dentro del matrimonio, así sean cosas de valor o deudas....). En un eventual divorcio, si todavía existe deuda con el banco, esto le servirá de "palanca" para negociaciones. Recuerde que en remate de hipoteca, lo que se pierde es el inmueble hipotecado. En pocas palabras, si su esposa se pone difícil, la que tiene más que perder es ella.
 
Hasta donde recuerdo las cláusulas sobre el manejo de los bienes habidos dentro del matrimonio pueden pactarse antes del matrimonio (o en el momento de realizarse) o durante el matrimonio. El único requisito es que se haga ante un notario y que se inscriba como documento público. Si alguien puede ampliar sobre el tema sería bueno.
 
Ese archivo detallado yo lo separaría en dos secciones:

1) Todos los trabajos que se realicen como mejoras al inmueble (construcciones, mejoras, ampliaciones, remodelaciones, etc.) Se puede llevar registro de reparaciones, pero esos rubros por lo general no cuentan.

2) Todos los gastos hechos en función del inmueble (impuestos, servicios municipales, servicios públicos, jardineros, vigilancia, estados de cuenta de la operación en el banco, etc.).

Aparte de eso, le recomiendo se consiga un estudio registral de la propiedad. En ese estudio debe aparecer indicado "el valor fiscal" o "el valor por el cual el inmueble ha sido trasladado". Por ahora, eso no significa nada, pero en un eventual bronca por bienes gananciales, ese es el valor de punto de partida para que el juez pueda "resolver" cuánto del aumento real de valor en el tiempo, es su parte como ganancial.

Si se hizo una operación en el banco (hipotecaria), entonces debe existir un avalúo del banco. Ese avalúo también es documento importante. Así por ejemplo, si la propiedad aparece en el registro con un valor de un millón, pero el banco hizo un avalúo por diez millones (para la construcción), entonces ya hay documentos que respaldan una plusvalía "real" de nueve millones, de las cuales, Usted es dueño de la mitad por ser bien ganancial.

Como le dije antes, recuerde que el préstamo en el banco (aunque esté a nombre suyo) también es un ganancial (ganancial es todo aquello que se haya obtenido dentro del matrimonio, así sean cosas de valor o deudas....). En un eventual divorcio, si todavía existe deuda con el banco, esto le servirá de "palanca" para negociaciones. Recuerde que en remate de hipoteca, lo que se pierde es el inmueble hipotecado. En pocas palabras, si su esposa se pone difícil, la que tiene más que perder es ella.

Ahora si me quedo super claro, muchas gracias Men!!!!
 

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