PREAVISO SE PAGA? Ayuda

Buenas , yo labore por 1 año y cuatro meses en una compañia multinacional , cumpli con todo lo establecido por la ley, presente mi preaviso un mes antes de dejar la compañia , de los 4 dias de preaviso que supuestamente uno tiene derecho , Solamente cogi 2 dias y ensima un dia trabaje 2 horas mas sin pago alguno, aparte me fui de la compañia con buenos numeros en las metricas y de una manera muy profesional. Resulta que fui a recoger mi cheque de liquidacion , no habia nadie que me explicara que me ivan a pagar y porque!! Simplemente estaban repartiendo los cheques como si fuera un bingo en la recepcion de la Compañia , cuando llegue la muchacha que los repartia me dijo

Firmeme aqui aqui y aqui!!! Cuando vi la cantidad de dinero que me ivan a dar por un año y 4 meses me quede sorprendido, una amiga me habia dicho que por poner el preaviso por ley le tienen que pagar a uno un dinero , pues Solo me pagaron el aguinaldo acumulado y las vacaciones acumuladas ,eso fue todo lo que me dieron!! Que no llegaba pero ni a la cantidad de dinero que yo ganaba por mes en esa compañia!! De hecho solo cogi 4 dias de todas las vacaciones que acomule en el año y 4 meses de trabajar para la compañia!!!


Porfavor agredeseria que alguien me indique si me estan pagando bien como se debe o Me estan tomando de el pelo con el preaviso? El preaviso se paga o no?



Gracias
 
Hasta donde tengo entendido el pre'aviso se paga como trabajo normal, solo que ya están avisados que ud va a jalar...

Con respecto a las vacaciones y aguinaldo acumulados, diay le pagaron bien!

En cuanto a liquidación, censantia, y ese poco de varas, cuando uno renuncia queda a criterio del patrono si paga eso o no, por que diay usted se está llendo, nadie lo está echando!

Solo pagan liquidacion cuando las dos partes asi tienen a bien!!!

Pero si alguien sabe mas de leyes, que nos ubique a los dos!!!
saludos!
 
Yo hasta donde sé, es como dice corazoncito!

Si usd renuncia solo se le pagan vacaciones y aguinaldo.
Si lo despiden (con resposabilidad patronal) le pagarían cesantía, vacaciones y aguinaldo. Con el preaviso, es depende del tiempo que haya trabajado, usd lo debe dar en tiempo, y si el patrono lo que quiere es no volverlo a a ver se lo paga.

Pero en fin como usd lo comenta, está bien lo que hicieron, lo que si está mal, es si no se lo desglosaron, o no le dan una razón, de igual manera tiene tiempo, estos casos laborales duran bastante tiempo en prescribir, así que averigüese bien...
 
Si uno renuncia, el patrono solo debe cancelarle el aguinaldo y las vacaciones, nada más! El preaviso es una obligación del patrono y del trabajador por igual. Si te van a despedir, el patrono debe preavisarte de ello, para que vos te preparés, y si vos vas a renunciar, debés preavisar al patrono (tal y como vos lo hiciste) para que el se prepare. El preaviso se cobra solo cuando las partes no lo hacen.
 
Continuando lo dicho por el colega y para que los foreros lo tengan muy claro:

Ciertamente, como dice Triboniano, el el preaviso es una obligación de ambas partes, de modo que, si un trabajador renuncia sin hacer las horas de trabajo correspondiente al preaviso, el patrono puede cobrarle el monto correspondiente por dicho rubro, es decir, si el trabajador simplemente se va, la ley le obliga a pagarle al patrón, a modo de indemnización.

Recordemos que cuando el trabajador es despedido con suspensión de labores inmediatamente, el preaviso funciona como una indemnización y salvaguarda por los días que estará desempleado ante la inminencia de la cesación; igual sucede en el caso inverso, si el empleado simplemente se marcha, el preaviso es debido al patrono como indemnización por el desajuste estructural que este sufriría con la salida abrupta de uno de los miembros de su fuerza laboral.
 
