Buenos días el día Lunes 1 de junio me llego la notificación de pensión alimentaria donde textualmente decía lo siguiente:
“El monto establecido provisional mente se fija con el fin de suplir momentáneamente las necesidades del beneficiario, ya que no se tiene con certeza cuales son las posibilidades económicas del obligado alimentario. Dicha cuota la deberá depositar por mes adelantado dentro del tercero día a partir de la notificación de esta resolución en la cuenta corriente de esta oficina”
El día 28 de mayo le deposite una plata a la cuenta personal de la demandante, este deposito no cubre el monto establecido provisionalmente
El día 2 de junio presente mi apelación
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo que pagar el monto establecido provisionalmente dentro de estos tres días hábiles o puedo depositar solo lo que haga falta al deposito anterior para completar este monto
Gracias
“El monto establecido provisional mente se fija con el fin de suplir momentáneamente las necesidades del beneficiario, ya que no se tiene con certeza cuales son las posibilidades económicas del obligado alimentario. Dicha cuota la deberá depositar por mes adelantado dentro del tercero día a partir de la notificación de esta resolución en la cuenta corriente de esta oficina”
El día 28 de mayo le deposite una plata a la cuenta personal de la demandante, este deposito no cubre el monto establecido provisionalmente
El día 2 de junio presente mi apelación
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo que pagar el monto establecido provisionalmente dentro de estos tres días hábiles o puedo depositar solo lo que haga falta al deposito anterior para completar este monto
Gracias