Men lamento decirle que lo jodieron, imagino además que firmó la liquidación con toda conformidad. Cuando ud da el preaviso es porque está renunciando cierto?, por el tiempo laborado que ud tenía en la compañía debieron cancelarle un mes completo siempre y cuando haya laborado los 30 días antes de dejar la empresa, de lo contrario se le rebajan los que no laboró (eso de los 4 días que tiene derecho no me queda claro, porque eso se aplica sólo para cuando a uno lo despiden)
 
El preaviso "sí se paga". Pero lo pongo entre comillas porque con eso quiero decir que ese tiempo que usted dio de preaviso se lo tienen que pagar como trabajo. En otras palabras, a usted le tenían que llegar sus debidas prestaciones (aguinaldo y vacaciones), y por aparte el mes se lo tenían que haber pagado y cotizado a la Caja como cualquier otro mes que laboró.

Incluso, ese mes que trabajó tiene que ser considerado para contarle un día más de vacaciones y para calcularle el aguinaldo. ¿Por qué? Porque para esos rubros se tiene que utilizar hasta el último día laborado.
 
Gracias a todos por la informacion!!


Para explicarles mejor mi situacion Los cortes de salario en la empresa en la que laboraba eran los 16 pagaban una vez al mes , los 19!!! Yo recibi mi pago el dia 19 mayo , el abiso de el preaviso lo puse el 1 de mayo , es decir de el 19 al 1 de abril que fue mi ultimo dia de trabajo se suponia que me tenian que pagar esos dias de el 16 que fue el corte , al 1 de abril !! NO ME LOS PAGARON , solamente me pagaron EL Aguinaldo acomulado y los dias de vacaciones acomulados !!! Lo peor firme porque si ocupaba la plata demasiado para pagar unas cosas!! Y para que se pongan vivos es un call center que el nombre empieza con H me imagino que todo el mundo sabe cual es!!!
 

Para explicarles mejor mi situacion Los cortes de salario en la empresa en la que laboraba eran los 16 pagaban una vez al mes , los 19!!! Yo recibi mi pago el dia 19 mayo , el abiso de el preaviso lo puse el 1 de mayo , es decir de el 19 al 1 de abril que fue mi ultimo dia de trabajo se suponia que me tenian que pagar esos dias de el 16 que fue el corte , al 1 de abril !! NO ME LOS PAGARON , solamente me pagaron EL Aguinaldo acomulado y los dias de vacaciones acomulados !!! Lo peor firme porque si ocupaba la plata demasiado para pagar unas cosas!! Y para que se pongan vivos es un call center que el nombre empieza con H me imagino que todo el mundo sabe cual es!!!

OK, con eso estamos mucho más claros, estimado.

Varios puntos:
1. A usted le deben del 17 de Abril al 1 de Mayo, porque los cortes los hacen los 16 (cuándo le pague el período correspondiente al corte es otra historia).
Por ahí me parece que se hizo un enredo mencionando los meses. Corríjame si estoy equivocado, por favor.
2. No importa que usted haya firmado un papel que diga que usted "acepta tal pago". Nadie puede alegar ignorancia a la Ley, por lo que no pueden hacerlo aceptar cosas que vayan en detrimento de sus derechos. En otras palabras, cualquier pago "aceptado" que no esté bien calculado se debe corregir y pagar el importe faltante.
3. Tienen que incluir ese pago faltante en el cálculo de su aguinaldo. Mucho ojo con esto porque hay gente que alega que el aguinaldo se calcula hasta el día que usted presentó la renuncia, no el día que dejó de laborar. No existe, que yo sepa, ningún artículo en el Código de Trabajo que apoye tal idea.
4. Tienen que incluir ese lapso trabajado faltante para contarle un día más de vacaciones si se llega a cumplir el caso.

Lo mejor que puede hacer es informarse bien en el Ministerio de Trabajo, compañero. Lleve toda la documentación que tenga a mano para que ellos puedan verificar qué está bien y qué está mal.

Suerte.
 

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